Norma Legal Oficial del día 10 de enero del año 1998 (10/01/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, sabado 10 de enero de 1998 Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - Senor MORDAZA Napuri Torres. Superintendencia Nacional de Aduanas - Senor MORDAZA MORDAZA Quintana. Superintendencia de Banca y Seguros - Senor MORDAZA MORDAZA Nunez. Instituto Peruano de Seguridad Social - Senora MORDAZA MORDAZA de Acosta. Oficina de Normalizacion Previsional - Senora MORDAZA MORDAZA Guiulfo Suarez-Durand. Comision Administradora de Carteras - Senora Mariella Polastri Navarro. Registrese y comuniquese. MORDAZA CAMET DICKMANN Ministro de Economia y Finanzas 0317

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8 DE ENERO dinisterio de Educacion .9 DE ENERO >orporacion de D,esarrollo de MORDAZA y Callao vlinisterio de Trabajo y Promocion Social vlinisterio de Industria, Turismo, Integracion y Negocia`iones Comerciales Internacionales vlinisterio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y >onstruccion rlinisterio de Pesqueria fiinisterio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo lumano !O DE ENERO ilinisterio del Interior Jnidades Ejecutoras de las Regiones no comprendidas el lia 15 de enero ?ERSONALY OBLIGACIONES SOCIALES (REMUVERACIONES): !l DE ENERO `residencia del Consejo de Ministros :ongreso de la Republica Ministerio de Relaciones Exteriores Ministerio de Economia y Finanzas :ontraloria General Ministerio de Energia y Minas Ministerio de Agricultura lenidades Ejecutoras del Sector Educacion de las Regioles ITniversidades
12 DE ENERO

Cronograma de pago de pensiones y remuneraciones en la Administracion Publica, correspondienteal mesdeenero de 1998
RESOLUCIONVICEMINISTERIAL No OOl-9&EF/77 MORDAZA, 9 de enero de 1998 CONSIDERANDO: Que es necesario garantizar la distribucion de los recursos del Tesoro Publico, por concepto de Gasto de Personal y Obligaciones Sociales Remuneraciones1 y Gasto por Obligaciones Previsionales (Pensiones) mediante un riguroso Cronograma de Pagos, formulado sobre la base de los ingresos efectivos a la MORDAZA Fiscal; De amcuerdo alo establecido en la Resolucion Mxnisterial N" 32592-EF/ll; SE RESUELVE: Articulo lo.- El pago de Obligaciones Previsionales (Pensiones) y de Personal y Obligaciones Sociales (Remuneraciones) en la Administracion Publica en lo correspondiente aL1 mes de ENERO 1998 se sujetara al siguiente Cronograma: OBLIGACIONESPREVISIONALES (PENSIONES): 15 DE ENERO Presidencia del Consejo de Ministros Congreso de la Republica Ministerio de Relaciones Exteriores Ministerio de Economia y Finanzas Ministerio de Energia y Mmas Ministerio de Agricultura Unidades Ejecutoras del Sector Educacion de las Regiones Universidades Poder Judicial Ministerio de Justicia Ministerio Publico Consejo Nacional de la Magistratura Tribunal Constitucional MORDAZA Nacional de Elecciones Ministerio de la Presidencia Ministerio de Salud Ofcina Nacional de Procesos Electorales Registw Nacional de Identificacion y Estado Civil Unidades Ejecutoras del Sector Salud de las Regiones

Poder Judicial Ministerio de Justicia Ministerio Publico Consejo Nacional de la Magistratura Tribunal Constitucional MORDAZA Nacional de Elecciones 3ficina Nacional de Procesos Electorales Defensoria del Pueblo Ministerio de la Presidencia Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano Corporacion de Desarrollo de MORDAZA y Callao Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil Unidades Ejecutoras del Sector Salud de las Regiones
23 DE ENERO

Ministerio de Educacion 26 DE ENERO Ministerio de Salud Ministerio de Trabajo y Promocion Social Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales Ministerio de-Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion Ministerio de Pesqueria
27 DE ENERO

Ministerio del Interior Unidades Ejecutoras de las Regiones no comprendidas en los dias 21 y 22 de enero Articulo 2".- La Direccion General del Tesoro Publico emitira las Autorizaciones de Giro y de Pago con anticipacion de un dia habil ala fecha indicada en el Articulo l", en los casos de Unidades Ejecutoras que esten aplicando lo dispuesto en el Art.iculo 17" del D.S. No 347-90-EF les otorgara dichas Autorizaciones con anticipacion de dos dias habiles al programado. Articulo 3".- La emision de cheques para el pago de los mencionados conceptos se efectuara hasta por los montos limites de las correspondientes Autorizaciones de Giro, bajo responsabilidad del Director General de Administracion o quien haga sus veces.

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