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Pág. 156314 tf$kt%tlnt,~fifltid:!fi*~ Lima, sábado 10 de enero de 1998 semestrales, igualesyconsecutivas,devengandouna tasa de interés del 0,758 anual y una comisión de compromiso del 0,25% anual sobre el saldo del préstamo no desembol- sado. Artículo 2”.- El Organismo Ejecutor del Plan Nacio- nal de Capacitación Docente -PLANCAD- será el Minis- terio de Educación. Artículo 3”.- Autorízase al Ministro de Economía y Finanzas o a quien él designe, a suscribir en representa- ción de la República del Perú, el Contrato de Préstamo de la operación de Endeudamiento Externo que se aprueba por el Artículo 1” del presente Decreto Supremo, así como al Director General de Crédito Público del Ministerio de Economía y Finanzas a suscribir los demás documentos que se requieran para implementar la citada operación. Artículo 4”.- El servicio de amortización, intereses, comisión y demás gastos que ocasione la operación de Endeudamiento Externo que se aprueba por el presente Decreto Supremo, serán atendidos por el Ministerio de Economía y Finanzas, con cargo a los recursos que en función de las prioridades intersectoriales y metas del sector le corresponden en cada Ejercicio Presupuesta1 para el servicio de la Deuda Pública. Artículo 5”.-El presente Decreto Supremo será re- frendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Educación.Pago de Deuda, en el cual se establecerán las condiciones financieras del reembolso; De conformidad con la Segunda Disposición Comple- mentaria de la Ley N” 26705, Ley de Endeudamiento Externo del Sector Público para 1997) Con el voto apropatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo la.- Apruébase el Convenio de Pago de Deu- da mediante el cual se establecen las condiciones financie- ras del reembolso, a ser suscrito entre la República del Perú y la empresa China National Machinery and Equip- ment Import and Export Corporation. Artículo 2”.- Autorízase al Ministro de Economía y Finanzas o a quien él designe, a suscribir en representa- ción de la República del Perú el Convenio de Pago que se aprueba por el artículo precedente; así como al Director General de Crédito Público del Ministerio de Economía y Finanzas a suscribir los demás documentos que se requie- ran para su implementación. Artículo 3”.- El presente Decreto Supremo será re- frendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno! en Lima, a los treintiún días del mes de diciembre de md novecientos noventa y siete. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treintiún i días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y /ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República siete. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República ALBERTO PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros JORGE CAMET DICKMANN Ministro de Economía y Finanzas DOMINGO PALERMO CABREJOS Ministro de Educación 0309 Aprueban Convenio de Pago de Deuda a suscribirse con la empresa China National Machinery and Equipment Import and Export Corporation DECRETO SUPREMO N” 185-97-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, ELECTROPERU S.A. concertó un préstamocon la garantía por cuenta propia de COFIDE con la empresa China National Machinery and Equipment Import and Export Corporation, hasta por un monto de US$ 1 174 895,00 (UN MILLON CIENTO SETENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO Y OO/100 DOLARES AMERICANOS), destinado a la adquisición de grupos electrógenos; Que, por Decreto Supremo N” 065-87-EF del 31. de marzo de 1987, elEstado Peruano asumió el servicio de la deuda vencida y no pagada a mediano y a iargo plazo de ELECTROPERU S.A. y sus Regionales Filiales, corres- pondientes a los ejercicios de 1982 a 1986, y el monto de principal a ser pagado durante el período comprendido desde 1987 hasta 1996, lo cual incluía el saldo pem1ient.e del préstamo antes mencionado; Que, la empresa China National Machinery and Equipment Import and Export Corporation ha solicita- do el reembolso de la deuda pendiente de pago; Que, de las negociaciones sostenidas con la indicada empresa, se ha acordado la suscripción de un Convenio deALBERTO PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros ( IJORGE CAMET DICKMANN Ministro de Economía y Finanzas 0310 Nombran integrantes de la Comisión Supervisora de los Créditos Tributa- rios y Financieros del Estado RESOLUCIONMINISTERIAL W 003.98.EF/l l Lima, 9 de enero de 1998 CONSIDERANDO: Que!medianteDecretoSupremoN” 176-97-EFsecreó la Comlsión Supervisora de los Créditos Tributarios y Financieros del Estado, la que se encargará de coordinar, supervisar y controlar la labor de quienes han sido desig- nados para asumir la representación de los créditos del Estado de origen tributario y de las acreencias financieras del Estado; Que, el mencionado Decreto Supremo dispone que dicha Comisión será designada por Resolución del Minis- tro de Economía y Finanzas y estará integrada por un representante del Ministerio de Economía y Finanza?, de la Superintendencia Näcional de Administración Tnbu-_ .taria, de la Superintendencia Nacional de Aduanas, de la Superintendencia de Banca y Seguros, del Instituto Pe- ruano de Seguridad Social, de la Oficina de Normalización PrevisionalydelaComisiónAdministradoradeCarteras; Que, en consecuencia es necesario nombrar a los integrantes de la referida Comisión; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 1” del Decreto Supremo N” 176.97-EF; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Nombrar como integrantes de la Comlsión Supervisora de los Créditos Tributarios y Fi- nancieros del Estado, a las siguientes personas: Ministerio de Economía y Finanzas -Señorita liwalía Alvarez Estrada, quien la presidirá.