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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE ENERO DEL AÑO 1998 (10/01/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 45

Lima, sábado 10 de enero de 1998 CONSIDERANDO: Que, mediante Informe N°003-96-MDJM/OAJ-TC, de fecha 20 de diciembre de 1996, en torno al “Examen Especial por Arqueo de Formatos y Recibos de Pago de la Unidad de Registros Civiles”, la Oficina de Auditoría Interna de la Municipalidad de Jesús Maria, informa sobre las irregularidades en que habrían incurrido la ex funcionaria señorita IVONNE MOSCOS0 QUINTANA, ex Directora de Registros Civiles, y de los ex servidores señor RUBEN MALDONADO RODRIGUEZ, ex Supervi-sor de Archivo, señor ORLANDO DIAZ RUIZ, ex Cajero General, señor JORGE NICOLAS DE PIEROI,A GA- BRIELLI, ex cajero, señorita DORA ELGUERA MANRI- QUE, ex cajera y el señor JUAN JOSE MONTANO GONZALES, ex operador de sistemas: Que, se ha evidenciado que la Unidad de Registros Civiles no administró con eficacia y eficiencia la captación de los ingresos provenientes del cobro de derechos, ni ejerció un control previo y concurrente en el manejo de los formatos para la emisión de partidas, así como para el cobro de los mismos;Registros Civiles IVONNE MOSCOS0 QUINTANA; al ex Supervisor de Archivo RUBEN MALDONAD O RO- DRIGUEZ; al ex Cajero General ORLANDO DIAZ RUIZ; l ex cajero JORG E NICOLAS DE PIEROLA GABRIE- ,LI;alaexcajeraDORAELGUERAMANRI~QUE;yalex perado r de sistemas JUAN JOSE MONTAN O GONZA- ,ES; por los fundamentos expuestos en la part e conside- rativa de la presente Resolución. Artícul o Segundo.- La ex Directora y los e x servido- es procesado s podrá n presentar sus descargos po r escri- to y las pruebas convenientes a su defensa conforme a Ley, a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad de Jesú s María. Artículo Tercero.- Notificar la presente Resolución a través del Diario Oficial El Peruano, para los efectos legales pertinentes. Regístrese, comuníquese y publiqueseFRANCIS CA IZQUIERD O NEGRON Alcaldesa Que, no s e implement ó un sistema de control que permita conocer con exactitud la cantidad total de forma- tos utilizados, fallados. así como la relación de partidas denacimiento entregados en forma gratuita;0271 Que, nofueronubicado s 1.798 formato s para el otorga- miento de partidas por falta de una adecuada supervisión de parte de la ex Directora de la citada oficin a y, al no roquerir al personal encargado de la expedición de las partidas los reportes diarios de la utilización d e los indi- cados formatos ha propiciadlo su mal uso , lo que h a ocasio- nado perjuicio económico a la Municipalidad por un im-porte aproximad o de S/. 27,689.OO; Que, no se han ubicado 2,473 formatos continuos rosados, para ser utilizados en el cobro de derechos de los servicios que presta l a Municipalidad;Precisan y dictan normas para aplica-ción de beneficio tributario a micro y pequeñas empresas ubicadas en la jurisdicción del distrito Que, no se han ubicado formatos continuosverdes por un total de 1,140; Que, no fueron ubicados 144 recibos de caja de emisión manual que debieron ser utilizados en el cobro de dere- chos por los diferentes conceptos que presta la Municipa- lidad;DECRETO DE ALCALDIA N° 015-97-M DI Independencia, 26 de diciembre de 1997 EL ALCALDE D E LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA; Que, existen suficientes elementos dejuicioque permi- ten presumir que la ex Directora IVONNE MOSCOS0 QUINTANA, el ex servidor RCBEN MALDONAD O RO- DRIGUEZ ex supervisor de archivo, el ex servidor OR- LAND O DIAZ RUIZ ex cajero general, el ex servidor JORG E NICOLAS DE PIEROLA GABRIELL I ex cajero, la ex servidor a DOR A ELGUERA MANRIQUE, ex caje- ra, y el ex servido r JUAN JOSE MONTAN O GONZALES, ex operador de sistemas; ha n incumplid o con las funcio- nes previstas en los incisos al , b) y c) del ‘Título IV referente a las funciones de la Unidad de Registros Civiles del Manual de Organizaciones y Funciones de la Munici- palidad de Jesús Marí a y de las obligaciones laborales previstas por los inciso s b) y d) del Artícul o 21° de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, Decreto Legisla- tivo N° 276, y la comisión de falta administrativa discipli- naria de negligencia en el desempeño de las funciones incis o d) del Artículo 28 ” de la Ley de Bases de l a Carrera Admmistrativa;CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza N° 005-97-CDI se creó el Derec ho por Reactualizació n y Renovación de Licencias de Funcionamiento, el mismo que grava el trámite admi- nistrativo de renovación de la vigencia de las Licencias Municipales de Funcionamiento conforme a lo dispuesto en el Artícul o 74° de la Ley de Tributación Municipal aprobado por el Decreto Legislativo N° 776; Que, mediante Ordenanz a N° 012-97/CD I se modificó la Ordenanz a N° 005-97/CD I disponiéndose que los esta- blecimientos comerciales, industriales o de servicios que tengan la categoría de Micro o Pequeña s Empresas están inafectos al pago del derecho de Reactualización y Reno- vació n de Licencias de Funcionamiento , facultándos e al mismo tiempo a la Dirección de Servicios Administrativos a establecer las disposiciones pertinentes para calificara los establecimientos que tengan la categoría de Micro o Pequeña Empresa; Estando al Inform e de la Comisión Especia l de Proce- sos Administrativos Disciplinarios d e la Municipalidad de Jesús María: De conformidad a lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidade s N° 23853, Ley de la Carrera Adminis- trativa Decreto Legislativ o N° 276, y el Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa Decreto Suprem o N| 005-90-PCM;Que, sin embargo la condición de Micro o Pequeña Empresa se encuentra regulada por el Decreto Legisla- tivo N° 705 Ley de Promoción de Micro Empresas y Pequeñas Empresas; ! Que, en tal sentido resulta necesario dictar las dispo- siciones pertinentes que permitan la adecuada aplicaciónde la Ordenanz a N° 012-97/CDI; EN USO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR LA LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES; SE RESUELVE DECRETA Artículo Primero.-APERTURA PROCESO ADMI- NISTRATIVO DISCIPLINARIO a la ex Directora deArtículo Primero.- Conforme a lo dispuesto en el Artícul o 1° de la Ordenanza N°012-97/CDI precísese que