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Pág. 157185 NORMAS LEGALES Lima, martes 10 de febrero de 1998 Aprueban bases de concurso público de ofertas para el otorgamiento de permisos de pesca para la operación de barcos calamareros RESOLUCION MINISTERIAL Nº 062-98-PE Lima, 9 de febrero de 1998 CONSIDERANDO: Que mediante Resoluciones Ministeriales Nºs. 055 y 056-98-PE, se autorizó la Convocatoria a Concurso Públi- co de Ofertas Nº 01-98-PE y se nombró la Comisión encargada de la Recepción de Propuestas del Concurso Público de Ofertas para el Otorgamiento de Permisos de Pesca de Calamar Gigante o Pota; Que la referida Comisión ha formulado las Bases Administrativas del mencionado Concurso Público de Ofertas, de conformidad con el Plan de Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota, aprobado por Resolución Ministerial Nº 047-98-PE; Estando a lo dispuesto por el numeral 7.3.1 del preci- tado Plan de Ordenamiento; y, Con la opinión favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Aprobar las Bases del Concurso Público de Ofertas Nº 01-98-PE, para el otorgamiento de Permisos de Pesca para la operación de barcos calama- reros, las cuales forman parte integrante de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUDWIG MEIER CORNEJO Ministro de Pesquería 1522 Oficializan listado de concesiones para el desarrollo de la actividad de acuicul- tura marina RESOLUCION MINISTERIAL Nº 058-98-PE Lima, 9 de febrero de 1998 CONSIDERANDO: Que el Artículo 1º de la Ley General de Pesca establece que la misma tiene por objeto, entre otros, el de asegurar un aprovechamiento responsable de los recursos hidro- biológicos, optimizando los beneficios económicos, en ar-monía con la preservación del medio ambiente y la conser- vación de la biodiversidad; Que para el desarrollo de la actividad de acuicultura marina, el Ministerio de Pesquería ha venido otorgando concesiones en terrenos públicos y en áreas de mar en diversas zonas del litoral; Que a fin de promover la actividad, es necesario dar a conocer a las instituciones públicas, privadas y público en general vinculados con la actividad de acuicultura algu- nos aspectos relacionados con las concesiones otorgadas; Estando a lo informado por la Dirección Nacional de Acuicultura; De conformidad con lo establecido en el Artículo 3º de la Ley General de Pesca, promulgada por Decreto Ley Nº 25977; y, Con la opinión favorable del Viceministro; SE RESUELVE : Artículo 1º .- Oficializar el listado de concesiones para el desarrollo de la actividad de acuicultura marina otorga- das por el Ministerio de Pesquería, vigentes a la fecha, la misma que se detalla en anexo que forma parte integran- te de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º .- Los concesionarios de áreas para fines de maricultura comprendidos en el artículo anterior de- berán acreditar antes del 15 de abril de 1998 que han cumplido con las inversiones y condiciones bajo las cuales se otorgó la concesión, a cuyo efecto deberán presentar un certificado de inspección en el que conste dicho cumpli- miento, emitido por una empresa reconocida por la Comi- sión de Reglamentos Técnicos y Comerciales del Indecopi para otorgar certificados al sector pesquero. Vencido el plazo a que se refiere el párrafo anterior, sin que los concesionarios hayan cumplido con presentar el mencionado certificado, caducarán de pleno derecho las concesiones otorgadas. Artículo 3º .- Los concesionarios de áreas de mar com- prendidos en la zona de Santo Domingo y Atenas, Bahía Paracas - Pisco, deberán cumplir con el precitado requeri- miento en el plazo establecido en las Resoluciones Ministe- riales Nºs. 038-98-PE y 041-98-PE, respectivamente. Artículo 4º.- Los plazos de vigencia de las concesiones señalados en el anexo y demás condiciones de las mismas, se sujetan al cumplimiento de lo establecido en esta Resolución y a los resultados de los procesos de sanciones que por infracciones a las normas pertinentes pudieren seguirse; a tal efecto la Dirección Nacional de Acuicultura mediante Resolución Directoral, queda facultada a ex- cluir a las concesiones que resulten caducas. Artículo 5º.- No están incluidos en los alcances del Artículo 2º de la presente Resolución Ministerial los concesionarios de áreas de mar otorgadas para la instala- ción de sistemas de captación de larvas dentro de la Reserva Nacional de Paracas - Pisco. Articulo 6º. - Transcríbase la presente Resolución Ministerial a la Dirección General de Capitanías y Guar- dacostas del Ministerio de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese LUDWIG MEIER CORNEJO Ministro de Pesquería AVISO