Norma Legal Oficial del día 10 de febrero del año 1998 (10/02/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, martes 10 de febrero de 1998

NORMAS LEGALES

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Aprueban normas a cumplirse en el otorgamiento de Certificados de Inspeccion a titulares de concesiones para desarrollar la actividad de maricultura
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 061-98-PE MORDAZA, 9 de febrero de 1998 CONSIDERANDO: Que el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, dispone que el Ministerio de Pesqueria establecera, sobre la base de evidencias cientificas disponibles y de factores socioeconomicos, entre otros, las normas que requieran la preservacion y explotacion racional de los recursos hidrobiologicos; Que, igualmente, el Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por el Decreto Supremo Nº 01-94-PE, establece que es competencia del Ministerio de Pesqueria el control del cumplimiento de sus disposiciones y demas normas complementarias, ampliatorias, modificatorias y/ o conexas, referidas, entre otros, al uso sostenido y racional de los recursos hidrobiologicos y a la preservacion del medio ambiente, particularmente en lo concerniente a las actividades de extraccion, de procesamiento y acuicultura, efectuando para ello las inspecciones que MORDAZA necesarias para cuyo efecto aprobara mediante Resolucion Ministerial las correspondientes normas especificas; Que el Ministerio de Pesqueria viene dictando medidas de caracter cautelatorio referentes a las actividades de maricultura, disponiendose en ellas la MORDAZA por parte de los titulares de concesiones para desarrollar dicha actividad de certificados de inspeccion emitidos por entidades reconocidas por la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales del INDECOPI para otorgar certificados al sector pesquero, en los que se acredite haber cumplido con las inversiones y condiciones bajo las cuales se otorgo la concesion; Que es necesario establecer los parametros de las inspecciones referidas en el considerando precedente, los que deben constar en la aludida certificacion; Estando a lo informado por la Direccion Nacional de Acuicultura; y,

Con la opinion favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Los certificados de inspeccion a que se refieren las Resoluciones Ministeriales Nºs. 038, 041 y 058-98-PE, y demas normas cautelatorias que dicte el Ministerio de Pesqueria para la actividad de maricultura, a ser presentados por los titulares de concesiones para desarrollar dicha actividad, deben hacer constar, segun corresponda, lo siguiente: a) Aspectos de la Memoria Descriptiva Verificacion de la ejecucion de infraestructura en tierra: caseta de guardiania, vivienda, oficina, almacen, etc. Verificacion de la ejecucion de infraestructura de cultivo en el mar: MORDAZA (numero, area de cada cerco, longitud, altura, MORDAZA de pano), numero de MORDAZA line, linternas, pearl-net (area de instalacion, unidades), colectores o captadores de larvas (numero y area de instalacion). Verificacion de la adquisicion de maquinarias y equipos: chalana o bote, embarcacion con motor fuera de MORDAZA, embarcacion con motor y compresora, equipo de buceo, equipos de seguridad, equipos de evaluacion, boyas, etc.). Verificacion de la ejecucion del capital de trabajo. Densidad de siembra con la que se esta trabajando. b) Areas efectivamente trabajadas de la concesion otorgada. c) Inversiones planteadas en la Memoria Descriptiva que sustentaron el otorgamiento de la concesion. Articulo 2º.- El certificado a que se hace alusion en el articulo precedente, sera presentado por los concesionarios dentro de los plazos senalados en las Resoluciones Ministeriales Nºs. 038, 041 y 058-98-PE, segun corresponda. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MEIER MORDAZA Ministro de Pesqueria 1521

MINISTERIO DE PESQUERIA Comision de Sanciones RELACION DE RESOLUCIONES EXPEDIDAS EL 9 DE FEBRERO DE 1998
Las notificaciones a los interesados se realizaran conforme a lo dispuesto por el Articulo 80º del Decreto Supremo Nº 02-94-JUS R.C.S. Nº 045-98-PE/CS R.C.S. Nº 046-98-PE/CS R.C.S. Nº 047-98-PE/CS R.C.S. Nº 048-98-PE/CS R.C.S. Nº 049-98-PE/CS 1524 Multa al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA con 3 UIT por extraer 29.75 TM de anchoveta sin permiso de pesca. E/P Arequipa. Multa a Pesquera MORDAZA MORDAZA S.R.Ltda. con 4 UIT por extraer sardina en tallas menores. E/P SK-4. Multa a Pesquera MORDAZA S.A. con 168 UIT por extraer 1,120 TM de sardina, recurso para el cual no tiene autorizacion. E/P Juanita. Multa a Operaciones Navales y Maritimas S.R.Ltda. con 1 UIT por extraer 7 TM de sardina sin permiso de pesca. E/P Onamar I. Deja sin efecto la sancion de suspension impuesta por R.C.S. Nº 003-97-PE/CS a Compania Pesquera MORDAZA del Peru S.A.

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