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Pág. 157322 NORMAS LEGALES Lima, sábado 14 de febrero de 1998 en los Centros Educativos Públicos de las localidades de selva y línea de frontera, hasta cuatro (4) mensualidades por adelantado. La relación de Centros Educativos com- prendidos, figura en el anexo que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los Directores de las Regiones y Subre- giones de Educación en cuya jurisdicción se ubican los Centros Educativos Públicos referidos, elaborarán la re- lación del personal comprendido en los alcances de la presente norma y efectuarán las acciones correspondien- tes para calendarizar los pagos adelantados de los habe- res, a efecto de asegurar su cumplimiento oportuno. Artículo 3º.- El pago adelantado a que hace referencia el Artículo Primero de la presente Resolución, se efectivi- zará abonándose los haberes de marzo, abril, mayo y junio de 1998, conjuntamente con el haber mensual correspon- diente al mes de febrero de 1998. El pago adelantado de los haberes mensuales de los meses de agosto, setiembre, octubre y noviembre de 1998, será abonado conjunta- mente con el haber correspondiente al mes de julio de 1998. Artículo 4º.- Los Organos de Auditoría Interna de las Direcciones Regionales y Subregionales de Educación, quedan encargados de velar por el estricto cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. DOMINGO PALERMO CABREJOS Ministro de Educación 1719 JUSTICIA Autorizan viaje de funcionarios del INPE para que participen en curso sobre seguridad pública y sistema judicial, a realizarse en Japón RESOLUCION MINISTERIAL Nº 026-98-JUS Lima, 12 de febrero de 1998 Visto el Oficio Nº 024-98-INPE-CR-P de fecha 10 de febrero de 1998, del Presidente de la Comisión Reorga- nizadora del Instituto Nacional Penitenciario sobre auto- rización de viajes de funcionarios para capacitación; CONSIDERANDO: Que el Gobierno de Japón ha otorgado 2 Becas para el curso de capacitación en el campo de la seguridad pública y el sistema judicial, a llevarse a cabo del 13 al 28 de febrero de 1998 en la ciudad de Tokio - Japón; Que es política del Sector Justicia apoyar y promover la participación de sus funcionarios y servidores en los cursos de capacitación que permitan su perfeccionamiento y desarrollo; habiéndose designado a la señorita María Sánchez Lévano y señor Marco Antonio Agüero Moreno, funcionarios del Instituto Nacional Penitenciario, como participantes a dicho curso; Que en consecuencia resulta necesario autorizar el viaje de los mencionados funcionarios; Con la opinión favorable de la Oficina General de Economía y Desarrollo, la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 8º, 22º y 23º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 719 - Ley de Cooperación Técnica Internacional, aprobado por De- creto Supremo Nº 015-92-PCM, y Artículo 8º del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la señorita MARIA SAN- CHEZ LEVANO, y señor MARCO ANTONIO AGUERO MORENO, funcionarios del Instituto Nacional Peniten- ciario - INPE, a viajar a la ciudad de Tokio - Japón para participar en el curso de capacitación en el campo de la seguridad pública y el sistema judicial, a realizarse del 13 al 28 de febrero de 1998. Artículo 2º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO QUISPE CORREA Ministro de Justicia 1642 ECONOMIA Y FINANZAS Precios FOB de referencia para la aplicación de los derechos específi- cos correspondientes a la importación de productos agropecuarios RESOLUCION MINISTERIAL Nº 024-98-EF/15 Lima, 9 de febrero de 1998 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 016- 91-EF, cuya vigencia fue restituida por el Decreto Ley Nº 25528 y modificatorias, la importación de ciertos produc- tos agropecuarios está sujeta a la aplicación de derechos específicos variables; Que, por Decreto Supremo Nº 114-93-EF, modificado por los Decretos Supremos Nºs. 133-94-EF, 99-95-EF, 151-95-EF, 025-96-EF, 080-96-EF y 005-97-EF, vigente a partir del 2 de febrero de 1997, se actualizaron las tablas aduaneras aplicables a las importaciones de los productos a que se refiere el considerando anterior; Que, corresponde publicar los precios FOB de referen- cia para la semana comprendida entre el 26 de enero y el 1 de febrero de 1998; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 133-94- EF; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Publíquese los precios FOB de refe- rencia para la aplicación del derecho específico variable a que se refiere el Decreto Supremo Nº 133-94-EF: PRECIOS FOB DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO Nº 133-94-EF) US$ por T.M. Fecha Trigo Maíz Arroz Azúcar BDTB BDTE BDTK SULX Del 26/1 al 1/2 145 119 271 297 Regístrese y comuníquese. JORGE CAMET DICKMANN Ministro de Economía y Finanzas 1734 Declaran improcedentes quejas inter- puestas contra resoluciones del Tribu- nal Fiscal RESOLUCION MINISTERIAL Nº 027-98-EF/10 Lima, 13 de febrero de 1998