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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE FEBRERO DEL AÑO 1998 (20/02/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 8

Pág. 157534 NORMAS LEGALES Lima, viernes 20 de febrero de 1998 Autorizan viaje de profesionales de la SUNASS a Colombia para realizar pasantía en regulación del sector sa- neamiento RESOLUCION SUPREMA Nº 081-98-PCM Lima, 19 de febrero de 1998 CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (SUNASS) tiene como misión regular, fisca- lizar y promover la prestación de los servicios de agua potable y alcantarillado por parte de las Entidades Pres- tadoras de los Servicios de Saneamiento; Que, mediante Oficio Nº 1803-97-SUNASS del 31.10.1997, Oficio Nº 1911-97-SUNASS del 18.11.97, Ofi- cio Nº 2048-97-SUNASS del 4.12.1997 y Oficio Nº 2124-97- SUNASS del 18.12.1997, la Alta Dirección de SUNASS solicita a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico de Colombia la capacitación de dos profesionales de SUNASS en la citada entidad; Que, según comunicación CRA CE 3115 del 5.11.1997, CRA CE 3309 del 20.11.1997 y CRA CE 3485 del 12.12.1997 el Coordinador General de la Comisión de Regulación y Agua Potable y Saneamiento Básico de Colombia ha aceptado los términos de la comunicación antes señalada; Que, la SUNASS cuenta con el apoyo de Carl Duisberg Gesellschaft e.V.(CDG), organización alemana de utili- dad pública dedicada al desarrollo y capacitación de fun- cionarios que desarrollan actividades relacionadas con la prestación de los servicios de agua potable y alcantarilla- do en el ámbito internacional; Que, es importante viabilizar la presencia de profesio- nales de SUNASS en la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico de Colombia y en las empresas de acueducto y alcantarillado de las principales provincias colombianas, a efectos de llevar adelante un importante intercambio de experiencias profesionales a lo largo de una pasantía en los aspectos relacionados al área tarifaria, gestión empresarial, esquema institucional y legal y, en general, sobre la organización y funciona- miento del sector agua potable y saneamiento básico de Colombia; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supre- mo Nº 135-90-PCM, Directiva Nº 009-96-OIOE, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 165-96-EF/15 y modi- ficada por Resolución Ministerial Nº 171-96-EF/15 y Reso- lución Ministerial Nº 019-97-EF/15; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Ing. Pablo Perry Lavado, Jefe del Departamento de Planes Maestros y del Eco. Carlos García Sandoval, especialista de tarifas de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (SUNASS), a las ciudades de Bogotá, Cartagena, Mede- llín y Manizales en Colombia, desde el 15 de febrero al 1 de marzo de 1998, a efectos de desarrollar una pasantía en regulación del sector Saneamiento en la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico de Colombia. Artículo 2º.- Los gastos que se generen en el cumpli- miento de la presente Resolución, son asumidos parcial- mente por la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (SUNASS) según el detalle siguiente: Ing. Pablo Perry Lavado US$ Pasajes 1.220,00 Viáticos 1.300,00 Uso de Aeropuerto 25,00 Eco. Carlos García Sandoval US$ Pasajes 1.220,00 Viáticos 1.300,00 Uso de Aeropuerto 25,00 Artículo 3º.- La organización Carl Duisberg Ge- sellschaft e.V.(CDG) subvenciona la pasantía de los fun- cionarios antes señalados, asignando un monto dinerario por persona de US$ 1,700 por persona, los cuales se adicionan al rubro viáticos que se contempla en el artículo precedente. Artículo 4º.- La presente Resolución no otorga dere- cho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, cualesquiera fuese su denominación o clase. Artículo 5º.- Déjese sin efecto la Resolución Suprema Nº 175-97-PRESS. Artículo 6º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros 1941 DEFENSA Prorrogan Estado de Emergencia en diversas provincias de los departamen- tos de Ucayali y Huánuco DECRETO SUPREMO Nº 008-DE/CCFFAA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Visto el Oficio Nº 408-CCFFAA-DOP/PLN de fecha 9 de FEB. 1998 del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, mediante el cual solicita se prorrogue el Estado de Emergencia por el plazo de sesenta (60) días en las provincias de CORONEL PORTILLO y PADRE ABAD del departamento de UCAYALI y la provincia de PUER- TO INCA del departamento de HUANUCO, por cuanto aún subsisten algunas manifestaciones de perturbación del orden interno y es necesario concluir el proceso de pacificación en esta zona del país. CONSIDERANDO: Que dentro del marco legal establecido por la Consti- tución Política del Perú, es necesario adoptar medidas tendentes a preservar y restablecer el Orden Interno; En uso de las atribuciones que le confiere el Artículo 137º de la Constitución Política del Perú; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros y con cargo de dar cuenta al Congreso de la República; DECRETA: Artículo 1º.- Prorrogar el Estado de Emergencia por el plazo de sesenta (60) días a partir del 24 de febrero de 1998 en las provincias de CORONEL PORTILLO y PA- DRE ABAD del departamento de UCAYALI y la provincia de PUERTO INCA del departamento de HUANUCO. Artículo 2º.- Suspéndase con dicho fin, en las jurisdic- ciones antes mencionadas el ejercicio de los derechos constitucionales contemplados en los incisos 9), 11) y 12) del Artículo 2º y en el inciso 24) apartado f. del mismo artículo, de la Constitución Política del Perú. Artículo 3º.- Las Fuerzas Armadas asumirán el con- trol del Orden Interno, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24150, modificada por Decreto Legislativo Nº 749. Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo será re- frendado por el Presidente del Consejo de Ministros y, los Ministros de Defensa e Interior. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de febrero de mil novecientos noventa y ocho. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente de la República ALBERTO PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros