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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JULIO DEL AÑO 1998 (21/07/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 17

Lima, martes 21 de julio de 1998 pécuano Pág. 162441 extracción de los recursos jurel, caballa, cojinova, bonito, dorado, cabinza, tiburón, perico, sierra y machete con destino al consumo humano directo; Que de la evaluación efectuada a los documentos proporcio- nados por la recurrente se ha determinado que ha cumplido con presentar los requisitos exigidos eti el Procedimiento N” 1, correspondiente ala Dirección Nacional de Extracción del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesquería, aprobado por Decreto Supremo N” OOl-98-PE, ha- biéndose acreditado que la embarcación pesquera multipropó- sito denominada “RIBAR VIII” se encuentra en estado operati- vo, contando con un volumen de bodega de 96.34 m3, según certificación técnica alcanzada, por lo que amerita adecuar la capacidad de bodega indicada en la autorización de incremento de flota; Estando a lo informado por la Dirección Nacional de Extrac- ci6n y con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad a lo establecido en el Artículo 43” inciso c) numeral 1, del Decreto Ley N” 25977 - Ley General de Pesca y en el Artículo 138” de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N” Ol-94-PE; y, Con la opinión favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Artículo lo.- Modificar el Artículo 1” de la Resolución Minis- terial N” 135-94-PE modificado orla Resolución Ministerial N 461-97-PE, en el extremo refen¿fo ala capacidad de bodega de la embarcación pesquera multipropósito denominada “RIBAR VIII” la que cuenta con 96.34 m3 de volumen de bodega, manteniéndo- se las demás características. Artículo 2”.- Otorgar i!ermiso de pesca a plazo determina- do, a CORPORACION PE QUERA RIBAR S.A., para operar la embarcaciónpesqueramultipropósitodenominada”RIBARVIII” de Matrícula ZS-11409~CM, con 96.34 m3 de volumen de bode- ga. aislada isotérmicamente, la cual empleará hielo como medio de preservación a bordo, para la ekacción de los recursos hidrobiológicos jurel, caballa, cojinova, bonito, dorado, cabinza, tiburón, perico, sierra y machete, con destino al consumo huma- no directo, equipada con redes de cerco con tamaño mínimo de malla de ll/2 y 3 pulgadas, de arrastre de media agua de 76 mm. de tamaño mínimo de abertura en el copo y palangre, en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (51, diez (10) y treinta (30) millas costeras, según corresponda. Artículo 3”.- El ejercicio del derecho otorgado mediante el artículo precedente, se encuentra condicionado a la instalación del sistema de control automatizado conforme lo establecido en el literal d) del Artículo 3” de la Resolución Ministerial N” 780-97- PE,, previo requerimiento de la Dirección Nacional de Extracción, el mcumplimiento de dicha obligación caducará el permiso de pesca otorgado mediante la presente resolución. Artículo 4”.- La vigencia del permiso de pesca otorgado por la presente resolución está supeditado a la operatividad de embarcación pesquera multipropósito y al pago por concepto de derecho anual que acredite el armador con la respectiva constan- cia. Este pago será abonado por el armador pesquera en el plazo que establezca el dispositivo normativo que fije el monto por dicho concepto. Artículo 5”.- Las operaciones de pesca están sujetas a lo dispuesto en las normas legales vigentes y a las que se emitan sobre regulación y ordenamiento pes uero. Artículo 6”.- Adicionar el literal eMBARCACIONES PES- QUERAS CON PERMISO DE PESCA PARA RECURSOS HI- DROBIOLOGICOS DIVERSOS en el Anexo 1 de la Resolución Ministerial N” 200-98-PE que actualiza el del Decreto Supremo N” 00%97-PE e incorporar en dicho literal y en el Anexo VII, a la embarcaciónpesqueramultipropósitodenominada”RIBARVIII”. Artículo 7”.- Excluir la autorización de incremento de flota otorgada ala empresa RIBAR S.A., asignada con el número 106 del Anexo II de la Resolución Ministerial N” 200-98-PE que actualiza el Decreto Supremo N” 008-97-PE. Artículo So.- Transcribir la presente Resolución Ministe- rial a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones y Subdirecciones Regionales de Pesquería de Tumbes, Piura, Chiclayo, Trujillo, Chimbote, Pisco, Arequipa, 110 y Tacna, para los fines perti- nentes. Regístrese, comuníquese y publíquese LUDWIG MEIER CORNEJO Ministro de Pesquería 8126 FE DE ERRATAS RESOLUCION MINISTERIAL IV 262-SS-SAIDM Fe de Erratas de la Resolución Ministerial N”262-9%SA/DM,;&i@a en nuestra edición del día 20 de julio de 1998, página -En el numeral 24 DICE: c) friabilidad DEBE DECIR: c) friabilidad DICE: d) características fisicas: __. DEBE DECIR: d) características físicas: ___ 8122D. e 1. Lab. 35 35 40 40 35 35 Dan por concluidos nombramientos y designan magistrados integrantes de la Comisión Distrital de Control de la Magistratura y del Equipo Especial de la ODICMA RESOLUCION ADMINISTRATIVA Iv 167-SS-P-CSJL Lima, 17 de julio de 1998 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo señalado por el inciso B del Artículo 12” del Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina de Control de la Magistratura, corresponde al Jefe de la ODICMA, designar a los Magistrados que van a integrar tanto la Comisión Distrital de Control de la Magistratura como del Equipo Especial, del indicado órgano de control, bajo un sistema rotativo; Que, por Resolución Administrativa N” 104-98-P-CSJL, de fecha 2 de junio del presente año, se designó a la doctora Rosa María Ubillus Fortini, Juez Titular del 30” Juzgado Civil de Lima, como Magistrada Integrante de la Comisión Distrital de Control de la Magistratura; y, por Resolución Administrativa N” 158-98- P-CSJL de fecha 13 de julio del año en curso, se designó a la referida Magistrada como Vocal Provisional Integrante de la 1” Sala Laboral de Lima, por lo que estando a la promoción indicada, es necesario designar al Magistrado que integrará la Comisibn Distrital de Control de la Magistratura en su reemplazo; Que, la doctora Liliana Vicuiía Inami, Relatora Titular de Sala, ha venido desempeñando la función de Magistrada de Paz Letrado integrante del Equipo Especial de la ODICMA, y estando a que es egresada de la Primera Promoción de la Academia de la Mãgistratka y además reúne los requisitos señalados en el Artículo 180” de la Lev Orgánica del Poder Judicial. resulta pertinente su promoci&; - Que, con fecha seis de marzo del presente listado de abogados h6biles aprobados e inco de Abogados Hábiles para ser Magistrados uplentes del 2 Judicial; Que, en tal virtud, y con las facultades conferidas por las incisos 1) y 3) del Art. 90” de la Ley Orgánica del Poder Judicial, R.A. N” 074~CME-PJ y el inciso D del Art. 12” del Re lamento de Organización y Funciones de la Oficina de Control de Ka MaDstra- tura del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación de la doctora Patricia Lau Deza, como Magistrada integrante de la Comisión Distrital de Control de la Magistratura, quien a partir del día 20 de julio del año en curso, debe reincorporarse al Décimo Tercer Juzgado Especializado en lo Civil de Lima, dándosele las t?acias por su desempeño como Magistrado integrante de la ODICMA. Artículo Segundo.- Designar a partir del día 20 de julio del año en curso, a la doctora Susana Mendoza Caballero, como Magistrada integrante de la Comisión Distrital de Control de la Magistratura, en lugar de la doctora Patricia Lau Deza. Artículo Tercero.- Designara partir del día 20 de julio, ala doctora Zoila Alicia Tgvara Martínez como Magistrada integran- te de la Comisión Distrital de Control de la Magistratura, en lugar de la doctora Rosa María Ubillus Fortini.