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Lima, mar@ 21 de julio de 1998 perwnn, Pág. 162443 “gNW4EL FERNANDEZ HERNANI Fiscal Supremo (P) - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público MARIO DAVID ZEGARRA MARINAS Secretario Ejecutivo - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público 8104 Cancelan certificados de inscripcióndel Registro Oficial de Empresas Ex- tranjeras de Reaseguros y Corredoresde Reaseguros RESOLUCION SBS W 394-98 Lima, 17 de marzo de 1998EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA:La solicitud presentada por el señor José Miguel Raffo Rodri- go, para que se cancele la inscripción de las empresas que representa, Scor Reassurance y Scor Vie, del Registro Oficial de Corredores de Seguros; y, CONSIDERANDO: Que, las citadas empresas por acuerdo de Asamblea General llevada a cabo el 12 de junio de 1997,. aprobaron su fusión y absorción en una sola empresa denominada Scor, acta que se encuentra debidamente le Francia y por la Direcciónalisada por el Cónsul del Perú en de Asuntos Consulares y Legalizacio- nes del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú; Que, con la formación de la nueva empresa Scor, han quedado disueltas las empresas Scor Reassurance y Scor Vie, motivo por el cual es conveniente la cancelación de la inscripción de dichasempresas en el Registro Oficial de Emoresas Extranieras de Reaseguros y Corredores de Reaseguros: Estando a lo opinado por el Departamento de Control de Intermediarios y Auxiliares de la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Informe N” 009-98-DCIA; y, De conformidad con las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N” 26702; yen virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS W 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Articulo Unico.- Cancelar del Registro Oficial de Empresas Extranjeras de Reaseguros y Corredores de Reaseguros el Certi- ficado eInscripciónN”E.RE.012delaempresaSC:ORREASSU-d RANCE, y el Certificado de Inscripción N° E.RE. 013 de la empresa SCOR VIE, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.Aprueban inclusión de laempresa Plan- ta Lechera de Tacna S.A. dentro de los Regístrese, comuníquese y publíquese.alcances del D.L. N° 25604 NESTOR CORROCHANO MORAL Superintendente Adjunto de Seguros Autorizan aumento de capital y aprueLima, 2 de junio de 1998 ban modificación del estatuto socialQue, el Artículo 4” del Decreto Legislativo N” 674, ha creado la Comisión de Promoción de la Inversión Privada - COPRI, de empresaencargada de diseñar y conducir el proceso de promoción de la inversión privada en el ámbito de las empresas que conforma n la adividadempresanaldelEstado,centralizandolatomadedecisio- RESOLUCION SBS W 679-98nes a este respecto, como organismo rector mkimo; Que, el Artículo 1” del Decreto Ley N” 25604 requiere un Lima, 16 de julio de 1998acuerdo expreso de la COPRI para incluir dentro de los efectos dela misma norma, a las empresas ue se encuentren comprendidas EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROSen el proceso de promoción de a mversión privada, bajo una 1 modalidad diferente a la establecida en el literal d) del Articulo VISTA:2” del Decreto Legislativo N” 674; Que, mediante la Resolución Suprema W 193-98-PCM se La solicitud presentada por América Leasing S.A., para queincluyó a la empresa Planta Lechera de Tacna S.A. - PLETASA en se le autorice el aumento de capital social y modificación total de el proceso de promoción de la inversión privada a que se refiere su estatuto social; y,el Decreto Legislativo N” 674; Que, es necesario cautelar la situación de los bienes de las CONSIDERANDO:empresas comprendidas dentro del proceso de promoción de la Que, en Junta General Obligatoria Anual de Accionistas~;~;~Aprivada, como lo es la Planta Lechera de Tacna S.A. - celebrada el 26 de marzo de 1998, se acordó el aumento de Estando a lo acordado;capital social por concepto de capitalizaci6n de la reserva facultativa reexpresada por inflación al 31 de diciembre de 1997, en la suma de S/. 685 000,OO (seiscientos ochenta y cinco mil y OO/lOOI; Que, el Artículo 62” de la Ley N” 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de laSuperintendencia de Banca y Seguros, establece que el capital social de una empresa de los sistemas financiero o de seguros ~610 puede aumentarse mediante aportes en efectivo, capitalización de utilidades, y reexpresión del capital como consecuenci a de ajustes integrales contables p”r inflación; Que, en el segundo parra o del referido articulo se precisa que excepcionalmente y previa autorización de la Superintendencia, dicho capital socml también podrá ser aumentado mediante cualquier otra modalidad; Que, el aumento del capital social en S/. 685 OOq,OO (seiscien- tos ochenta y cinco mil y 00/190~ por concepto de capitalizaciónde la reserva facultativa, requiere la autorización revia de esta Superintendencia, por no encontrarse esta moda tdad expresa- P. mente señalada en la citada L eGeneral como permitida; Que, la citada empresa ha so t:,untado, en via de regularización, la autorización del referido aumento de capital; Que, en la misma Junta General Obligatoria Anual de Accio- nistas se acordó la modificación total de su estatuto a fin de adecuarlo a la Nueva Ley General de Sociedades, Ley N” 26887; Que, el proyecto de minuta de modificación estatutaria ha sido formulado de conformidad con las disposiciones legales vigentes sobre la materia; Estando a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Banca y de Asesoría Jurídica mediante los Informes Ws. ASIF ‘ID”-145OT/98 y 590-98-AJ, respectivamente; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 14” de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de SegurosOrgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley4 26702; y, En uso de las atribuciones conferidas por la precitada Ley; RESUELVE : Artículo Primero.- Autorizar, en vfa de regularización, a América Leasing S.A. el aumento de capital social en S/. 685 000,60 (seiscientos ochenta y cinco mil y OWlOO), mediante la capitaliza- ción de la reserva facultativa reexpresada por inflación al 31 dediciembre de 1997. Articulo Segundo.- Aprobar en los términos ropuestos la modificación total del estatuto social de America hasiria S.A.. cuyos documentos pertinentes quedan archivados en es6 orga: nismo; y, devuélvase la minuta que lo formaliza con el sello oticial de esta Superintendencia para su elevación a escritura pública en la que se insertará el texto de la resente resolución para su inscripción en el Registro Mercanti de Lrma.f Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTIN NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros 8115 ACUERDO W 157.98 DE LA COMISION DE PROMOCION DE LA INVERSION PRIVADA - COPRI :