Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 1998 (26/07/1998)


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D.- Espectaculos publicos E.- Estacionamientos F.- Servicios profesionales G.- Centros educativos privados H.- Servicio de hospedaje I.- Otros

NORMAS LEGALES
1.95 1.95 1.56 0.78 25.00 1.95

MORDAZA, MORDAZA 26 de MORDAZA de 1998

Establezcase un monto minimo trimestral por concepto de la tasa de la Licencia de Funcionamiento ascendente a S/. 25.00, y un monto MORDAZA por el mismo concepto ascendente a S/. 650.00. Articulo Segundo.- La tasa podra cancelarse de acuerdo a la siguientes alternativas: a) Al contado hasta el 31 de MORDAZA de 1998. b) En forma fraccionada, hasta en cuatro cuotas que venceran en las siguientes fechas: Primera cuota, el 31 de julio; MORDAZA cuota, el 31 de agosto; tercera cuota, el 30 de octubre; y la cuarta cuota, el 31 de diciembre de 1998. Articulo Tercero.- Encargar a la Direccion Municipal y Oficina de Rentas el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA DANESSI MORDAZA MORDAZA 8344

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES
Sancionan con destitucion, amonestacion y cese temporal a servidores de la municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 002532 San MORDAZA de Miraflores, 3 de MORDAZA de 1998 EL SENOR MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES VISTO: El Acta Nº 07-98 de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de esta Municipalidad; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion de Alcaldia Nº 002133, de fecha 25 de MORDAZA de 1998, se instauro MORDAZA administrativo disciplinario a los servidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA ALCEDO MORDAZA, MORDAZA MORDAZA CRUZATT MORDAZA y MORDAZA ALBRIZZIO MORDAZA, por la comision de faltas administrativas consideradas de gravedad; Que, los citados servidores fueron notificados para que efectuen sus descargos, habiendo cumplido con absolver los cargos todos ellos, a excepcion de don MORDAZA Alcedo Sanchez; Que, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Albrizzio MORDAZA han interpuesto recurso de reconsideracion contra la resolucion que les instauro el MORDAZA, recurso que en ambos casos son inadmisibles e improcedentes pues de acuerdo al Art. 163º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, este MORDAZA de procedimientos son sumarios al establecerse su duracion en 30 dias improrrogables, lo que supone la no admision de recursos dilatorios, ademas de que en ellos se les da plena MORDAZA de defensa a los encausados; y se requiere la MORDAZA en todo caso, de nueva prueba instrumental que desvirtue los fundamentos de la resolucion recurrida, requisito que exige el Art. 98º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobada por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS y que no han cumplido los impugnantes; Que, en relacion a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se ha establecido su responsabilidad en la peticion y obtencion de la licencia por asuntos particulares que se le concedio mediante Resolucion de Alcaldia Nº 1502-95 del 29 de diciembre de 1995, la misma que es absolutamente ilegal por cuanto en su condicion de Regidor Municipal estuvo impedido de tener relacion laboral con esta Municipalidad, conforme lo prescribe el Art. 23º Inc. 11) de la Ley Nº 23853 - Ley Organica de Municipalidades, no obstante lo cual mantuvo tal relacion hasta el 11 de febrero de 1998, desde el 1 de enero de 1996, no eximiendole de responsabilidad su tardia renuncia al cargo; Que, asimismo, en relacion al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA se ha establecido que laboro en esta Municipalidad en el ano de 1990 a pesar de tener vinculo laboral simultaneo con la Policia Nacional del Peru, percibiendo durante MORDAZA periodo remuneraciones en MORDAZA entidades, incurriendo en ilicitos, pues estuvo prohibido de percibir remuneraciones en mas de una entidad del Estado; Que, con relacion a la percepcion de dietas, que tambien indebidamente ha percibido, pues estuvo impedido de desempenarse como Regidor Municipal., debe ser denunciado ante la instancia judicial pertinente, conforme lo ha recomendado el Organo de Auditoria Interna en la Accion de Control Nº 05-98MDSJM-OAI, debiendo comprender la denuncia tambien los presuntos delitos de nombramiento ilegal e induccion a error a funcionario publico; Que, en lo que respecta a don MORDAZA Alcedo MORDAZA y don MORDAZA MORDAZA Cruzatt MORDAZA, ex MORDAZA y ex Secretario General, respectivamente, a quienes se les imputa responsabilidad administrativa, por su participacion en la expedicion de la referida Resolucion de Licencia, se ha establecido que ellos la suscribieron sin tomar en cuenta la vigencia de la prohibicion, que por su naturaleza estuvieron obligados a conocer; sin embargo, tal responsabilidad resulta atenuada por cuanto es a los Organos Internos encargados de los sistemas de personal y legal, a los que compete opinar o visar y asi ocurrio en el presente caso, lo que conlleva a la mayor responsabilidad de quienes conducen tales organos; Que, finalmente se ha establecido la responsabilidad de MORDAZA MORDAZA Albrizzio MORDAZA, quien en su condicion de Jefa de

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Disponen el pintado de inmuebles ubicados en alrededores de plazas del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 015-98/MJM MORDAZA MORDAZA, 14 de MORDAZA de 1998 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA CONSIDERANDO: Que, los Municipios son competentes para regular aspectos vinculados al mantenimiento y conservacion del ornato de su jurisdiccion; Que, dado que en el mes de MORDAZA se conmemora el aniversario patrio es necesario disponer las medidas del caso a efecto de resaltar tal acontecimiento y siendo tanto la plaza MORDAZA del distrito como la plaza San MORDAZA, las de mas alta representatividad dentro del distrito, es procedente la adopcion de medidas referidas al ornato de las mismas, a efecto de conmemorar la efemerides de la patria; Que, los Decretos, de acuerdo a lo estipulado por la Ley Organica de Municipalidades, son normas municipales que regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario; y, Estando a las atribuciones contenidas en el inciso 6) del Articulo 47º de la Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- Disponer que los propietarios de los inmuebles ubicados en los alrededores de la plaza San MORDAZA y la plaza MORDAZA del distrito de MORDAZA MORDAZA, procedan a realizar el pintado de las fachadas de sus predios. Articulo Segundo.- Quienes incumplan lo dispuesto en el presente decreto se haran acreedores a las sanciones que para el caso establece el Cuadro de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad de MORDAZA Maria. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA NEGRON Alcaldesa 8041

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