Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 1998 (26/07/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 26 de MORDAZA de 1998

otorgada a la deuda del emisor. No obstante, de existir discrepancias se optara por la calificacion que represente el mayor nivel de riesgo. En caso que una Institucion de Custodia posea varios instrumentos clasificados por riesgo, se tendra en cuenta la calificacion que represente un mayor nivel de riesgo. Asimismo, en el supuesto de producirse una reduccion en la calificacion de la correspondiente Institucion de Custodia de manera que la misma represente una categoria de riesgo menor al minimo establecido en el presente inciso, la AFP quedara imposibilitada de continuar operando con dicha Institucion de Custodia. Contrato de custodia Articulo 8º.- Los contratos de custodia que suscriban las AFP con las Instituciones de Custodia locales en relacion a los Bonos MORDAZA peruanos deberan ser previamente autorizados por la SAFP, debiendo contener, adicionalmente a lo establecido en el Capitulo VIII del Titulo VI del Compendio de normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones aprobado por Resolucion N° 052-98-EF/SAFP, la obligacion de la Institucion de Custodia de: a) Enviar a las AFP un reporte de movimientos cada vez que se produzca una transaccion con los Bonos MORDAZA en custodia, o con sus derechos y obligaciones; b) Enviar diariamente a las AFP el estado de la cuenta corriente a que se refiere el Articulo 6º; c) Proporcionar a la Superintendencia un reporte semanal con el detalle de los movimientos y el stock de los instrumentos, de acuerdo con el formato del Anexo Nº II de la presente resolucion, a mas tardar el primer dia util de la semana siguiente; d) Declarar, segun sea el caso, que el contrato suscrito con la Institucion de Custodia extranjera cumple con los requerimientos exigidos en el Articulo 7º; y, e) No realizar operaciones de prestamo de valores bajo ninguna de sus modalidades.

Valorizacion Articulo 10º.- Para efectos de la valorizacion de los Bonos a que se refiere la presente resolucion, la Superintendencia tomara en cuenta los siguientes criterios: a) El precio de MORDAZA de los Bonos MORDAZA incluyendo los intereses corridos; b) El precio de MORDAZA se determinara en funcion al promedio obtenido considerando las plazas de negociacion relevantes; y, c) En caso de no existir cotizacion para un determinado MORDAZA, este se valorizara considerando el comportamiento del MORDAZA de los Bonos Brady. Gastos de transaccion Articulo 11º.- Todos los gastos de transaccion, comisiones de intermediacion, comisiones de custodia y costos de mantenimiento de cuentas corrientes generadas por las operaciones efectuadas con Bonos MORDAZA en los mercados locales y/o extranjeros seran cubiertos con los recursos de las AFP. Responsabilidad Articulo 12º.- Sin perjuicio de las responsabilidades que conforme a las normas de la presente resolucion y a la legislacion en general le corresponden a los intermediarios y a las Instituciones de Custodia, las AFP son responsables ante la Superintendencia por cualquier incumplimiento de lo previsto en la presente norma. DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Aplicacion de normas del Titulo VI Primera.- Las normas del Capitulo VIII del Titulo VI del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones aprobado por Resolucion N° 052-98-EF/SAFP resultaran de aplicacion, a partir de la fecha de vigencia de la presente resolucion, unicamente para efectos de los contratos de custodia de Bonos MORDAZA celebrados al MORDAZA del Articulo 8º de la presente resolucion.

Informacion a la Superintendencia Articulo 9º.- La informacion referida a las compras, Vigencia ventas, pagos de cupon, vencimientos, cuentas corrientes en Segunda.- La presente resolucion entrara en vigencia al dia la Institucion de Custodia y otros referidos a los Bonos MORDAZA, siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. debera ser enviada por las AFP a la Superintendencia a traves del Informe Diario de Inversiones a que se refiere el Registrese, comuniquese y publiquese. Articulo 103º del Titulo VI del Compendio de Normas de MORDAZA MOUCHARD MORDAZA Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Superintendente de Administradoras Administracion de Fondos de Pensiones, al dia siguiente de Privadas de Fondos de Pensiones efectuadas estas transacciones. ANEXO Nº I EQUIVALENCIAS DE CLASIFICACION Para efectos de lo establecido en la presente resolucion se tendra en cuenta las siguientes equivalencias: Clasificacion de largo plazo:
SPP AAA AA+ AA AAA+ A Standard & Poor´s AAA AA+ AA AAA+ A Moody´s Aaa Aa1 Aa2 Aa3 A1 A2 FitchIBCA AAA AA+ AA AAA+ A MORDAZA & Phelps AAA AA+ AA AAA+ A

Clasificacion de corto plazo:
SPP A-1 Standard & Poor´s A-1+ Moody´s P-1 FitchIBCA F-1+ MORDAZA & Phelps D-1

ANEXO N° II RESUMEN SEMANAL DE TENENCIA DE BONOS MORDAZA PERUANOS INSTITUCION DE CUSTODIA: NOMBRE DE CUENTA: AFP... CODIGO DE CUENTA DE LA AFP: MORDAZA DE BONO: ISIN:
STOCK INICIAL FECHA PRECIO UNITARIO VALOR TOTAL

TRANSACCIONES
COMPRAS VENTAS FECHA DE SETTLEMENT PRECIO UNITARIO VALOR TOTAL INTERMEDIARIO PLAZA DE NEGOCIACION

STOCK FINAL

FECHA

PRECIO UNITARIO

VALOR TOTAL

8334

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