Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 1998 (26/07/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, MORDAZA 26 de MORDAZA de 1998

NORMAS LEGALES
POR LO TANTO:

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Personal emitio el Informe de procedencia y viso la resolucion, actos reconocidos en su descargo y que por lo tanto le acarrean los correctivos del caso, por constituir su pronunciamiento el sustento basico de la indebida Resolucion de Licencia; Que, la Comision de Procesos Administrativos Disciplinarios de esta Municipalidad ha emitido su pronunciamiento mediante el Acta de visto; Que, los procesados han incurrido en faltas previstas en el Art. 28º Incs. a), d), f), h), j) y l) del Decreto Legislativo Nº 276, en concordancia con el Art. 21º Incs. a), b) y h) del mismo; Y, en uso de las facultades de este Despacho; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR INADMISIBLES e IMPROCEDENTES los recursos de reconsideracion interpuestos por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Albrizzio MORDAZA, contra la Resolucion Nº 002133-98. Articulo Segundo.- IMPONER a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sancion de DESTITUCION del servicio, quedando inhabilitado asimismo, por 5 anos para su reingreso al servicio publico, publicandose conforme a Ley. Articulo Tercero.- IMPONER a don MORDAZA ALCEDO MORDAZA y a don MORDAZA MORDAZA CRUZATT MORDAZA, sancion de AMONESTACION ESCRITA a cada uno de ellos. Articulo Cuarto.- IMPONER a MORDAZA MORDAZA ALBRIZZIO MORDAZA, sancion de CESE TEMPORAL por un periodo de 3 meses, sin goce de remuneraciones. Articulo Quinto.- DISPONER que la Oficina de Personal implemente la presente resolucion. Articulo Sexto.- DISPONER que a traves de la Oficina de Asesoria Legal se canalice la denuncia ante la Fiscalia Penal contra don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la comision de delitos de: nombramiento ilegal, concusion e induccion a error a funcionario publico. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 8343

Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MORDAZA AZCUETA GOROSTIZA MORDAZA 8109

Establecen Tasa de Licencia de Funcionamiento
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 012-98-MVES MORDAZA El MORDAZA, 14 de MORDAZA de 1998 POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE MORDAZA EL MORDAZA, en Sesion de la fecha: CONSIDERANDO: Que, el Titulo III del Decreto Legislativo Nº 776 -Ley de Tributacion Municipal- especificamente los Articulos 66º y 68º Inc. c) establece el MORDAZA normativo para las tasas municipales; Que, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, mediante Edicto Nº 188-94, dicto las disposiciones reglamentarias de la Licencia de Funcionamiento, aplicable a los contribuyentes que operan diversas clases de establecimientos; Que, el Codigo Tributario en su MORDAZA IV, indica que los gobiernos locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas en la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, la Sesion de Concejo, con la votacion legal de los senores regidores, se expide la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Establecer en la jurisdiccion de este distrito, la Tasa de Licencia de Funcionamiento, cuyo monto se determina multiplicando la superficie del establecimiento por el factor de ubicacion geografica y por la alicuota que corresponde a cada MORDAZA de actividad. La alicuota que corresponde a cada MORDAZA de actividad se obtiene de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) por los porcentajes maximos siguientes:

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA EL MORDAZA
Prorrogan plazo para acogerse a
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 011-98-MVES MORDAZA El MORDAZA, 14 de MORDAZA de 1998 POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE MORDAZA EL MORDAZA, en Sesion de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el Concejo Distrital de MORDAZA El MORDAZA, mediante la Ordenanza Nº 006-98-MVES de fecha 25 de MORDAZA de 1998, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 10 de junio de 1998, concedio el beneficio de Amnistia de multas administrativas a favor de los contribuyentes notificados desde el ano 1993 a 1997, concediendoles una rebaja del 50% de las multas administrativas impuestas a la fecha; Que, de acuerdo a los plazos fijados, la mencionada amnistia culmino el 10 del presente, habiendose recibido diversos pedidos de los contribuyentes, quienes manifiestan su voluntad de pago, por lo que solicitan mayor plazo para el cumplimiento de sus deudas, dada la dificil situacion economica por la que atraviesa el pais; Que, es politica de la actual gestion edilicia, realizar acciones orientadas a facilitar el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, la Sesion de Concejo expide la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Prorrogar por 30 dias, a partir de la publicacion de la presente ordenanza, el plazo para acogerse a la Amnistia de Multas Administrativas y Predial, que establecen las Ordenanzas Nºs. 006-98 y 007-98-MVES. Articulo Segundo.- Encargar a la Direccion Municipal, Oficina de Administracion Tributaria, Agencias Municipales y Direccion de Servicios Publicos, el cumplimiento de la presente disposicion.

ACTIVIDAD a) Comercio b) Servicios financieros y de seguros c) Industrias, servicios de estacionamiento, servicios profesionales y servicios de hospedaje d) Espectaculos publicos e) Otros no senalados anteriormente

% UIT 0.19 % 0.25 % 0.13 % 0.15 % 0.13 %

Tratandose de establecimientos en los que se realiza mas de una de las actividades senaladas en el parrafo anterior, se aplicara la alicuota de mayor valor. El monto trimestral de la Tasa de Licencia de Funcionamiento, no sera superior al 25% de la UIT, determinandose como importe minimo anual la cantidad de S/. 100.00, S/. 50.00 y S/. 26.00, para los establecimientos ubicados en las Categorias "A", "B" y "C", respectivamente. Articulo Segundo.- Las cuotas trimestrales correspondientes al ejercicio fiscal 1998, tiene como fecha de vencimiento de pago los siguientes: Tercer trimestre MORDAZA trimestre : 30 de setiembre : 30 de diciembre

Articulo Tercero.- El costo del derecho administrativo por emision y distribucion del Estado de Cuenta Corriente Municipal, corresponde al importe aprobado en el TUPA-98. Articulo Cuarto.- Las disposiciones establecidas en la presente ordenanza se sujetaran a lo normado en el Edicto Nº 188-94-MLM. Articulo Quinto.- Encarguese a la Direccion de Servicios Publicos y Agencias Municipales el fiel cumplimiento de la presente ordenanza y a la Direccion Municipal, autorizar oportunamente los gastos que se demande. Articulo Sexto.- Facultar al MORDAZA, dictar las normas complementarias a la presente ordenanza. Articulo Septimo.- Dejese sin efecto cualquier disposicion que se oponga a la presente. POR LO TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MORDAZA AZCUETA GOROSTIZA MORDAZA 8110

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