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DIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR NORMAS LEGALESDirector: Enrique Sánchez Hernani Lima, lunes 22 de junio de 1998 AÑO XVI - Nº 6571 Pág. 160981 INTERIOR Modifican artículo del Reglamento de Servicios de Seguridad Privada DECRETO SUPREMO Nº 004-98-IN EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-94-IN del 9 de mayo de 1994 se aprobó el Reglamento de Servicios de Seguridad Privada, el mismo que posteriormente fue modificado en virtud del Decreto Supremo Nº 006-94-IN del 22 de julio de 1994; Que, el Decreto Supremo Nº 002-98-IN, del 22 de abril de 1998, actualiza y modifica el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio del In- terior en lo relativo a la Dirección General de Gobierno Interior -DICSCAMEC, establece como importe de la Carta Fianza en los procedimientos para la prestación de servicios de seguridad privada, seis (6) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), y con vigencia de tres (3) años; Que, el Artículo 110º del Reglamento de Servicios de Seguridad Privada establece que el Sector Interior autorizará al Procurador Público para la inmediata ejecución de la cobranza en la Fianza Bancaria o en los Bienes de la empresa responsable, en la vía judicial correspondiente; Que, el procedimiento para la ejecución de una Carta Fianza es administrativo, careciendo de objeto autorizar al Procurador Público, salvo que dicha garantía se en- cuentre caducada, debiendo accionarse contra los bienes de la empresa infractora, más aún, si de acuerdo a las facultades conferidas por ley, la Procuraduría Pública representa y defiende al Estado en juicio; Que, en consecuencia, es necesario modificar el Artículo 110º del aludido Reglamento, a fin de garanti- zar el normal y adecuado funcionamiento de las empre- sas de vigilancia privada, así como el cumplimiento de sus obligaciones, contribuyéndose de esta manera a la seguridad ciudadana y al bienestar del país; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 2) del Artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1º.- Modifícase el Artículo 110º del "Regla- mento de Servicios de Seguridad Privada" aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-94-IN, de 9.MAY.94, modifi- cado por el Decreto Supremo Nº 006-94-IN, de 22.JUL.94, y por el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio del Interior (DGGI-DICSCAMEC), apro- bado por el Decreto Supremo Nº 002-98-IN de 22.ABR.98, en los términos siguientes: "Artículo 110º Independientemente de la elevación de la sanción, conforme al Art. 93º de este Reglamento, ante el reiterado incumplimiento o negativa al pago de las multas impues- tas, la DGGI-DICSCAMEC podrá solicitar administrati-vamente la inmediata ejecución de la cobranza en la Fianza Bancaria. De encontrarse caducada la Carta Fian- za, el Sector Interior autorizará al Sr. Procurador Público del Ministerio del Interior para la ejecución de la cobranza sobre los bienes de la empresa responsable, en la vía judicial correspondiente." Artículo 2º.- Derógase todas las disposiciones legales que se opongan al presente Decreto Supremo. Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será re- frendado por el Ministro del Interior y entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de junio de mil novecientos noventiocho. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República JOSE VILLANUEVA RUESTA Ministro del Interior 6859 Conceden nacionalidad peruana a ciudadano chino RESOLUCION SUPREMA Nº 0291-98-IN/1601 Lima, 19 de junio de 1998 Visto; la solicitud y documentos presentados por don Ko Wei CHEN, de nacionalidad china, sobre otorga- miento de la nacionalidad peruana por Naturalización que obran en el Expediente Nº 25145 del 27.AGO.97. CONSIDERANDO: Que, se cumplen los requisitos exigidos por la Consti- tución Política del Perú, Art. 52º, Ley de Nacionalidad Nº 26574 del 3.enero.96 y su Reglamento - Decreto Supremo Nº 004-97-IN del 23.MAY.97, Ley de Simplificación Admi- nistrativa Nº 25035 del 11.JUN.89, Ley Orgánica del Ministerio del Interior - Decreto Legislativo Nº 370; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Conceder la nacionalidad peruana a don Ko Wei CHEN, e inscribirlo en el Registro respectivo. Artículo 2º.- Extender al interesado el Título de Nacionalidad correspondiente, previa presentación de la Escritura Pública en la que conste la renuncia a su nacionalidad de origen. Regístrese, comuníquese y archívese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República JOSE VILLANUEVA RUESTA Ministro del Interior 6862