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Pág. 158153 NORMAS LEGALES Lima, domingo 15 de marzo de 1998 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Establecen montos por derecho de emi- sión mecanizada de formatos y reci- bos de pago del Impuesto Predial y arbitrios municipales ORDENANZA MUNICIPAL Nº 002-98-A-MDMM Magdalena del Mar, 26 de febrero de 1998 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Distrital de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria de fecha 26 de febrero de 1998; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido por la Cuarta Disposi- ción Final del Decreto Legislativo Nº 776; Ley de Tribu- tación Municipal, faculta a las Municipalidades a cobrar por el servicio de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores, determinación de impuestos y distribución de recibos de pago, un importe no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1 de enero de cada ejercicio; Que, mediante Decreto Supremo Nº 177-97-EF, se fijó en S/. 2,600.00 (DOS MIL SEISCIENTOS Y 00/100 NUE- VOS SOLES) el valor de la Unidad Impositiva Tributaria vigente a partir del 1 de enero de 1998; Que, es necesario establecer los montos que deben abonar los contribuyentes por el derecho de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores, determinación de Impuesto Predial y los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo concerniente al año 1998, cuya administración directa corresponde a la Municipalidad de Magdalena del Mar; Estando a lo dispuesto por el Artículo 109º de la Ley Nº 23853, Orgánica de Municipalidades, ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL Artículo 1º.- Fíjese en S/. 9.00 (NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES), el monto que deberán abonar los contribuyentes por concepto de Derecho de Emisión Me- canizada de Actualización de Valores, determinación de impuestos y distribución de las Declaraciones Juradas del Impuesto Predial correspondiente a 1998, precisándose que dicho derecho comprende la emisión de una HOJA DE RESUMEN Y LAS DE LOS FORMATOS DE PREDIO URBANO (PU) Y DEL(OS) RECIBOS DEL IMPUESTO PREDIAL. Artículo 2º.- Fíjese en S/. 1.50 (UN SOL Y 50/100 NUEVOS SOLES) el monto que deberán abonar los con- tribuyentes por concepto de derecho de Emisión Mecani- zada de Determinación de Tributos y distribución de las liquidaciones de los Arbitrios de Limpieza Pública, Par- ques y Jardines y Serenazgo por cada predio, correspon- diente a 1998. Artículo 3º.- La presente Ordenanza entrará en vi- gencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. OSCAR BARON FERNANDEZ Alcalde 2667 Establecen Programa Predial en forma automatizada y disponen emisión de hojas de autoavalúo y recibos de pago del Impuesto Predial DECRETO DE ALCALDIA Nº 003-98-A-MDMM Magdalena del Mar, 26 de febrero de 1998 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR; CONSIDERANDO: Que, el Art. 11º del Decreto Legislativo Nº 776; Ley de Tributación Municipal, referido al Impuesto Predial, es- tablece la obligación de determinar la Base Imponible del Impuesto Predial aplicando los Valores Arancelarios de Terrenos y los Valores Unitarios Oficiales de Edificación vigente al 31 de diciembre del año anterior; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 675-97- MTC/15.04 del 26.12.97, se aprobó los Valores Arancela- rios de Terreno, asimismo vía la Resolución Ministerial Nº 678-97-MTC/15.04 se aprobaron los Valores Unitarios Oficiales de Edificación para la Costa, Sierra y Selva; Que, a través del Decreto Supremo Nº 177-97-EF se establece el Valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) como índice de referencia en normas tributarias determinado en DOS MIL SEISCIENTOS Y 00/100 NUE- VOS SOLES (S/. 2,600.00); Que, la actual Administración Municipal ha dispuesto el envío de la Hoja de Cálculo de Autoavalúo y los corres- pondientes Recibos de Pago concerniente al Impuesto Predial 1998 vía Emisión Mecanizada; Que, en uso de las facultades conferidas al Despacho de Alcaldía, por la Ley Nº 23853; Orgánica de Municipa- lidades; y con cargo a dar cuenta al Concejo; DECRETA: Artículo 1º.- Establecer el Programa Predial concer- niente al ejercicio gravable 1998, en forma Automatizada emitiéndose la Valorización del (os) Predio (s) (Autoava- lúos), determinación del Impuesto y la Emisión de Recibos por el rubro del IMPUESTO PREDIAL. Artículo 2º.- El Impuesto Predial correspondiente al ejercicio gravable 1998 se podrá cancelar al contado hasta el 31 de marzo de 1998. Artículo 3º.- Encargar a la Dirección de Rentas y Dirección de Planificación y Presupuesto a través de sus Unidades Orgánicas lo concerniente a la Emisión Auto- matizada Integral de las Carpetas Prediales. Artículo 4º.- Encargar a la Dirección de Adminis- tración para que disponga proveer de los útiles y materia- les que se requieran para la realización del Programa de Emisión Automatizada de las CARPETAS PREDIALES. Artículo 5º.- Encargar a la Secretaría General la publicación y difusión del presente Decreto. Regístrese, publíquese y cúmplase. OSCAR BARON FERNANDEZ Alcalde 2665