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Pág. 158368 NORMAS LEGALES Lima, lunes 23 de marzo de 1998 e) Restaurantes que pretendan ostentar categoría de 1 a 5 Tenedores y/o ser calificados como turísticos, deberán solicitar su categorización ante la Dirección Nacional de Turismo, luego de su inscripción en el RUC. f) Servicios de alojamiento; los mismos que, para iniciar actividades, luego de su inscripción en el RUC, deberán solicitar su autorización al Organo competente de acuerdo al Decreto Supremo Nº 10-95-ITINCI. 4. Servicio de Transporte Terrestre Interprovincial e Internacional a) Transporte regular de pasajeros; b) Transporte turístico de pasajeros; y, c) Transporte de carga. Para el inicio de este tipo de actividades, las empresas, luego de inscritas en el RUC, deberán solicitar la Concesión de Ruta, Permiso de Operación o Constancia de Empadronamiento, según corresponda, ante la Dirección General de Circulación Terrestre. 5. Actividades vinculadas a la Salud a) Cementerios y Crematorios. En todos los demás casos de establecimientos vinculados a la salud, la sola inscripción en el RUC bastará para que éstos puedan iniciar formalmente sus actividades, sin necesidad de realizar ningún trámite adicional o paralelo. 6. Actividades Agroindustriales a) Procesamiento de flora y fauna silvestre, dichas empresas para el inicio de sus actividades deberán previamente obtener, luego de su inscripción en el RUC, la autorización de la instancia correspondiente del Ministerio de Agricultura. b) Beneficio de ganado y aves, dichas empresas para el inicio de sus actividades deberán previamente obtener, luego de su inscripción en el RUC, la autorización sanitaria del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA. c) Producción de plaguicidas de origen vegetal, dichas empre- sas para el inicio de sus actividades deberán previamente obte- ner, luego de su inscripción en el RUC, la autorización sanitaria del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los diez días del mes de marzo de mil novecientos noventa y ocho. CARLOS TORRES Y TORRES LARA Presidente del Congreso de la República EDITH MELLADO CESPEDES Primera Vicepresidenta del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de marzo de mil novecientos noventa y ocho. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República ALBERTO PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros GUSTAVO CAILLAUX ZAZZALI Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 3188 P C M Autorizan viaje de funcionaria de PROMPERU a Francia, en comisión de servicios RESOLUCION SUPREMA Nº 163-98-PCM Lima, 20 de marzo de 1998 Visto el Oficio SE.092-98 del 17 de marzo de 1998, de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión de Promoción del Perú - PROMPERU; y,CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú - PROMPERU tiene previsto participar en la Feria Internacional "Salón Mundial del Turismo" que se llevará a cabo en la ciudad de París, Francia, del 26 al 30 de marzo de 1998, a efecto de coordinar y desarrollar actividades en favor del incremento de los flujos turísticos del mercado francés y promover la comercialización del producto turístico peruano; Que, en tal sentido resulta pertinente la designación de una representante de PROMPERU para que en calidad de coordinado- ra se encargue de atender los aspectos propios del referido evento; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Supremo Nº 053-84-PCM, Decreto Supremo Nº 074- 85-PCM, Decreto Supremo Nº 010-88-PCM, Decreto Supremo Nº 135-90-PCM, Decreto Supremo Nº 037-91-PCM, Decreto Supre- mo Nº 031-89-EF y Decreto Supremo Nº 041-94-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señorita Angela Maric Arata, funcionaria del Area de Distribución de la Comisión de Promoción del Perú - PROMPERU, a la ciudad de París, Francia, del 22 al 31 de marzo de 1998; para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución serán con cargo del Presupuesto de la Uni- dad Ejecutora 002 Comisión de Promoción del Perú - PROMPE- RU del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, de acuerdo al siguiente detalle: - Viáticos :US$ 2,340.00 - Pasaje :US$ 1,202.87 - Tarifa Corpac :US$ 25.00 Artículo 3º.- La presente Resolución no da derecho a exone- ración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros 3190 JUSTICIA Designan Defensor de Oficio RESOLUCION SUPREMA Nº 032-98-JUS Lima, 20 de marzo de 1998 Visto el Oficio Nº 0955-98-JUS/DNJ de fecha 17 de marzo de 1998 de la Dirección Nacional de Justicia, por el que propone la designación del doctor LUIS ENRIQUE ZUÑIGA MONTERO, como Defensor de Oficio; CONSIDERANDO: Que por Decreto de Urgencia Nº 082-97 fueron transferidas las Partidas Presupuestales de los Defensores de Oficio del Pliego: 004 Poder Judicial al Pliego 006: Ministerio de Justicia; Que por Resolución Ministerial Nº 018-98-JUS, se aprobó el nuevo Cuadro para Asignación de Personal en el que se encuen- tran comprendidas las plazas de Defensor de Oficio; Que se encuentra vacante una plaza de Defensor de Oficio; Que es necesario designar al funcionario que desempeñe dicho cargo público considerado de confianza a fin de garantizar la continuidad del servicio; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y Decreto Ley Nº 25515; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar, a partir de la fecha, al doctor LUIS ENRIQUE ZUÑIGA MONTERO, como Defensor de Oficio. Artículo 2º.- El Director Nacional de Justicia determinará la Sala Penal donde prestará sus servicios. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema, será refren- dada por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALFREDO QUISPE CORREA Ministro de Justicia 3189