Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE OCTUBRE DEL AÑO 1998 (03/10/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 4

P&. 164616 el-0 &WWW-M1~ Lima, síbado 3 dc oc1uhrc dc IWX SE RESUELVE: Artículo lo.- Autorizar el viaje del señor Julio Alzola Castillo, a la ciudad de Washington, Estados Unidos de América, del 3 al 3 de octubre de 1998, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2”.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente resolución serán con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 003 Secretaría General - PCM del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, de acuerdo al siguiente detalle: - Viáticos : US$ 1540.00 - Pasaje : US$ 925.00 - Tarifa Corpac : US$ 25.00 Artículo 3”.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ningu- na clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO PANDOLFI ARBCLU Presidente del Consejo de Ministros 11460 RELACIONES EXTERIORES Ratifican Convenio de Cooperación Técnica para el Desarrollo de Activida- des Científico-Técnicas, Asistenciales y de Promoción de la Salud en la zona Fronteriza Peruano-ColombianaCONSIDERANDO asimismo oue las Naciones Unidas acordaron la Cooperación Tecnica entre países como ‘una estrategia general de desarrollo para ser aplicada por todos los Gobiernos y para darle cumplimiento, la OPSOMS ha promovido en los países las “imciativas subregionales”, a fin de producir un mayor y más rapido impacto en las condicio- nes de salud de los grupos humanos más necesitados. RECORDANDO que con motivo de la Reunión de Minis- tros de Salud del Area Andina REMSAA,, celebrada en 1987, se aprobó la resolución REMSAA N” 121192 titulada Docu- mento de Cooperación Andina en Salud “Los Andes Unidos por la Salud”, estableció la Cooperación Andina de Salud “CAS”, como un programa de t,r.kbajo conjunto, que concentra esfuerzos en temas de salud prioritarios para los países andinos. DECRETO SUPREMO N” 025-98REACIIERDAN suscribir el presente Convenio de Coepera- ción Técnica para el Desarrollo dc Actividades Cien tifico Técnicas, Asistenciales y de Promoc:ón de la Salud en la zona Fronteriza Peruano-Colombia:ia. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA ARTICULO PRIMERO CONSIDERmDO:OBJKTO Que el “Convenio de Cooperación Técnica entre la Repú- blica del Perú y la República de Colombia para el Desarrollo de Actividades Científico-Técnicas, Asist.enciales y de Pro- moción de la Salud en la Zona Fronteriza Peruano-Colombia- na”, se suscribió en la ciudad de Lima. el 12 de julio de 1994. Que es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los Artícu.os 57” y llS”, inciso ll) de la Constitución Política del Peri:, y en el Artículo 2” de la Ley N” 26647. que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratificar tratados o adherir a éstos sin el requisito previo de la aprobación por el Congreso;El objeto del presente Convenio es desarrollar los meca- nismos de Cooperación Técnica entre el Gobierno del Perú y el Gobierno de Colombia para la búsqueda conjunta de soluciones apropiadas para ios problemas comunes en <alud en la zona fronteriza Peruano-Colombian;i Las partes se comprometen. dentro de 10~; límites de SUS competencias. a dar un renovado impulso a sus relaciones de cooperación tecnica en salud, (‘on base en los principios de beneficio mutuo, respeto y reciprocidad, propendiendo por el desarrollo integral del sector salud en la zona fronteriza. ARTICULO SEGUNDO DECRETA: Artículo 1”.- Ratifícase el “Convenio de Cooperación Técnica entre la República del Perú y la República de Colombia para el Desarrollo de Actividades Cientitico-Técni- cas, Asistenciales y de Promoción de la Salud en la Zona Fronteriza Peruano-Colombiana’, suscrito en la ciudad de Lima, el 12 de julio de 1994.UBICACION GEOGRAFICA El presente convenio tiene como área geográfica de ejecución los departamentos 4 provincias frontrrizo~ entre los dos países. Artículo 2”.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno en Lima, a los treinta días del mes de setiembre de mil novecientos novena y ocho.ARTICULO TFRCERO 1 OBJETIVOS ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la RepúblicaLos objetivos del presente convenio dr ( ‘ooperacion Tec- nica en salud son: - Contribuir a mejorar la calidad de vida de las poblacio- nes del ámbito fronterizo comprendido en el Articulo Kegun- do de este convenio. dando prioridad u lo< grupos menos favorecidos con énfasis en las ireas nirnle.~. urhn+margi- nales y resguardos indígenas.EDUARDO FERRER0 COSTA Ministro de Relaciones Exteriores CONVENIO DE COOPERACION TECNICA ENTRE LA REPUBLICA DEL PERU Y LA REPUBLICA DE COLOMBIA PARA EL DESARROLLO DE ACTM- DADES CIENTIFICO-TECNICAS, ASISTEN(‘IALES Y DE PROMOCION DE LA SALUD EN LA ZONA FRONTERIZA PERUANO-COLOMBIANA Los Gobiernos de las Republicns del Perú y Colombia. con motivo de la visita uficial al Perú del Excelentísimo señorPresidente de la República de (Colombia, doctor César Gavi- ria Trujillo; CONSIDERANDO el interés de los Gobiernos de las Repúblicas del Perú y Colombia en fortalecer sus relaciones fronterizas en materia de salud en el marco de la descentra- lización administrativa y expresado en vanos convetrios y acuerdos bilaterales. - - DESEOSOS de fortalecer los lazos de amistad y de cooperación, convencidos de los múltiples beneficios que se derivan de una mutua colaboración técnica, científica y tecnológica en el sector salutl y su importancia para el fortalecimiento de las acciones destinadas al desarrollo eco- nómico y social de ambas naciones. EN APLICACION de la estrategia de Salud para Todos en el año 2000 y lo previsto en ei Artículo Primero del Convenio Hipólito Unanue que establece el objetivo de mejorar la salud en los países del área andina. TENIENDO en cuenta que el Convenio Hipólito Unanue y la OPSIOMS firmaron un acuerdo el 28 de noviembre de 1974, en el cual se establece que el Convenio, por intermedio de sus órganos permanentes, podrá solicitar a la OPSIOMS que presente iniciativas y programas de interes subregional a consideración de los respectivos cuerpos directivos de las dos instituciones y por el cual 1:r OPSOMS XP compromete a prestar su cooperación y apoyo tecnico demro de <us, pkb- lidades presupuestales. Optimizar en forma conjunt ;1 Y conccrt:~dn el uso rwio- nal de los recursos cconómic~x tknicos .y hurwinos que permitan brindar atencion cor servicios cl<, salud opw~ unos y continuos. Diseñar y mantener un sktema de vigilancia cpidemio- lógica ágil de las principales patologías de la xma fronteriza. Promover el mantenimiento de un adecuarlo nivel de salud en la población fronterisa.