Norma Legal Oficial del día 13 de octubre del año 1998 (13/10/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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Autorizan a MORDAZA rural de ahorro y credito el traslado de agencia ubicada en la provincia de Chiclayo
RESOLUCION SBS N" 1010-98 MORDAZA, 30 de setiembre de 1998 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito MORDAZA de Chalpon S.A. para que se le autorice el traslado de su agencia ubicada en la MORDAZA 7 de Enero N" 1342 de la MORDAZA de Chiclayo, distrito y provincia del mismo nombre, del departamento de MORDAZA, a la Av. Balta N" 936 de la misma localidad; y, CONSIDERANDO: Que, la referida empresa ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que justifica el traslado solicitado; Que, estando a lo informado por el Intendente de Instituciones Financieras "E", mediante Informe N" ASIF"E"154-98/OT; y, De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 32" de la Ley N" 26702 -Ley General del Sistema Financiero v del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Circular SBS N" CR-060-97 y en virtud de las facultades delegadas por Resolucion SRS N" 003-98 del 7 de enero de 1998: RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito MORDAZA de Chalpon S.A. el traslado de su agencia ubicada en la MORDAZA 7 de Enero N" 1342 de la MORDAZA de Chiclayo, distrito y provincia del mismo nombre, del departamento de MORDAZA, al local ubicado en la Av. Balta N" 936 de la misma localidad. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HEYSEN MORDAZA Superintendenta Adjunta de Banca ll766

CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento del Plan Operativo del ejercicio 1998, de la Sede Regional de Auditoria Moyobamba, la Contraloria General de la Republica realizo un Examen Especial al Fondo de Desarrollo Agrario - FONDEAGRO San MORDAZA, periodo marzo 1992 - MORDAZA 1998, evidenciandose, entre otros, indicios razonables de comision de delitos de corrupcion de funcionarios en la modalidad de negociacion incompatible con el cargo; y peculado en la modalidad de malversacion de fondos; abuso de autoridad; peculado; conductas tipificadas, previstas y penadas en los Articulos 397", 389", 376" y 387" del Codigo Penal vigente; como resultado de las irregularidades cometidas al respecto: Al otorgamiento de un credito por US$100,000.00 a la empresa GASAMSA, a solicitud del Presidente del Directorio de dicha empresa, quien a la vez era miembro del Directorio del FONDEAGRO San MORDAZA y participo en la sesion de Directorio donde se aprobo dicho credito; ademas no se inscribio en los Registros Publicos, la prenda MORDAZA a favor del FONDEAGRO San MORDAZA por US$164,880.00 estipulada en la clausula MORDAZA del contrato, para garantizar su recuperacion, el mismo que no se ha podido ejecutar hasta la fecha debido a la falta de garantias reales, en perjuicio de la entidad; Al otorgamiento de S/. 72.280.17 en calidad de prestamo al CTAR San MORDAZA y de S/. 11,610.OO ala Direccion Regional Agraria San MORDAZA, destinados para el pago de gastos de pasajes, viaticos y otros del personal de MORDAZA entidades, dandole asi, fines diferentes a los objetivos de la entidad, los cuales no han sido devueltos hasta la fecha del examen, generando perjuicio economico al FONDEAGRO San MORDAZA, constituyendose en desembolsos indebidos; Al efectuarse desembolsos al Gerente del FONDEAGRO San MORDAZA, autorizados por el mismo, en calidad de prestamos personales por Si. 37,486.98, no obstante ser contrarios a sus objetivos institucionales, los cuales no hansidodevueltosensutotalidad,quedandoal31.DIC.97, despues de deducir los adelantos y su liquidacion por Beneficios Sociales a su retiro el 31.MAR.96, un saldo pendiente de S/. 8,351.17; Que, se han otorgado treintisiete (37) creditos en efectivo por US$ 2'053,277.99, existiendo un saldo no recuperado ascendente a US$ 2'632,342.14, carentes de garantias formales que imposibilitaron su recupero, perjudicando a FONDEAGRO San Martin; Que, se han otorgadoveintiocho (28)creditos enfertilizantes por un monto ascendente a US$ 960,426.00, sin tener respaldo en garantias prendarias o estas han resultado inejecutables, existiendo un saldo no recuperado al 31.DIC.97 de US$ 943599.60, en evidente perjuicio del FONDEAGRO San Martin; Que, igualmente como producto del Examen Especial, se determino la existencia de perjuicio economico contra el ex Fondo de Desarrollo Agrario - FONDEAGRO San MORDAZA, como consecuencia de haberse entregado fertilizantes para la obtencion de warrants porUS$524,368.00, que fueron endosados a favor del Banco INTERBANC y entregados en garantia de credito al Instituto PAZ Y UNION, para la importacion de 100 TM. de semilla de algodon; asimismo, el Instituto PAZ Y UNION libero un warrant por US$ 50,088.OO que entrego en garantia al Banco Continental para obtener un prestamo por US$ 45,800.OO. El endoso de los warrants se hizo sin el requerimiento de las garantias necesarias para asegurar su recuperacion, por lo que motivo que ante el incumplimiento del Instituto PAZ Y UNION, el FONDEAGRO San MORDAZA se MORDAZA perjudicado al asumir obligaciones por un monto de US$400,080.00; Que, en el MORDAZA de los convenios suscritos con la empresa ARROSAMSA y la FUNDAAM. se entregaron 164,253 k.desemilladearrozvalorizadosenUS$89,473.66 a cuarenta (40) prestatarios, sin que se inscriba la prenda MORDAZA a favor del FONDEAGRO, ni haberse obtenido garantias adicionales en veintinueve (29) creditos por US$ 75,692X6; asimismo, en once 111) creditos se han aceptado letras de cambio sin consignar los respectivos montos,generandolaimposihilidaddeejecutarlasgarantias en perjuicio de la institucion;

CONTRALORIA GENERAL
Disponen se autorice a procurador iniciar MORDAZA judicial contra presuntos responsables de los delitos de corrupcion de funcionarios y peculado en agravio del FONDEAGRO
RESOLUCION DE CONTRALORIA W 126-98-CG MORDAZA, 9 de octubre de 1998 VISTO; el Informe N' 140-98CG/SMO, resultante del Examen Especial al Fondo de Desarrollo Agrario - FONDEAGRO San Martin; y,

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