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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE OCTUBRE DEL AÑO 1998 (14/10/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 12

Pág. 164916 el m(Snr, m’ l.ima. miércoles 14 de oclubrc de 199X VISTOS, el Expediente de Registro N” 02321010, organi- zado por la EMPRESA DE TRANSPORTES SANTA ROSITAVISTOS, el Informe W 389.98-MTCY15.18.05.3. y anexo DE QUIVES S.A.. sobre Nueva Concesión de ruta: Lima-correspondiente emitido por la Subdirección de Otorgamien- Marcapomacocha y viceversa e Informe N” 881-98-MTC/to de Licencias de Conducir y el Memorándum N” 464-98- 15.18.04.1.RCM, de la Dirección de Transporte de PasajerosMTC/lB. 18.05. de la Dirección de Parque Automotor y Circu- y Carga Nacional e Internacional.lación Vial, sobre peticiones de nulidad de expedición de licencias de conducir varias; CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: Que, la empresa de transportes indicada en vistos ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Artículo 13” del Reglamento del Servicio Público de Trans- porte Terrestre Inteprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, aprobado por Decreto Supremo N” 0595-MTC y en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo N” 019-97.MTC, para la prestación del servicio propuesto;Que, mediante Resolución Directoral N” 665-96-MTCl 15.15. se ha dispuesto el canje obligatorio de las licencias de conducir de acuerdo al cronograma establecido y como con- secuencia se han detectado que diversos titulares de dichos instrumentos públicos tienen doble brevete, obtenidos en diferentes Direcciones Departamentales de Circulación Te- rrestre; Estando a las opiniones favorables de las Direcciones de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional en Memorándum N” 2790-9X-MTC15.18.04 y de Asesoría Legal en Informe N” 1096-98-MTC/15.18.01; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N” 640 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N” 05 95-MTC, Ley N” 25035 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N” 070~89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobado por Decreto Supremo N” 019-97-MTC y Decreto Ley N’ 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la EMPRESA DE TRANSPORTES SANTA ROSITA DE QUIVES S.A., la Concesión de Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasaje- ros por Carretera en Omnibus, por el período de diez (10) años, computados a partir de la fecha de expedición de esta resolución, en la ruta: Lima-Marcapomacocha y viceversa, de acuerdo a los siguientes terminos:Que, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de Licencias de Conducir para Vehículos Motorizados de Transporte Terrestre aprobado por Decreto Supremo N” 15 94-MTC y sus modificatorias Decretos Supremos NS. 08 y 09- 97-MTC y Decreto Supremo N” 006-98-MTC, toda persona tiene derecho a acceder a una sola licencia de conducir, previo cumplimiento de los requisitos establecidos; Que, las personas que han obtenido doble licencia de conducir, han optado por renunciara una de ellas, para poder acceder al canje de otra licencia de conducir del Sistema Tándem, con tal fin, han legalizado sus firmas para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 89” del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedi- mientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo N 02.94.JUS; en consecuencia, es necesario dictar el acto administrativo correspondiente; Estando a lo opinado por las Direcciones de Parque Automotor y Circulación Vial en Memorándum N” 464-98- MTC/15.18.05. y de Asesoría Legal en Informe N” 1002-98- MTCY15.18.01; De conformidad con lo dispuesto en el reglamento apro- bado por Decreto Supremo N” 01594-MTC, Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo N” 02-94- JUS; y Decreto Ley N” 25862;RUTA ORIGEN DESTINO ITINERARIO FRECUENCIAS FLOTA VEHICUIAR: LIMA-MARCAPOMACOCHA y viceversa :LIMA ,MARCAPOMACOCHA ‘CANTA-LACHAQUI-HUAROS-CULLHUAY- VPNTWI ~. . I ,” Una (1) dIana Dos (2) ómnibus FLOTA OPERATIVA FLOTA DE RESERVAUn (1) ómnibus: UQ-9593 (1992) Un (1) ómmbus. Ul-9339 (1991) HORARIOS Salida de Lema 05.00 a.m. Salida de Marcapomacocha. 04.00 p.m. Las tarjetas de circulación serin expedidas en relación al año de fabricación de los vehículos ofertados, bajo responsa- bilidad. Segundo.- La concesionaria está obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el reglamento aprobado por Decreto Supremo N” 05.95.MTC y demás disposiciones vigentes, concernientes al Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, que se autoriza. Tercero.- La concesionaria está obligada a iniciar el servicio dentro de los treinta (30) días calendario compu- tados a partir de la fecha de publicación de la presente resolución, cumpliendo con lo establecido en el Artículo 17” del reglamento aprobado por Decreto Supremo N” 05-95- MTC; caso contrario, se aplicarán las sanciones previstas en el segundo párrafo del Artículo 16” del citado reglamento. Cuarto.- Encargar la ejecución de esta resolución a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Quinto.- La presente resolución se publicará en el Diario Oficial El Peruano, conforme a ley. Regístrese y comuníquese CARLOS A. IBANEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 11767 Declaran la nulidad de diversas licen- cias de conducir RESOLUCION DIRECTORAL N“ 122’7~9%MTW15.18 Lima, 2 de octubre de 1998-SE RESUELVE: Primero.- Declarar la nulidad de las licencias de condu- tiren númerodeveinticuatro(241 obtenidas porsus titulares en la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial de la Dirección General de Circulación Terrestre, de la clase y categoría de sus titulares que se detallan en el ANEXO al Informe N” 389-98MTW15.18.05, de fecha 26 de mayo de 1998, cuyos originales debidamente visados forman parte integrante de esta resolución, por las razones expuestas en la parte considerativa de la misma. Segundo.- Encargar la ejecución de la presente resolu- ción a la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial, Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre MINISTERIO DE TRANSPORTES, COMUNICACIONES, VIVIENDA Y CONSTRUCCION DIRECCION GENERAL DE CIRCULACION TERRESTRE DIRECCION DE PARQUE AUTOMOTOR DE CIRCULACION VIAL SUBDIRECCION DE OTORGAMIENTO DE LICENCIAS DE CONDUCIR Exp. Np N” Lic. CH. Apellidos y Nombres Dpto. 01844n11 LC-347386 281 ALVARADO URDAV, Mariana Elard LIMA 01446011 G-224701 2B1 ASCENCIO GUTIERREZ. Dalia Gabriela LIMA 01577011 G.289580 2Bl ALTEZ HERRERA Justo LIMA 01581011 G-282837 281 ESQUIVEL RAMIREZ Samuel Eulogio LIMA 01595011 QC66652 A-l GALVAN SOTOMAYOR. Féh IIIY~O LIMA 01614011 LC-027843 281 MILLA NOLASCO, Clemente Sisinio LIMA 01563011 LC-147327 2E ROJAS MENDOZA. Alberto Enrique LIMA ot566011 G-034762 281 CARMONA DE LA CRUZ, Carlos LIMA 01633011 Q-011257 A-l JULIAN MARQUINA, Josi Antonio LIMAoi G.110562 261 LUCANO BUSTAMANTE, Gerardo LIMA 01485011 LC-238442 281 FERNANDEZ COMBRE Hernan LIMA 01486011 G-047482 281 VILLEGAS GARCIA. Sergio Aristides LIMA 0144cil11 G-223284 281 ALVARADO ROLANDO, Gonzalo Tito LIMA 01314011 LC272755 281 BENAVIDES ESPEJO, Oscar Alberto LIMA 01264011 G.283312 281 FLORESHERNANDEZ Mardo LIMA CC63201 1 LC-326061 281 OSORIO ARNAO. Banano LIMA 01445011 LC.289771 281 CHAVEZ SALVADOR. Angel Máximo LIMA 01481011 G-416729 282 GUTIERREZ MARQUINA Perfecto LIMA 01507011 LC-150333 281 AVALA CUSCANTE. Alejandro LIMA 02335011 LC-331770 281 NOA ESOUIVEL. Fraxldes LIMA