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l~ima, miCrcolcs 14 dc octuhrc dc 199%w g[w() Pág. 164917 1’ 1 01499011 G-095163 XII BULNES ALVAREZ Juan Franesco LIMA 01426011 LC-275529 281 CHAVEZ ALIAGA, Antipater Agametin LIMA 01521011 c-136757 A-l VERA HUARCAYA. Gudlermo LIMA 01362011 G-079540 281 CASAS LEVANO, Juan LIMA 11788 RESOLUCION DIRECTORAL N” 1229~S&MTC/15.18 Lima, 2 de octubre de 1998 VISTOS, el Informe N” 387-98-MTCY15.18.05.3. y anexo correspondiente emitido por la Suhdirección de Otorgamien- to de Licencias de Conducir y el Memorándum N” 611-98- MTC/15.18.05. de la Dirección de Parque Automotor y Circu- lación Vial, sobre peticiones de nulidad de expedición de licencias de conducir varias; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral N” 665~96MTC/15.15. se ha dispuesto el canje obligatorio de las licencias de conducir de acuerdo al cronograma establecido y como consecuencia se han detectado que diversos titulares de dichos instrumentos públicos tienen doble brevete, obtenidos en diferentes Direccio- nes Departamentales de Circulación Terrestre; Que, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de Licencias de Conducir para Vehículos Motorizados de Transporte Terrestre aprobado por Decreto Supremo N” 15 94-MTC y sus modificatorias Decretos Supremos N’s. 08 y 09- 97-MTC y Decreto Supremo N” 006-98-MTC, toda persona tiene derecho a acceder a una sola licencia de conducir, previo cumplimiento de los requisitos establecidos; Que, las personas que han obtenido doble hcencia de conducir, han optado por renunciara una de ellas, para poder acceder al canje de otra licencia de conducir del Sistema Tándem, con tal fin, han legalizado sus firmas para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 89” del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedi- mientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo N 02-94-JUS; en consecuencia, es necesario dictar el acto administrativo correspondiente; Estando a lo opinado por las Direcciones de Parque Automotor y Circulación Vial en Memorándum N” 611-98- MTCY15.18.05. y de Asesoría Legal en Informe N’ 1001-98- MTC/15.18.01; De conformidad con lo dispuesto en el reglamento apro- bado por Decreto Supremo W 015-94-MTC, Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo N” 02-94- JUS; y Decreto Ley N” 25862; SE RESUELVE: Primero.- Declarar la nulidad de las licencias de condu- cir en número de diecisiete (17) obtenidas por sus titulares en la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial de la Dirección General de Circulación Terrestre, de la clase y categoría de sus titulares que se detallan en el ANEXO al Informe N” 387-98-MTC/15.18.05, de fecha 26 de mayo de 1998, cuyos originales debidamente visados forman parte integrante de esta resolución, por las razones expuestas en la parte considerativa de la misma. Segundo.- Encargar la ejecución de la presente resolu- ción a la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBANE MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre MINISTERIO DE TRANSPORTES, COMUNICACIONES, VIVIENDA Y CONSTRUCCION DIRECCION GENERAL DE CIRCULACION TERRESTRE DIRECCION DE PARQUE AUTOMOTOR DE CIRCULACION VIAL SUBDIRECClON DE OTORGAMIENTO DE LICENCIAS DE CONDUCIR Exp. NQ NQ Lic. IX. Apellidos y Nombres Dpto. 017377 G??ool13 281 GUILLEN PACHECO, Manuel Virgilc LIMA 017462 G191765 281 REYES ALVARADO Rodngo Hermllla LIMA 017505 al 12379 Al RODAS CHOQUE. Charles Juan LIMA 017614 G403605 2Bl RODRIGUEZ CUEVA, Andres Ambal LIMA 017772 CO71053 Al CONDORI LOJA, Manuel LIMA 017623 La49199 281 GOMEZ RAVELLO. Héctor Eduardo LIMA 017766 Go33039 281 OLIVARES BONILLA, Oscar Pelayo LIMAll7769 La25106 Il7794 G169008 04094011 G23W52 172011 Gol2206 161011 G313740 165011 Lcw378 141011 0114691 WI11 LCO74132 ‘71011 G229229 13Hlll LCO25436 11779281 HERMOSA ALVAREZ Eulcqio Dermis 281 SINCHE YUPANQUI, Graciano 281 LA MADRID GARCIA, Hernán 281 EDERY ANGULO. L~ly 281 CRUZ FLORES, Mo& Rcardo 281 GALLEGOS GORRITI. Jos6 Elías H. 281 YSA MOROMISATO. Javier 2Bl MUNOZ PEZANTES, Victor Raul 2Bl CORNEJO CHECA, José MIgueI 2Bl GRIFFITHS ROSSEL, Percy AIberIoLIMA LIMA LIMA LIMA LIMA LIMA LIMA LIMA LIMA LIMA 1’RESOLUCION DIRECTORAL W 1230~9thMTW15.18 Lima, 2 de octubre de 1998 VISTOS, el Informe N” 377-98-MTC/15.18.05.3., emitido oor la Subdirección de Otorgamiento de Licencias de Condu- :ir y el Memorándum N” 561.98.MTC05.18.05, de la Direc- :ión de Parque Automotor y Circulación Vial, sobre peticio- les de nulidad de expedición de licencias de conducir varias. CONSIDERANDO: Que,medianteR.esoluciónDirectoralN”665-96-MTC/15.15. se ha dispuesto el canje obligatorio de las licencias de conducir ie acuerdo al cronograma establecido y como consecuencia se han detectado que diversos titulares de dichos instrumentos públicos tienen doble brevete obtenidos en diferentes Direccio- nes Departamentales de Circulación Terrestre; Que, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de Licencias de Conducir para Vehículos Motorizados de Transporte Terrestre aprobado por Decreto Supremo N” 15- 94-MTC y sus modificatorias Decretos Supremos NS. 08y 09- 97-MTC y Decreto Supremo N” 006-98-MTC, toda persona tiene derecho a acceder a una sola licencia de conducir, orevio cumnlimiento de los reauisitos establecidos: Que, las personas que han obtenido doble licencia de conducir, han optado por renunciara una de ellas, para poder acceder al canje de otra licencia de conducir del Sistema Tandem, con tal fin,, han legalizado sus firmas para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 89” del Texto Unico Ordenado de a Ley de Normas Generales de Procedi- mientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo N” 02-94-JUS; que en consecuencia, es necesario dictar el acto administrativo correspondiente; Estando a lo opinado por las Direcciones de Parque Automotor y Circulación Vial en Memorándum N” 561-98- MTC/15.18.05 y de Asesoría Legal en Informe N” 909-98- MTC/15.18.01; De conformidad con lo dispuesto en el reglamento apro- bado por Decreto Supremo N” 015-94-MTC, Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo N” 02-94- JUS; y Decreto Ley N” 25862; SE RESUELVE: Primero.- Declarar la nulidad de las licencias de condu- cir en número de setenticinco (75), obtenidas por sus titula- res en la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial de la Dirección General de Circulación Terrestre, de la clase y categoría de sus titulares que se detallan en el ANEXO al Informe N” 377-98.MTC05.18.05.3, de fecha 26 de mayo de 1998, cuyos originales debidamente visados forman parte integrante de esta resolución, por las razones expuestas en la parte considerativa de la misma. Segundo.- Encargar la ejecución de la presente resolu- ción a la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBANEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre MINISTERIO DE TRANSPORTES, COMUNICACIONES, VIVIENDA Y CONSTRUCCION DIRECCION GENERAL DE CIRCULACION TERRESTRE DIRECCION DE PARQUE AUTOMOTOR DE CIRCULACION VIAL SUBDIRECCION DE OTORGAMIENTO DE LICENCIAS DE CONDUCIR Exp. Np NP Lic. Cd. Apellidos y Nombres Dpto. 02319 LCO72644 2E CAMPOS AMES, Marcelino LIMA 02326 G296471 2E FARFAN CORNEJO, Alejandro LIMA