Norma Legal Oficial del día 09 de agosto del año 1999 (09/08/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 1

DIARIO OFICIAL

FUNDADO EN 1825

POR EL

LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

Director: MORDAZA MORDAZA Orbegozo MORDAZA, lunes 9 de agosto de 1999

NORMAS LEGALES
"ANO DE LA ACTIVIDAD TURISTICA INTERNA"
ANO XVII - Nº 6986

http://www.editoraperu.com.pe

Pag. 176619

PCM
Aprueban donacion de vehiculos en favor de instituciones y centros de educacion superior de MORDAZA y Callao
RESOLUCION SUPREMA Nº 423-99-PCM MORDAZA, 6 de agosto de 1999 CONSIDERANDO: Que, con las Resoluciones SUNAD Nºs. 001523 y 003423 de fechas 24 de noviembre 1993 y 26 diciembre 1997 respectivamente, la Superintendencia Nacional de Aduanas adjudico al Despacho Presidencial, vehiculos motorizados usados y diversos bienes para ser entregados en donacion, en favor de Instituciones, Organizaciones Sociales y Centros Educativos; Que, con el proposito de apoyar a las Instituciones, Organizaciones Sociales y Centros de Educacion Superior en sus objetivos relacionados con la mejora de la educacion asi como coadyuvar en el Desarrollo Nacional, el Despacho Presidencial, Unidad Ejecutora 001 del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros, ha procedido en sucesivos actos publicos a entregar en calidad de donacion ocho (8) unidades vehiculares en favor de Instituciones y Centros de Educacion Superior de departamento de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao; siendo del caso expedir la resolucion que regularice dicha transferencia para posibilitar las subsecuentes acciones de control; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 804; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar, la donacion de ocho (8) Vehiculos motorizados usados de diferentes clases y MORDAZA, valorizados en Ciento Diecinueve Mil Seiscientos Catorce y 73/100 Nuevos Soles (S/. 119 614,73) que efectua el Despacho Presidencial - Unidad Ejecutora 001 del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros, en favor de las Instituciones y Centros de Educacion Superior del departamento de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao, unidades cuyas caracteristicas y detalles tecnicos con indicacion del beneficiario se indican en el anexo que se adjunta y que forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion Suprema al Ministerio de Defensa, Ministerio del Interior, Ministerio de Educacion, a la Contraloria General de la Republica y la Superintendencia de Bienes Nacionales, dentro de los terminos de Ley. Articulo 3º.- La presente Resolucion sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 10239

Visto los documentos de gestion de Centros Educativos e Institutos Superiores y Tecnologicos del Sector Publico; CONSIDERANDO: Que, mediante los documentos del visto, distintos centros educativos, Institutos superiores y tecnologicos vienen solicitando la Transferencia de bienes muebles y equipos excedentes del Despacho Presidencial, Unidad Ejecutora 001 del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros; Que, con Decreto Supremo Nº 116-91-PCM se autoriza a las entidades publicas comprendidas en el Gobierno Central a dar de baja a los excedentes de bienes y equipos que no MORDAZA vehiculos que les han sido asignados, previo inventario, los cuales podran ser transferidos al Ministerio de Educacion, para los colegios nacionales, el Ministerio del Interior, para las comisarias y demas entidades del Sector Publico que los requieran; Que, mediante las Actas de Entrega y Recepcion respectivas el Despacho Presidencial - Unidad Ejecutora 001 del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros, ha procedido a Transferir 508 de sus bienes patrimoniales muebles, consistentes en mobiliario y equipo de oficina, de procesamiento automatico de datos y bienes diversos, con el proposito de apoyar a los diversos centros educativos e Institutos superiores y tecnologicos del Sector Publico, de los departamentos de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Ucayali y la Provincia Constitucional del Callao, por lo que resulta pertinente expedir la resolucion que formalice dicha transferencia para las subsecuentes acciones de control; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Supremo Nº 009-93-PCM y Decreto Supremo Nº 116-91-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia de Quinientos Ocho (508) bienes patrimoniales muebles, consistentes en mobiliario y equipo de oficina, de procesamiento automatico de datos y bienes diversos valorizados en Doce Mil Doscientos Ochentiocho y 70/ 100 Nuevos Soles (S/. 12 288,70) efectuada por el Despacho Presidencial - Unidad Ejecutora 001 del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros, en favor de los centros educativos e institutos superiores y tecnologicos publicos de los departamentos de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Ucayali y la Provincia Constitucional del Callao, bienes cuyo detalle se consigna en el Anexo adjunto a la presente resolucion. Articulo 2º.- Autorizar al Despacho Presidencial a excluir de los Registros Patrimoniales y contables los bienes descritos en el anexo adjunto que forma parte de la presente resolucion. Articulo 3º.- Transcribir la presente resolucion al Ministerio de Educacion, a la Contraloria General de la Republica y a la Superintendencia de Bienes Nacionales. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 10146

ECONOMIA Y FINANZAS

Aprueban inafectacion de derechos Aprueban transferencia de bienes mue- arancelarios y del IGV a importaciones bles en favor de entidades educativas realizadas por universidad RESOLUCION SUPREMA de la Provincia Constitucional del CaNº 370-99-EF llao y de diversos departamentos del MORDAZA, 6 de agosto de 1999 MORDAZA Vistos los expedientes Nºs. 004770-98, 004772-98, 004773-98,
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 069-99-PCM MORDAZA, 5 de agosto de 1999 004774-98, 004925-98, 004927-98, 004992-98, 004993-98, 00533698, 006868-98, 009469-98 y 010121-98 presentados por la Universidad Nacional de San MORDAZA sobre inafectacion de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas a la importacion de bienes que se encuentran en el Anexo III del Decreto

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