Norma Legal Oficial del día 20 de agosto del año 1999 (20/08/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, viernes 20 de agosto de 1999

NORMAS LEGALES

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el honramiento de las Cartas Fianza mencionadas, el mismo que hasta la fecha no se ha producido, causando perjuicio al Estado; Que, asimismo, la mencionada Compania de Seguros tampoco ha cumplido con honrar la Carta Fianza Nº 2401/0102-97R11, otorgada a favor de la UTE FONAVI para afianzar al contratista Conserve S.R.Ltda., por la ejecucion del Proyecto MORDAZA MORDAZA, Rio Grande y Palpa; Que, los representantes de SECREX habrian presentado ante la Superintendencia de Banca y Seguros documentos con numero de registro y sellos de recepcion de la UTE FONAVI en Desactivacion, falsificados; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar al Procurador Publico Ad Hoc a cargo de los asuntos judiciales del Fondo Nacional de Vivienda en Liquidacion, de la Unidad Tecnica Especializada del FONAVI - UTE FONAVI en Desactivacion y de la Comision Liquidadora del FONAVI - COLFONAVI, para que inicie las acciones judiciales correspondientes; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y el Articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico Ad Hoc designado por Resolucion Suprema Nº 382-98-JUS, para que inicie las acciones legales correspondientes en defensa de los intereses del Estado contra los representantes de la Compania de Credito y Garantias - SECREX, por las razones senaladas en la parte considerativa de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Remitase los antecedentes del caso al referido Procurador Publico para su conocimiento y fines correspondientes. Registrese y publiquese. MORDAZA JOY WAY MORDAZA Ministro de Economia y Finanzas 10742

Modifican el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del OSINERG
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 176-99-EF/10 MORDAZA, 18 de agosto de 1999 CONSIDERANDO: Que, el Articulo 22º del Decreto Legislativo Nº 757, que aprueba la Ley MORDAZA para el Crecimiento de la Inversion Privada, establece que las disposiciones concernientes a la eliminacion de tramites o requisitos podran aprobarse por Resolucion Ministerial; Que, por Decreto Supremo Nº 055-98-EF, de fecha 27 de junio de 1998, se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia - OSINERG -, en el cual se establecio un derecho de pago por los Recursos de Apelacion y Queja interpuestos por los usuarios del servicio publico de electricidad, asi como para el sector de hidrocarburos se establecio un derecho de pago por las denuncias de parte a que se refiere el Reglamento de Fiscalizacion de las Actividades Energeticas por Terceros, aprobado por el Decreto Supremo Nº 029-97-EM y por las denuncias de parte por incumplimiento de los Reglamentos de la Ley Nº 26221, Ley Organica de Hidrocarburos; Que, con el objeto de simplificar los tramites y requisitos administrativos que se siguen ante el citado Organismo y beneficiar a los usuarios de los mismos, es conveniente eliminar los derechos de pago senalados en el considerando precedente; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 22º del Decreto Legislativo Nº 757; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Apruebase la eliminacion del derecho de pago del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia - OSINERG - a que se hace referencia en la parte considerativa de esta Resolucion, de conformidad con los MORDAZA anexos que forman parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA JOY WAY MORDAZA Ministro de Economia y Finanzas

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