Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE AGOSTO DEL AÑO 1999 (26/08/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 31

TEXTO PAGINA: 1

DIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR NORMAS LEGALES Lima, jueves 26 de agosto de 1999 AÑO XVII - Nº 7003 Pág. 177203 Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe "AÑO DE LA ACTIVIDAD TURISTICA INTERNA " CONGRESO DE LA REPUBLICA RESOLUCION LEGISLA TIVA Nº 27167 LA COMISION PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Resolución Legislativa siguiente: RESOLUCION LEGISLA TIVA QUE AUTORIZA AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPUBLICA A VIAJAR A LOS EST ADOS UNIDOS DE AMERICA DEL 27 AL 31 DE AGOST O DEL PRESENTE AÑO La Comisión Permanente del Congreso de la República, de conformidad con lo prescrito en el inciso 9) del Artículo 102º y en el Artículo 113º de la Constitución Política, y en la Ley Nº 26656, ha resuelto acceder a la petición formulada por el señor Presiden- te Constitucional de la República y, en consecuencia, autorizarlo para que viaje a los Estados Unidos de América del 27 al 31 de agosto del presente año, por motivos familiares. La presente Resolución Legislativa entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los veinticinco días del mes de agosto de mil novecientos noventa y nueve. MARTHA HILDEBRANDT PEREZ TREVIÑO Presidenta del Congreso de la República RICARDO MARCENARO FRERS Primer Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA Lima, 25 de agosto de 1999. Cúmplase, comuníquese, regístrese, publíquese y archívese. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros 11019 ECONOMIA Y FINANZAS Aceptan y aprueban donación de vehículo a favor del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú RESOLUCION SUPREMA Nº 398-99-EF Lima, 24 de agosto de 1999CONSIDERANDO: Que, Japan Firefighters Association de Japón, ha efectuado una donación en favor del Cuerpo General de Bomberos Volun- tarios del Perú, consistente en un carro de bombero usado; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estarán gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supre- mo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y aprobar la donación efectuada por Japan Firefighters Association de Japón, a favor del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, consis- tente en un carro de bombero usado, marca Isuzu, modelo FSR12F, año 1984, Nº de Motor 659492, con un valor aproximado de ¥ 160 000,00, (Ciento Sesenta Mil y 00/100 Yenes), según Carta de Donación de fecha 2 de junio de 1999 y un peso aproximado de 8 380 kgs., según Conocimiento de Embarque Nº KWZC-1 de H U A L AS. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Supre- ma a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contra- loría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refren- dada por el Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas 11020 Precios FOB de referencia para la aplicación de los derechos específi- cos correspondientes a la importación de productos agropecuarios RESOLUCION MINISTERIAL Nº 178-99-EF/15 Lima, 25 de agosto de 1999 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 0016-91- AG, cuya vigencia fue restituida por el Decreto Ley Nº 25528 y modificatorias, la importación de ciertos productos agropecua- rios está sujeta a la aplicación de derechos específicos variables; Que, por Decreto Supremo Nº 114-93-EF y normas modificatorias, se actualizaron las tablas aduaneras aplica- bles a las importaciones de los productos a que se refiere el considerando anterior; Que, corresponde publicar los precios FOB de referencia para la semana comprendida entre el 9 y el 15 de agosto de 1999;