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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE AGOSTO DEL AÑO 1999 (26/08/1999)

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Pág. 177204 NORMAS LEGALES Lima, jueves 26 de agosto de 1999 De conformidad con el Decreto Supremo Nº 133-94-EF; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Publíquese los precios FOB de referencia para la aplicación del derecho específico variable a que se refiere el Decreto Supremo Nº 133-94-EF: PRECIOS FOB DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO Nº 133-94-EF) US$ por T.M. Fecha Maíz Arroz Azúcar Azúcar BDTE BDTK SULX SUGRCSCS Del 9/8 al 13/8 93 245 207 Del 14/8 al 15/8 93 245 137 Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR JOY WAY ROJAS Ministro de Economía y Finanzas 11029 EDUCACION Extienden suspensión de actividades escolares de feriado no laborable a centros educativos particulares RESOLUCION MINISTERIAL Nº 588-99-ED Lima, 24 de agosto de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 049-98-PCM se estable- ció como Feriado no Laborable para el Sector Público entre otros, el día viernes 27 de agosto, con la finalidad de incentivar el desarrollo de la industria turística del país; Que, es competencia del Ministerio de Educación establecer las Políticas, medidas y acciones en materia educativa a nivel nacional, en armonía con la Política General del Supremo Gobierno; Que, con la finalidad de garantizar el estricto cumplimiento de lo establecido en el Decreto Supremo Nº 049-98-PCM antes referido, es necesario suspender las actividades escolares a nivel nacional, para el día 27 de agosto, en los Centros Educa- tivos Particulares, debiendo las Direcciones Regionales y Su- bregionales de Educación, Direcciones de Educación de Lima y Callao y Unidades de Servicios Educativos - USEs, dictar las medidas que sean necesarias para el cumplimiento de la pre- sente Resolución, sin perjuicio del acuerdo que pueda estable- cerse entre los empleadores y trabajadores de los centros educativos particulares para la recuperación de las horas dejadas de laborar, en concordancia a lo dispuesto en el Artículo 4º del citado dispositivo legal; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por Ley Nº 26510 y los Decretos Supremos Nºs. 051-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Extiéndase la suspensión de las acti- vidades escolares, a nivel nacional, en los Centros Educativos Particulares, el día viernes 27 de agosto de 1999. Artículo Segundo.- Las Direcciones Regionales y Subre- gionales de Educación, Direcciones de Educación de Lima y Callao y Unidades de Servicios Educativos - USEs, dictarán las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente Reso- lución, sin perjuicio del acuerdo que pueda establecerse entre los empleadores y trabajadores de los centros educativos parti- culares para la recuperación de las horas dejadas de laborar, conforme a lo dispuesto en el Artículo 4º del Decreto Supremo Nº 049-98-PCM. Regístrese y comuníquese. FELIPE GARCIA ESCUDERO Ministro de Educación 10964ENERGIA Y MINAS Autorizan viaje de especialista de la CTE a Brasil para participar en curso sobre calidad en la distribución y la comercialización de energía eléctrica RESOLUCION SUPREMA Nº 116-99-EM Lima, 25 de agosto de 1999 Visto el Oficio P/CTE Nº 084-99, de fecha 4 de agosto de 1999, del Presidente de la Comisión de Tarifas de Energía, solicitando autorización de viaje para un trabajador; CONSIDERANDO: Que, dentro de los eventos que realiza la Comisión de Integración Eléctrica Regional (CIER) se desarrollará el Curso "Calidad en la Distribución y la Comercialización de Energía Eléctrica - II CIERTEC", del 29 de agosto al 1 de setiembre de 1999, en la ciudad de Belo Horizonte, Brasil; Que, el Consejo Directivo de la Comisión de Tarifas de Energía en su Sesión Nº 014-99 de fecha 22 de julio de 1999, acordó aprobar la participación del Ing. César Bernabel Espi- noza, Especialista de la División de Distribución, en el curso precitado; Que, en consecuencia es necesario autorizar el corres- pondiente viaje; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 2.5 de la Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario aprobada me- diante Resolución Ministerial Nº 292-98-EF/15; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, el viaje del Ing. César Bernabel Espinoza, Especialista de la División de Distribución de la Comisión de Tarifas de Energía, a la ciudad de Belo Horizonte, Brasil, del 27 de agosto al 3 de setiembre de 1999, para el fin a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución ascendentes a US$ 2,416.04 (Dos Mil Cuatrocientos Dieciséis y 04/100 Dólares Americanos) serán cubiertos por la Comisión de Tarifas de Energía de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 741.04 Inscripción US$ 450.00 Viáticos (US$ 200.00 x 6 días) US$ 1,200.00 Tarifa CORPAC US$ 25.00 ------------ TOTAL US$ 2,416.04 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República DANIEL HOKAMA TOKASHIKI Ministro de Energía y Minas 11021 P R E S Autorizan viaje de asesora del Ministerio , a Ecuador , para asistir a reunión del Consejo de Colabora- ción sobre Abastecimiento de Agua y Saneamiento RESOLUCION SUPREMA Nº 146-99-PRES Lima, 25 de agosto de 1999