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Pág. 177214 NORMAS LEGALES Lima, jueves 26 de agosto de 1999 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LORETO DR. ALDO NERVO ATARAMA LONZOY VOCAL SUPERIOR CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE SAN MARTIN DR. CESAR DEL CASTILLO PEREZ JUEZ PENAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AMAZONAS DR. RODOMIRO VILCARROMERO SILVA JUEZ PENAL Segundo.- El cumplimiento de la presente Resolución no irrogará gasto alguno al presupuesto del Pliego Poder Judicial. Tercero.- Transcribir la presente Resolución al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima, Ica, Ancash, Loreto, San Martín, Amazonas y a la Gerencia General de la Secretaría Ejecutiva del Poder Judicial. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR RAUL CASTILLO CASTILLO ALIPIO MONTES DE OCA BEGAZO JORGE BUENDIA GUTIERREZ DAVID PEZUA VIVANCO 10997 Autorizan suscribir convenio para ha- cer viable cesión en uso de área que forma parte del Establecimiento Peni- tenciario de Socabaya RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 958-CME-PJ Lima, 25 de agosto de 1999 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido por el Artículo 1º de la Resolución Administrativa Nº 032-CME-PJ que modifica el inciso 5.10 del Artículo 5º del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial aprobado por Resolución Administrativa Nº 018-CME-PJ, corresponde a la Comisión Ejecu- tiva del Poder Judicial aprobar en el ámbito judicial, los Convenios de Cooperación e Intercambio dentro de la Constitución y las Leyes a nivel internacional y de carácter nacional; Que, se presenta el Proyecto de Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Poder Judicial, el Ministerio de Justicia y el Instituto Nacional Penitenciario, que se encuentra orientado a establecer los términos de colaboración y coordina- ción, para hacer viable la Cesión en Uso del área en donde funcionan las Salas de Audiencias e Instructivas, para la atención de Reos en Cárcel, área que forma parte del inmueble del Establecimiento Penitenciario de Socabaya, ubicado en el distrito de Socabaya, provincia y departamento de Arequipa; En uso de las facultades conferidas por las Leyes Nºs. 26546, 26623, 26695 y 27009, las Resoluciones Administrativas Nºs. 018-CME-PJ y 032-CME-PJ, y estando a lo acordado en la sesión de la fecha; SE RESUELVE: Primero.- Autorizar al señor Secretario Ejecutivo de la Comi- sión Ejecutiva del Poder Judicial, para que en su calidad de Titular del Pliego y en representación de este Poder del Estado, suscriba el Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Poder Judicial, el Ministerio de Justicia y el Instituto Nacional Penitenciario, para hacer viable la Cesión en Uso del área en donde funcionan las Salas de Audiencias e Instructivas, para la atención de Reos en Cárcel, área que forma parte del inmueble del Establecimiento Penitencia- rio de Socabaya, ubicado en el distrito de Socabaya, provincia y departamento de Arequipa. Segundo.- Transcribir la presente Resolución a la Presi- dencia de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, Secretaría Ejecutiva de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial y a sus Organos de Línea correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR RAUL CASTILLO CASTILLO ALIPIO MONTES DE OCA BEGAZO JORGE BUENDIA GUTIERREZ 10998Reubican órgano jurisdiccional como Segundo Juzgado de Paz Letrado de Quillabamba, Distrito Judicial de Cus- co - Madre de Dios RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 959-CME-PJ Lima, 25 de agosto de 1999 VISTOS: Los Oficios Nºs. 207 y 2738-99-CSJCMD/PJ, del Presidente de la Corte Superior de Justicia del Cusco - Madre de Dios y el Informe Nº 084-99-PJ-SE-GCR de la Gerencia Central de la Reforma de la Secretaría Ejecutiva del Poder Judicial y demás antecedentes que se adjuntan; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26546, sus modificatorias, ampliato- ria y prórroga Leyes Nºs. 26623, 26695 y 27009, se crea la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, la misma que ha asumi- do por un período de excepción, las funciones de gobierno y gestión de este Poder del Estado; Que, en el distrito de Santa Ana, Quillabamba, provincia de La Convención, existe un Juzgado de Paz Letrado, cuya carga procesal a mayo del año en curso, ha sido de 1033 procesos y cuya proyección permitiría alcanzar a 2841 procesos a diciem- bre del presente año, por lo que, es necesario atender con un nuevo Juzgado de Paz Letrado, a efectos de evitar el colapso del actual Juzgado; Que, la provincia de La Convención, es una zona eminente- mente agrícola, de enorme proyección socioeconómica para el país, como el gas de Camisea, que está en su jurisdicción, siendo además una zona ceja de selva y selva misma de enorme potencial socioeconómico; Que, en el distrito de Quellouno, provincia de La Conven- ción, departamento del Cusco, Distrito Judicial de Cusco - Madre de Dios, existe un Juzgado de Paz Letrado, con baja carga procesal, sin embargo la ciudad de Quillabamba y los distritos aledaños, tienen una población emergente, cuyos conflictos requieren de apoyo para una pronta y oportuna solución; Que, en consecuencia es necesario reubicar el Juzgado de Paz Letrado de Quellouno como Segundo Juzgado de Paz Letrado de Quillabamba, distrito de Santa Ana, provincia de La Convención, departamento y Distrito Judicial del mismo nom- bre; Estando a las facultades conferidas en las Leyes Nºs. 26546, 26623, 26695 y 27009, en el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, aproba- do por Resolución Administrativa Nº 018-CME-PJ, su modifica- toria R.A. Nº 032-CME-PJ, y estando a lo acordado en la sesión de la fecha; SE RESUELVE: Artículo Primero.- REUBICAR el Juzgado de Paz Letra- do del distrito de Quellouno, como Segundo Juzgado de Paz Letrado de Quillabamba, distrito de Santa Ana, ambos de la provincia de La Convención, departamento del Cusco y Distrito Judicial de Cusco - Madre de Dios. Artículo Segundo.- Facultar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cusco - Madre de Dios, para que adopte las acciones jurisdiccionales y administrativas que sean nece- sarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo Tercero.- El cumplimiento de la presente Reso- lución no irroga gastos al Poder Judicial. Artículo Cuarto.- Poner la presente Resolución, en conocimiento del Presidente de la Corte Superior de Justi- cia de Cusco - Madre de Dios, Gerencia General y Gerencia Central de la Reforma de la Secretaría Ejecutiva del Poder Judicial. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR RAUL CASTILLO CASTILLO ALIPIO MONTES DE OCA BEGAZO JORGE BUENDIA GUTIERREZ DAVID PEZUA VIVANCO 10999