Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE ENERO DEL AÑO 1999 (09/01/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 1

DIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR NORMAS LEGALES Lima, sábado 9 de enero de 1999 AÑO XVII - Nº 6773 Pág. 168667 Director: Enrique Sánchez Hernani http://www.editoraperu.com.pe "AÑO DE LA ACTIVIDAD TURISTICA INTERNA " TRABAJO Y PROMOCION SOCIAL Disponen otorgar garantía a empre- sa en respaldo de declaraciones, se- guridades y obligaciones contenidas en contratos de transferencia de ac- ciones DECRETO SUPREMO Nº 001-99-TR EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 674, se ha declarado de interés nacional la promoción de la inversión privada en el ámbito de las Empresas del Estado; Que, el Artículo 2º del Decreto Ley Nº 25570, conforme fuera sustituido por el Artículo 6º de la Ley Nº 26438, permite que el Estado otorgue mediante contrato, a las personas naturales y jurídicas, nacionales y extranjeras, que realicen inversiones en las empresas y entidades del Estado, incluidas en el proceso a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 674, bajo cualquiera de las modalidades previstas por el Artículo 2º de dicha norma, las seguridades y garantías que mediante Decreto Supremo, en cada caso, se consideren necesarias para proteger sus adquisiciones e inversiones, de acuerdo a la legisla- ción vigente; Que, al llevarse a cabo con fecha 25 de noviembre de 1998, el Concurso Público para la promoción de la inversión privada vía transferencia del 30% de las acciones de las Empresas Regionales de Electricidad Electro Norte S.A., Electro Noroeste S.A., Electro Centro S.A. y Electro Norte Medio S.A., se otorgó la Buena Pro a favor de la empresa JOSE RODRIGUEZ BANDA S.A.; Que, conforme a la cláusula 11.12 de los respectivos contratos de compraventa de las acciones de estas empresas, se debe expedir el Decreto Supremo a que se refiere el Artículo 2º del Decreto Ley Nº 25570, sustituido por el Artículo 6º de la Ley Nº 26438, por el cual se otorgará la garantía del Estado en respaldo de las declaraciones y garantías de LOS VENDEDORES estipu- ladas en el Contrato de Compraventa de acciones; Que, en consecuencia con lo anterior, procede que, mediante contrato, el Estado Peruano otorgue a favor de JOSE RODRI- GUEZ BANDA S.A. las seguridades y garantías referidas en el párrafo precedente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560; DECRETA: Artículo 1º.- Otórguese mediante contrato celebrado al amparo del Artículo 1357º del Código Civil a la empresa JOSE RODRIGUEZ BANDA S.A., la garantía del Estado Peruano en respaldo de las declaraciones, seguridades, garantías y obligaciones a su cargo, contenidas en los contratos de transferencia del 30% de las acciones de las empresas Electro Norte S.A., Electro Noroeste S.A., Electro Centro S.A. y Electro Norte Medio S.A., celebrados entre los organis- mos e instituciones que representan al Estado Peruano y la empresa JOSE RODRIGUEZ BANDA S.A., dentro del marco del Decreto Legislativo Nº 674. Artículo 2º.- La amplitud de la garantía a que se refiere el artículo precedente será la que determine el respectivo contrato, observándose lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 674 y por el Artículo 2º del Decreto Ley Nº 25570, sustituido por el Artículo 6º de la Ley Nº 26438. Artículo 3º.- Autorícese al Viceministro de Energía a suscri- bir el contrato a que se refieren los artículos precedentes del presente Decreto Supremo. Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Energía y Minas y por el Ministro de Trabajo y Promoción Social.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de enero de mil novecientos noventa y nueve. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República DANIEL HOKAMA TOKASHIKI Ministro de Energía y Minas JORGE GONZALEZ IZQUIERDO Ministro de Trabajo y Promoción Social 0428 RELACIONES EXTERIORES Dan por terminadas funciones y nom- bran Cónsul General del Perú en Bar- celona, Reino de España RESOLUCION SUPREMA Nº 592-98-RE Lima, 31 de diciembre de 1998 Vista la Resolución Suprema Nº 0478-RE, de 31 de diciembre de 1996, que nombró al Ministro en el Servicio Diplomático de la República don Manuel Picasso Botto, como Cónsul General del Perú en Barcelona, Reino de España; De conformidad con los Artículos 8º y 9º del Decreto Legisla- tivo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático de la República, de 24 de diciembre de 1996; y, el Artículo 169º del Reglamento Consular aprobado por Decreto Supremo Nº 0002-79-RE, de 17 de enero de 1979; SE RESUELVE: 1º.- Dar por terminadas las funciones del Ministro en el Servicio Diplomático de la República don Manuel Picasso Botto, como Cónsul General del Perú en Barcelona, Reino de España, en fecha a fijarse por Resolución Ministerial. 2º.- Cancelar las Letras Patentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 0436 RESOLUCION SUPREMA Nº 593-98-RE Lima, 31 de diciembre de 1998 De conformidad con los Artículos 8º y 9º del Decreto Legisla- tivo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático de la República, de 24 de diciembre de 1996; y, el Artículo 121º del Decreto Supremo Nº 0002-79-RE, modificado por el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 0004-85-RE, de 12 de marzo de 1985; y, los Artículos 131º y 132º del Decreto Supremo Nº 0002-79-RE, Reglamento Consular de la República, de 17 de enero de 1979; SE RESUELVE: 1º.- Nombrar al Ministro en el Servicio Diplomático de la República don Carlos Gastón Ibáñez Manchego, Cónsul General del Perú en Barcelona, Reino de España.