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Pág. 168673 NORMAS LEGALES Lima, sábado 9 de enero de 1999 e. El martillero efectuará una segunda vuelta, en la que subastará los lotes no ofertados en la primera fase al término del cual, si quedaren en situación de desiertos serán considerados para nueva convocatoria con el 15% menos de su tasación original de Ley. (3) Término del Remate a. El Acta de remate, es formulada por la CRV al término de la subasta, la que será suscrita por todos los miembros y el martillero designado, en los que deberá consignar los siguientes datos: 1. Relación de los vehículos rematados, con indicación del nombre del adjudicatario, documento de identificación, domicilio y precio obtenido. 2. Monto total obtenido en el remate. 3. Vehículos no rematados, con indicación de las razones que la motivaron. 4. Otros datos que lo ameriten. b. El adjudicatario en los plazos establecidos en los respec- tivos avisos de remate, efectúa los pagos en Tesorería de la OGA, los siguientes conceptos: - Cancela el 75% del valor del bien adjudicado - Acta certificada de Adjudicación de Remate, diez (10) nue- vos soles. Asimismo el adjudicatario recabará la orden de libertad, la original de la póliza de adjudicación y copia autenticada de la R.D., para proceder al retiro del vehículo adjudicado. c. El cajero designado para este efecto, deposita en los plazos señalados por las "Normas de Tesorería", el monto total obtenido del remate, en la cuenta bancaria de ahorros fijada por Tesorería- OGA-MIN y entrega al Secretario de la CRV los comprobantes de empoce, adjunto su informe de caja para la liquidación del remate respectivo. d. La CRV elabora el informe y la liquidación de remate público de vehículos y presenta a la OGA-MIN, dentro del plazo de diez (10) días de finalizado la subasta, para su aprobación y cuya liquidación deberá contener los siguientes datos: 1. Datos de remate a) Nº. de lote. b) Nº de placa de rodaje. c) Precio base de remate. d) Valor rematado. 2. Deuda por obligaciones de pago a terceros a) Guardianía. b) Infracciones. 3. Ingreso Total a) Valor total rematado. b) Valor de Acta Certificada de Adjudicación de Remate. c) Honorarios de martillero. 4. Deducción directa (Fondo de remate de la OGA) a) Fondo de remate, tres (3 %) por ciento del valor del vehículo rematado. b) Valor de vehículos abandonados por los postores después del acto del remate. c) Diez nuevos soles (S/.10.00) por el valor de Acta Certificada de Adjudicación de Remate. 5. Deducción Prorrateada a) Publicación de R.D. b) Publicación de avisos de remate. c) Gastos de remate. 6. Deducción no Prorrateada a) Tasa Municipal /Orden de libertad. b) Deuda de Guardianía. c) Deuda por Infracciones. 7. Total de deducciones a) Fondo del remate. b) Gastos prorrateados. c) Gastos no prorrateados. 8. Saldo líquido de remate a) Remanente administrativo. b) Remanente judicial. e. Remite a las autoridades correspondientes, la relación de vehículos adjudicados en remate, para que dispongan el levanta- miento de las afectaciones y/o gravámenes, que pesen sobre dichos vehículos hasta el día del remate.E. FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DE LA CRV (1) Presidente a. Convoca a reuniones a los miembros de la CRV, por lo menos dos (2) veces por semana. b. Preside las reuniones de la CRV. c. Dirime, en caso de opiniones divididas. d. Toma acuerdos con los miembros de la CRV y hace cumplir todo lo concerniente a las funciones, en caso de estar en desacuer- do alguno de sus miembros debe hacer constar por escrito este hecho. (2) Secretario a. Formula, tramita, recibe y archiva los documentos de remate, de Lima, Callao y provincias. b. Elabora los informes de libertad de los vehículos internados con más de sesenta (60) días en los DD.OO.VV. c. Formula y organiza los expedientes de remate de vehículos. d. Coordina y tramita ante las entidades Policiales, Judicia- les, Municipales, Registrales y Administrativas en coordinación con el Vocal, las actividades relacionadas con la aplicación de la Ley Nº 15378, tales como: Identificación y tasación vehicular, informes de afectaciones, publicaciones de ley, exhibición y rema- te. Levantamiento de gravámenes e inscripción de los vehículos incursos en la citada ley. e. Elabora y remite, la Cartilla de Instrucciones de Remate a los Coordinadores PNP de las provincias. f. Asume funciones de cajero, en los remates de provincia. g. Recaba de TESORERIA-OGA, fondos con cargo a rendir cuenta documentada para los gastos iniciales del remate a efec- tuarse en Lima, Callao o en provincia. Los mismos que deben ser considerados en el respectivo remate con autorización del Presi- dente de la CRV. h. Requisa, en coordinación con los Administradores de los DD.OO.VV., antes de la entrega del vehículo al nuevo pro- pietario, la placa de rodaje considerada como suplantada, para su remisión a la autoridad respectiva en el plazo de 15 días. i. Reemplaza al Presidente de la CRV en su ausencia. j. Se desempeñará como Jefe Administrativo de Remate de Vehículos, a tiempo completo. (3) Vocal. a. Verifica en las instancias correspondientes la conformidad y la legalidad de los expedientes de los vehículos a ser rematados. b. Emite dictamen sobre los expedientes administrativos y judiciales, así como recomienda los trámites ante las instancias correspondientes. F. TESORERIA-OGA (1) Recibe los fondos provenientes del acto de remate de vehículos entregados por el cajero designado, verificando la conformidad según la documentación sustentatoria, procediendo al depósito en una entidad bancaria. (2) Lleva y mantiene al día, los registros auxiliares debidamen- te detallados referente a la información financiera, conforme a la liquidación de remate de vehículos, presentada por la CRV relacionado con ingresos, egresos, saldos, remanentes adminis- trativos, remanentes judiciales y otros provenientes de esta fuente. (3) Concilia en forma permanente con el Banco de la Nación y la CRV, sobre los Ingresos y Egresos efectuados. (4) Cancela a pedido de la CRV los honorarios de martillero público, el 5% del total obtenido en el remate público de los vehículos adjudicados. (5) Cancela a pedido de la CRV y con cargo a la respectiva liquidación de remate, los conceptos siguientes: a. Gastos Prorrateados 1. Publicación de la R.D y avisos de remate. 2. Gastos de remate: a) Pago de personal contratado temporalmente para el apoyo de la CRV. b) Movilidad y refrigerio para el personal técnico participante en la identificación y tasación de los vehículos a rematar. c) Arreglo de local, toldo, equipo de alta voz, mesas, sillas, etc. d) Lotización, acomodo y exhibición de los bienes aptos para rematarse. e) Otros relacionados con el evento. 3. Viáticos (Pasaje, hospedaje y alimentación) cuando el remate se efectúe en provincia, para los miembros de la CRV, y Coordinador-PNP-provincia de ser necesario. b. Gastos no Prorrateados 1. Tasa Municipal por Orden de Lbertad. 2. Deudas de guardianía. 3. Deudas por infracciones. (6) Abona y/o gira los importes correspondientes a los rema- nentes judiciales y administrativos de acuerdo a los oficios emi-