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Pág. 168797 NORMAS LEGALES Lima, martes 12 de enero de 1999 diciembre de 1998, por los ejercicios fiscales 1998 y anteriores, el mismo que será abonado en 12 (doce) cuotas iguales mensuales, con vencimiento cada último día útil de los meses de enero a diciembre de 1999. Artículo Tercero.- Para acogerse al PAN 99 el interesado deberá cumplir con los siguientes requisitos: - Copia de documento de identidad. - Solicitud simple. - Pago del derecho único de trámite, equivalente a S/. 5.00. - Copia de la última boleta de pago de su pensión. - Copia del último recibo cancelado de pago a su nombre de cualquiera de los siguientes servicios: teléfono, luz o agua. Artículo Cuarto.- La solicitud será presentada en la Unidad de Trámite Documentario, quien derivará el expediente a la asistenta social de la Municipalidad, quien evacuará un informe socioeconómico del solicitante, quien bajo responsabilidad, y atendiendo a su real situación de necesidad económica y de apoyo social, recomendará sea concedido o no el beneficio solicitado. Artículo Quinto.- Si el informe socioeconómico es favorable, la Unidad de Recaudación y Control de la Oficina de Rentas, procederá a fraccionar la deuda tributaria y a registrar el Conve- nio de Pago correspondiente, el mismo que incluirá el interés de fraccionamiento vigente. En caso de incumplimiento en el pago de 3 (tres) o más cuotas, el convenio se resolverá automáticamente y la deuda tributaria será actualizada conforme a ley. Artículo Sexto.- Las deudas que se encuentren en proceso de cobranza coactiva podrán ser incluidas en este beneficio extraordinario, en cuyo caso las costas procesales generadas serán quebradas de oficio. Las deudas materia de previos convenios de fraccionamiento no podrán ser incorporadas al PAN 99. Artículo Séptimo.- Facúltese al despacho de Alcaldía a dictar, mediante Decreto, las normas reglamentarias que sean necesarias para el mejor cumplimiento de la presente ordenanza. Artículo Octavo.- Encárguese a la Oficina de Rentas y la Dirección de Cultura y Servicios Sociales el cumplimiento de la presente ordenanza. Disposición Final.- Las personas naturales que hubieren presentado solicitudes de exoneración, inafectación y/o benefi- cios vinculados con su imposibilidad de cumplir con el pago de sus tributos por razones económicas, podrán acogerse al beneficio aprobado mediante la presente ordenanza, sin necesidad de iniciar nuevo expediente, en cuyo caso bastará una comunicación simple a la Municipalidad, adjuntando copia de los documentos establecidos en el Artículo Tercero. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. JOSEFINA ESTRADA DE CAPRIATA Alcaldesa 0508 Disponen actualizar padrón de esta- blecimientos con autorización de fun- cionamiento DECRETO DE ALCALDIA Nº 001-99-MDB Barranco, 5 de enero de 1999 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO CONSIDERANDO: Que, actualmente existen establecimientos para los cuales en su oportunidad se gestionó autorización municipal de funciona- miento, y que en la actualidad, no se encuentran funcionando, sin que hubiere sido comunicado, por los entonces conductores, su cierre y/o tramitado su Baja de Padrón, figurando como activos en el sistema de administración tributaria; Que, al no darse de baja en el padrón un establecimiento se viene generando montos mayores a los realmente adeudados por concepto de tributos, sobredimensionándose el reporte de cuen- tas por cobrar correspondiente al siguiente ejercicio; Que, resulta necesario actualizar el padrón, dando de baja a los establecimientos que, habiendo sido registrados oportuna- mente, en la actualidad no operan por diferentes motivos; y, En uso de las facultades que confiere la Ley Nº 23853, Orgánica de Municipalidades y el Decreto Legislativo Nº 816, Código Tributario; DECRETA: Artículo Primero.- Proceder a dar de baja de oficio del Padrón de Establecimientos del distrito de Barranco, y del Siste-ma de Administración Tributaria, a aquellos locales que actual- mente no vienen operando, considerándose como fecha de cierre, la comunicada con anterioridad a la Municipalidad por parte del propietario del predio, y/o de la respectiva verificación que para tal efecto realizará la Policía Municipal y/o la Unidad de Fiscali- zación Tributaria. Autorizar asimismo a realizar el descargo de la cuenta corriente de los importes generados automáticamente y considerados fuera de la fecha de funcionamiento efectivo del establecimiento. Artículo Segundo.- Encargar a la Unidad de Administración Tributaria el cumplimiento del presente decreto. Por tanto: Regístrese, comuníquese y cúmplase. JOSEFINA ESTRADA DE CAPRIATA Alcaldesa 0505 Declaran en situación de urgencia el servicio de limpieza pública ACUERDO DE CONCEJO Nº 003-99-CMB Barranco, 4 de enero de 1999 EL CONCEJO MUNICIPAL DE BARRANCO Vista la propuesta de la señora Alcaldesa doña JOSEFINA ESTRADA DE CAPRIATA, respecto a declarar en situación de URGENCIA el servicio de Limpieza Pública del distrito de Ba- rranco; CONSIDERANDO: Que, el servicio de limpieza pública, en el distrito de Barran- co, se ha venido cumpliendo en forma deficiente e irregular, lo que hace necesario que se tomen medidas inmediatas con la finalidad de atender prioritaria y eficientemente dicho servicio; Que, son funciones de las Municipalidades, en materia de Población, Salud y Saneamiento Ambiental, normar y controlar las actividades relacionadas con el saneamiento ambiental; normar y controlar el aseo, higiene y salubridad de establecimientos comer- ciales, viviendas, playas y otros lugares públicos; y ejecutar el servicio de limpieza pública, ubicar las áreas para la acumulación de basura y/o el aprovechamiento industrial de desperdicios; y, Con el voto unánime de sus miembros: ACUERDA: Artículo Primero.- Declarar en SITUACION DE URGEN- CIA, el servicio de LIMPIEZA PUBLICA del distrito de Barranco, por 90 (noventa) días, contados a partir de la fecha. Artículo Segundo.- Autorizar al Despacho de Alcaldía a realizar acciones inmediatas, conducentes a solucionar la proble- mática encontrada y se brinde un servicio eficiente. Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección de Servicios Comunales y Oficina de Presupuesto, Planificación y Adminis- tración, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. JOSEFINA ESTRADA DE CAPRIATA Alcaldesa 0504 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Declaran en situación de urgencia diversos servicios de la municipalidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 01-99/MDSMP San Martín de Porres, 6 de enero de 1999 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES