TEXTO PAGINA: 5
Pág. 175791 NORMAS LEGALES Lima, viernes 16 de julio de 1999 clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas 9354 Aceptan y aprueban donación en favor del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú RESOLUCION SUPREMA Nº 326-99-EF Lima, 14 de julio de 1999 CONSIDERANDO: Que, la ciudad de Miami Beach, Florida, Estados Unidos de América, ha efectuado una donación en favor del Cuerpo Gene- ral de Bomberos Voluntarios del Perú consistente en vehículos contra incendio usados, que serán destinados a la Compañía Salvadora Ica Nº 22; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estarán gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General alas Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supre- mo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y aprobar la donación efectuada por la ciudad de Miami Beach, Florida, Estados Unidos de América, en favor del Cuerpo General de Bomberos Volun- tarios del Perú, consistente en 03 vehículos contra incendio usados, de acuerdo a las características que se detallan en el Anexo que forma parte de la presente Resolución Supre- ma, con un valor aproximado de US$ 2 500,00 (Dos Mil Quinientos y 00/100 Dólares de Estados Unidos de América) según Cartas de Donación de fecha 11 de mayo de 1998 y un peso aproximado de 5 354 kgs., según Conocimiento de Embarque Nº EVECAL002792 de Coler Ocean Independent Lines. Dicha donación será destinada a la Compañía Salva- dora Ica Nº 22. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Su- prema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refren- dada por el Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas 9355 colocar aviso CONSEJO NACIONAL DE DECANOS