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Pág. 173998 NORMAS LEGALES Lima, lunes 7 de junio de 1999 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0553-99-IN/0103 Lima, 3 de junio de 1999 Visto, el Atestado Nº 029-JAP-10-CH-CSMH.SDYP de 19.MAY.99, formulado por el Comisario PNP del distrito de San Mateo de Huanchor - Huarochirí, instruido contra Miguel PAUCAR ROJAS y otros, como presuntos responsa- bles de los delitos contra la paz pública y otros, en agravio del Estado peruano; CONSIDERANDO: Que, los denunciados Miguel PAUCAR ROJAS y Melgar Isaac ANAYA ACHACHAO, en su condición de dirigentes del Gremio de Comerciantes de Carnes Rojas del Mercado de San Mateo, el día 28.MAR.99, convocaron a cabildo abierto a las autoridades y habitantes del lugar, para planear una marcha de protesta en defensa de la ecología de San Mateo, acordando realizarla el día 19.MAY.99, invitando a los fun- cionarios de Energía y Minas, Policía Ecológica, al Inspector de Salud y otros, para la inspección de los relaves de minas que contaminan las aguas del río Rímac; Que, los denunciados y un grupo aproximado de 300 personas entre adultos y alumnos, el día 19.MAY.99 más o menos a horas 11.00, se desplazaron desde la Plaza Mateo Vera a la zona de Moyoc - Tamboraque, ocupando la Carre- tera Central desde el kilómetro 95 hasta el kilómetro 93, interrumpiendo el tránsito vehicular en ambos sentidos de la vía durante una hora aproximadamente, concentrándose en la zona de Moyoc a la espera de las autoridades que debían realizar la inspección IN SITU; Que, ante tal situación, efectivos de la Policía Nacional del sector, con la presencia del representante del Ministerio Público se constituyeron a dicho lugar para restablecer el orden, encontrando resistencia pasiva por parte de los mani- festantes, obstaculizando el tránsito en agravio de los trans- portistas que se desplazaban con vehículos de pasajeros y carga; Que, los hechos descritos constituyen delitos contra la seguridad pública (delitos contra los medios de transporte, comunicación y otros servicios públicos) y delitos contra la administración pública (violencia y resistencia a la autori- dad), previstos en los Artículos 283º y 365º del Código Penal respectivamente; Que, son deberes primordiales del Estado, entre otros, proteger a la población de las amenazas contra la seguridad, y que todo ciudadano tiene derecho a la libertad de trabajo y al libre tránsito sin restricción alguna, (Art. 2º incisos 2), 11) y 15) y Art. 44º de la Constitución Política del Perú; Que, la defensa de los intereses del Estado está a cargo de los Procuradores Públicos conforme lo prevé el Art. 47º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; Que, es necesario autorizar al Procurador Público del Ministerio del Interior a cargo de los asuntos judiciales de la Policía Nacional, para que en defensa y representación del Estado, formule denuncia penal contra los presuntos respon- sables de los ilícitos penales señalados en el Atestado Nº 029- JAP-10-CH-CSMH.SDYP de 15.MAY.99; y actúe las diligen- cias que le corresponden, tendientes a esclarecer los hechos y perseguir la indemnización de los daños ocasionados al Estado; Que, de conformidad con el Art. 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por Decreto Ley Nº 17667: SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público del Ministe- rio del Interior a cargo de los asuntos judiciales de la Policía Nacional para que en defensa y representación del Estado, formule denuncia penal contra los presuntos autores Miguel PAUCAR ROJAS y Melgar Isaac ANAYA ACHACHAO y los que resulten responsables por los delitos contra la seguridad pública (delitos contra los medios de transporte, comunicación y otros servicios públicos) y delitos contra la administración pública (violencia y resistencia a la autoridad) por los hechos ocasionados el 19.MAY.99, en agravio del Estado peruano. Artículo 2º.- La citada denuncia debe formularse ante el Fiscal competente. Artículo 3º.- El Procurador Público a que se contrae la presente, deberá informar permanentemente a este Despacho Ministerial sobre el inicio, curso y resultado del proceso penal. Regístrese, comuníquese y archívese. JOSE VILLANUEVA RUESTA Ministro del Interior 7369PRES Autorizan a procurador iniciar proceso judicial contra ocupantes de terreno de propiedad del CTAR Ancash RESOLUCION MINISTERIAL Nº 137-99-PRES Lima, 31 de mayo de 1999 Visto, el Oficio Nº 0525-99-CTAR-ANCASH/SGRP/PRE del Presidente Ejecutivo del Consejo Transitorio de Adminis- tración Regional Ancash - CTAR ANCASH, de fecha 7 de abril de 1999; y, CONSIDERANDO: Que, la ex Región Chavín, hoy Consejo Transitorio de Administración Regional Ancash - CTAR ANCASH, es pro- pietaria del terreno correspondiente al Proyecto Especial Parque Industrial San Antonio de Chimbote, ubicado en la Zona de Expansión Urbana de Chimbote, Cono Sur del distrito de Nuevo Chimbote, provincia del Santa, departa- mento de Ancash, con un área de 163.471 ha.; dominio que corre inscrito a su favor en el Asiento 3, Folios 47, Tomo 208 de la Oficina Registral Chimbote - Región Chavín; Que, mediante el Informe Técnico de Campo Nº 01, se señala que se efectuó la Inspección Ocular, constatándose que se han producido invasiones en el terreno del Proyecto Especial Parque Industrial San Antonio de Chimbote; Que, asimismo se ha verificado mediante la Inspección Ocular antes referida que, en el terreno correspondiente al Proyecto Especial Parque Industrial San Antonio de Chim- bote, la Dirección Regional de Agricultura ha otorgado más de trece (13) títulos de propiedad a terceros, de los cuales se ha acreditado que tres (3) títulos han sido inscritos en el Registro de la Propiedad Inmueble de Chimbote y siete (7) títulos no se encuentran inscritos, además se han efectuado transferencias de terrenos a terceros mediante Escrituras Públicas de Compraventa (3); Que, los actos administrativos expuestos, se han ejecuta- do afectando el derecho de propiedad que le asiste al Estado - CTAR ANCASH sobre la totalidad del terreno del Proyecto Especial Parque Industrial San Antonio de Chimbote; Que, consecuentemente, con el propósito de mantener la integridad e intangibilidad del terreno correspondiente al citado Parque Industrial para el cumplimiento de los fines para el cual fue proyectado, es necesario proceder a recupe- rar y restituir las áreas ocupadas así como las que fueron adjudicadas mediante los títulos de propiedad otorgados por el Ministerio de Agricultura y las que posteriormente han devenido en transferencias de parcelas por Escritura Pública de Compraventa, efectuada a favor de terceros, autorizando al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de la Presidencia, a interponer las acciones judi- ciales que correspondan; Con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurídi- ca; De conformidad, con lo dispuesto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, Decreto Ley Nº 17537 modi- ficado por Decreto Ley Nº 17667, Decreto Ley Nº 25556 y Decreto Supremo Nº 019-93-PRES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de la Presidencia, para que en representación y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales pertinentes contra los ocupantes del terreno correspondiente al Pro- yecto Especial Parque Industrial San Antonio de Chimbo- te de propiedad del Consejo Transitorio de Administración Regional Ancash, con la finalidad de recuperar y restituir dicho terreno a favor de su propietario, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolu- ción. Artículo 2º.- Remitir al Procurador Público mencionado los antecedentes del caso, para los fines a que se contrae la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDGARDO MOSQUEIRA MEDINA Ministro de la Presidencia 7382