Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 1999 (07/06/1999)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, lunes 7 de junio de 1999

NORMAS LEGALES

Pag. 173997

MITINCI
Autorizan viaje de representante del INDECOPI a Bolivia para participar en el X Curso Internacional "Reforma del Estado y Derechos Humanos"
RESOLUCION SUPREMA Nº 095-99-ITINCI MORDAZA, 4 de junio de 1999 Vista la Carta Nº 0373-1999/GEG-INDECOPI del 28 de MORDAZA de 1999, del Gerente General del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual -INDECOPI-; y, CONSIDERANDO: Que, en la MORDAZA de MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA, Bolivia, se llevara a cabo el X Curso Internacional "Reforma del Estado y Derechos Humanos", del 7 al 11 de junio de 1999; Que, se ha considerado conveniente la participacion de un representante del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual en dicho curso; Que, la Comision MORDAZA de Juristas, financiara los gastos por conceptos de viaticos; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27111, el Decreto Supremo Nº 053-84-PCM; el Decreto Supremo Nº 074-85-PCM; el Decreto Supremo Nº 135-90-PCM y el Decreto Ley Nº 25831; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Secretario Tecnico de la Comision de Acceso al MORDAZA del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual -INDECOPI-, a la MORDAZA de MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA, Bolivia, del 7 al 12 de junio de 1999, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del viaje referido en el Articulo 1º de la presente Resolucion Suprema, seran asumidos por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual -INDECOPI-, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aereos Tarifa Corpac TOTAL US$ 454,30 US$ 25,00 ---------US$ 479,30

Estado de la VI-RPNP-Pucallpa, instruido contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA y otros, como presuntos responsables del delito contra la paz publica, en agravio del Estado Peruano; CONSIDERANDO: Que, los denunciados MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA GAVIRIA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su condicion de coordinadores de la agrupacion denominada "COORDINADORA DEMOCRATICA POR LA DEFENSA DE UCAYALI", solicitaron al Comando Politico Militar del Frente Ucayali, autorizacion para realizar una concentracion y mitin en el Ovalo de la Av. MORDAZA Pena; para el dia 8.ABR.99, la misma que fuera concedida, bajo condicion de no alterar el orden publico firmando el acta de compromiso ante el Jefe de la VI-RPNP; sin embargo, los denunciados, en uno de sus puntos de su comunicado decretaron la paralizacion del transporte en general, no permitiendo la circulacion de ningun vehiculo particular ni oficial, asi como el cierre de mercados de abastos y comercio en general, ante tal situacion, el Comando Politico Militar del Frente Ucayali curso un oficio a la coordinadora haciendole recordar que no estaban facultados para ello; Que, los denunciados y un grupo de transeuntes, violando su compromiso, horas MORDAZA del mitin alteraron el orden publico colocando palos y tachuelas en diferentes arterias de la MORDAZA, causando colectivamente violencia contra las personas e impidiendo el libre transito; Que, ante estos graves hechos, se produjo la inmediata intervencion de diferentes unidades de la Policia Nacional, sorprendiendo al vehiculo Daewoo de placa Nº AQR - 483 conducido por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, que recorria las vias regando tachuelas y al advertir la presencia policial pretendio darse a la fuga, siendo alcanzado a la altura del grifo SARCONSA, del que descendieron los ocupantes identificados como MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA GAVIRIA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA (dirigentes), provocando un incidente policial e incitando a la masa que se plieguen al paro; Que, los hechos descritos constituyen delitos contra la tranquilidad publica (delitos contra la paz publica) y delitos contra la administracion publica (violencia y resistencia a la autoridad), previstos en los Articulos 315º y 365º del Codigo Penal respectivamente; Que, son deberes primordiales del Estado, entre otros, proteger a la poblacion de las amenazas contra la seguridad, y que todo ciudadano tiene derecho a la MORDAZA de trabajo y al libre MORDAZA sin restriccion alguna (Art. 2º incisos 2), 11) y 15) y Art. 44º de la Constitucion Politica del Peru; Que, la defensa de los intereses del Estado esta a cargo de los Procuradores Publicos conforme lo preve el Art. 47º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; Que, es necesario autorizar al Procurador Publico del Ministerio del Interior a cargo de los asuntos judiciales de la Policia Nacional, para que en defensa y representacion del Estado, formule denuncia penal contra los presuntos responsables de los ilicitos penales senalados en el Atestado Nº 008VI-RPNP-U-DIVSEFRO-DSEEST de 16.ABR.99; y actue las diligencias que le corresponden, tendientes a esclarecer los hechos y perseguir la indemnizacion de los danos ocasionados al Estado; Que, de conformidad con el Art. 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por Decreto Ley Nº 17667: SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico del Ministerio del Interior a cargo de los asuntos judiciales de la Policia Nacional para que en defensa y representacion del Estado, formule denuncia penal contra los presuntos autores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA GAVIRIA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los que resulten responsables por los delitos contra la tranquilidad publica (delitos contra la paz publica) y delitos contra la administracion publica (violencia y resistencia a la autoridad), por los hechos ocasionados el 8.ABR.99, en agravio del Estado peruano. Articulo 2º.- La citada denuncia debe formularse ante el Fiscal competente. Articulo 3º.- El Procurador Publico a que se contrae la presente, debera informar permanentemente a este Despacho Ministerial sobre el inicio, curso y resultado del MORDAZA penal. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA RUESTA Ministro del Interior 7368

Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema, no MORDAZA o exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA LUNA-VICTORIA MORDAZA Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales 7481

INTERIOR
Autorizan a procurador formular denuncia contra presuntos responsables de delitos contra la Tranquilidad, la Administracion y la Seguridad Publica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0552-99-IN/0103 MORDAZA, 3 de junio de 1999 Visto, el Atestado Nº 008-VI-RPNP-U-DIVSEFRO-DSEEST de 16.ABR.99, formulado por el Jefe de Seguridad del

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.