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Pág. 174001 NORMAS LEGALES Lima, lunes 7 de junio de 1999 mo Nº 15-94-MTC, Reglamento de Infracciones y Sancio- nes al Tránsito aprobado por Decreto Supremo Nº 017-94- MTC, Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Genera- les de Procedimientos Administrativos aprobado por De- creto Supremo Nº 02-94-JUS y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Sancionar, a las personas indicadas en el primer considerando de la presente resolución, con INHABI- LITACION por el término de tres (3) años, para obtener licencias de conducir; computados a partir de la fecha de la ocurrencia o de la fecha de remisión de los documentos por parte de las delegaciones de la Policía Nacional del Perú, en caso que corresponda, por las razones expuestas en la parte considerativa de esta resolución. Segundo.- De conformidad con lo establecido en la Cuarta Disposición Complementaria del Reglamento para obtener Licencia de Conducir para Vehículos Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 15- 94-MTC, la presente resolución se publicará en el Diario Oficial El Peruano. Tercero.- Encargar la ejecución y control de esta resolu- ción a la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 7373 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Designan Fedatarios de los Archivos de la Corte Superior de Justicia de Lima RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 268-1999-P-CSJL/PJ Lima, 4 de junio de 1999 VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Administrativa Nº 203-99-P- CSJL-PJ de fecha doce de abril del año en curso, la Presiden- cia aprobó el Manual del Fedatario de la Corte Superior de Lima. Que, resulta necesario designar fedatarios que se encar- guen específicamente de las labores propias en los archivos de esta Corte Superior de Justicia, a fin de agilizar la expedición de copias solicitadas por los usuarios. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad del Distrito Judicial a su cargo, dirige la política interna del Poder Judicial emanada de la Comisión Ejecutiva, por lo que asume competencia administrativa,siendo responsable del cumplimiento de las disposiciones administrativas dictadas para la mejor organi- zación y funcionamiento de los órganos que conforman su Distrito Judicial. Que, por tales razones en uso de las facultades previstas y otorgadas por los incisos 3) y 9) del Artículo 90º de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR como FEDATARIO del Archivo de los Juzgados Penales al doctor RAMON FARRO SAMAME; y como FEDATARIO de los Archivos Civiles al doctor LUIS FELIPE CHAUCA PALMA. Artículo Segundo.- DISPONER que los FEDATARIOS con retención de sus cargos de origen, ejerzan sus funciones conforme al Manual del Fedatario a partir de la publicación de la presente resolución administrativa. Artículo Tercero.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, de la Secretaría Ejecutiva de la misma, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Fiscalía de la Nación, de la Comi- sión Ejecutiva del Ministerio Público, de la Gerencia General del Poder Judicial, de la Supervisión de Personal, de la Administración Distrital y de los servidores designados, para los fines pertinentes.Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese. PEDRO ADRIAN INFANTES MANDUJANO Presidente Corte Superior de Justicia de Lima 7394 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Aprueban Proyecto de Ordenamiento del Comercio Ambulatorio ORDENANZA Nº 153-99-CDSB-C San Borja, 31 de mayo de 1999 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Visto, en su XI-99 sesión ordinaria de fecha 24.5.99 el Dictamen Nº 003-99-CDSB-CSC de la Comisión de Servicios Comunitarios, sobre Comercio en la vía pública en el distrito de San Borja. CONSIDERANDO: Que, la Dirección de Servicios Comunales ha puesto de conocimiento de la Comisión de Servicios Comunitarios, los Informes Nºs. 099-99-CDSB-DSC y 094-99-CDSB-DSC-DCM sobre la situación en que se encuentra actualmente el comer- cio ambulatorio; Que, la Comisión de Servicios Comunitarios, en su Dicta- men Nº 003-99-CDSB-CSC aprueba el Proyecto de Ordena- miento del Comercio Ambulatorio en la vía pública; Estando a lo expuesto; y, lo dispuesto en el Art. 109º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; ORDENANZA Artículo Primero.- Aprobar el Proyecto de Ordena- miento del Comercio Ambulatorio en la vía pública del distrito de San Borja; así como los cuadros de ubicación, cuyo listado forma parte de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto los Acuerdo de Concejo Nº 344-97-CDSB-C y Acuerdo de Concejo Nº 355-97- CDSB-C. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Dirección de Servicios Comunales y Oficina de Fiscalización en cuanto les compete. Artículo Cuarto.- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE LERMO RENGIFO Alcalde 7411 Modifican el Reglamento de Comercio en la Vía Pública ORDENANZA Nº 154-99-CDSB-C San Borja, 1 de junio de 1999 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Visto, en su XI-99 Sesión Ordinaria de fecha 24.5.99, el Dictamen Nº 003-99-CDSB-CSC de la Comisión de Servicios Comunitarios sobre comercio en la vía pública en el distrito de San Borja. CONSIDERANDO: Que, la Dirección de Servicios Comunales, ha puesto de conocimiento a la Comisión de Servicios Comunitarios, los Informes Nºs. 099-99-CDSB-CSC y 094-99-CDSB-DSC-DCM sobre la situación en que se encuentra actualmente el comer- cio ambulatorio;