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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JUNIO DEL AÑO 1999 (15/06/1999)

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TEXTO PAGINA: 3

Pág. 174257 NORMAS LEGALES Lima, martes 15 de junio de 1999 AVISO TALLER TRIBUTARIOCONSIDERANDO: Que, la empresa Petróleos del Perú - PETROPERU S.A. es propietaria de cuatrocientos (400) tubos de 2-7/8", seiscientos (600) tubos de 2-3/8" y quinientas (500) varillas de 7/8" que han sido dados de baja por la División Refinación Talara; Que, la Asociación Casa de Convivencias Juan Pablo II ha solicitado a PETROPERU S.A.la donación de los bienes señalados en el considerando precedente; Que, la empresa PETROPERU S.A., en su Sesión de Directorio Nº 08-1999, de fecha 28 de abril de 1999, mediante Acuerdo Nº 040-1999-PP, aprobó la donación a favor de la Asociación Casa de Convivencias Juan Pablo II de los tubos y varillas señalados; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 804 y en el numeral 2.4 de la Directiva que Regula la Gestión y el Proceso Presupuestario de las Empresas y Entidades comprendi- das en el Artículo 12º de la Ley Nº 27013, aprobado por Resolución Ministerial Nº 292-98-EF/15; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la donación que efectuará la empresa Petróleos del Perú - PETROPERU S.A. a favor de la Asociación Casa de Convivencias Juan Pablo II de cuatrocientos (400) tubos de 2-7/8", seiscientos (600) tubos de 2-3/8" y quinientas (500) varillas de 7/8". Artículo 2º.- La aceptación de la donación de los tubos y varillas a que se refiere el Artículo 1º será aprobada por el máximo órgano directivo de la Asociación Casa de Convivencias Juan Pablo II, quien comunicará su aceptación a PETROPERU S.A. en un plazo de treinta (30) días a partir de la fecha de publicación de la presente norma. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Contraloría General de la República y a la Superintendencia de Bienes Nacionales. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República DANIEL HOKAMA TOKASHIKI Ministro de Energía y Minas 7824RESOLUCION SUPREMA Nº 086-99-EM Lima, 14 de junio de 1999 CONSIDERANDO: Que, la empresa de Transmisión Eléctrica Centro Norte S.A. - ETECEN es propietaria de tres camionetas Nissan que se encuentran en desuso, las cuales han sido dadas de baja; Que, mediante Oficio Nº 052-98-CRP-P/P, de fecha 7 de mayo de 1999, la Presidenta de la Cruz Roja Peruana, Filial Pisco, ha solicitado a ETECEN la donación de las tres camionetas precita- das; Que, ETECEN, en su Sesión de Directorio Nº 137, de fecha 14 de mayo de 1999, mediante Acuerdo Nº 2-137/99, aprobó la donación de las camionetas Nissan con placas de rodaje RQ-4224, RQ-4429 y RQ-4707 a favor de la Cruz Roja Peruana, Filial Pisco; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 804 y en el numeral 2.4 de la Directiva que Regula la Gestión y el Proceso Presupuestario de las Empresas y Entidades comprendi- das en el Artículo 12º de la Ley Nº 27013, aprobado por Resolución Ministerial Nº 292-98-EF/15; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la donación que efectuará la Empresa de Transmisión Eléctrica Centro Norte S.A. - ETECEN a favor de la Cruz Roja Peruana, Filial Pisco, de tres camionetas Nissan cuyas características se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Contraloría General de la República y a la Superintendencia de Bienes Nacionales. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República DANIEL HOKAMA TOKASHIKI Ministro de Energía y Minas 7825