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Pág. 174259 NORMAS LEGALES Lima, martes 15 de junio de 1999 SALUD Aceptan renuncia de funcionaria de la Jefatura del Instituto Nacional de Salud RESOLUCION SUPREMA Nº 066-99-SA Lima, 14 de junio de 1999 CONSIDERANDO: Que por Resolución Suprema Nº 004-95-SA, se designó a doña GLORIA ANGELICA ARAGONES ALOSILLA, en el cargo de Director Administrativo, Nivel F-2, de la Jefatura del Instituto Nacional de Salud; Que la indicada funcionaria ha formulado renuncia al referi- do cargo; De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276 y el Decreto Ley Nº 25515; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Aceptar, a partir de la fecha de la presente resolución, la renuncia formulada por doña GLORIA ANGELICA ARAGONES ALOSILLA, al cargo de Director Administrativo, Nivel F-2, de la Jefatura del Instituto Nacional de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALEJANDRO A. AGUINAGA RECUENCO Ministro de Salud 7828 Disponen que Directores Generales de Institutos, Hospitales y Direcciones Regionales y Subregionales convo- quen a concurso para cubrir Jefaturas de Departamentos y Servicios y de Centros de Salud RESOLUCION MINISTERIAL Nº 289-99-SA/DM Lima, 11 de junio de 1999 De conformidad con el Artículo 7º del Reglamento de Organiza- ción y Funciones del Ministerio de Salud y disposiciones conexas; SE RESUELVE: En el plazo de cincuenta días naturales contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución, los Directores Generales de los Institutos Especializados, Hospita- les, Direcciones Regionales de Salud, y Direcciones Subregiona- les de Salud, o quienes hagan sus veces, procederán a convocar a concurso para cubrir las Jefaturas de Departamentos y Servicios, así como las Jefaturas de Centros de Salud, según corresponda, de acuerdo a la normatividad aprobada por Resolución Ministe- rial Nº 288-99-SA/DM de 11.JUN.99. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALEJANDRO A. AGUINAGA RECUENCO Ministro de Salud 7808 Declaran improcedente paralización de labores convocada por la Federación Médica RESOLUCION MINISTERIAL Nº 293-99-SA/DM Lima, 14 de junio de 1999Visto el Oficio Nº 047-99/FMP, presentado por la Federación Médica Peruana; CONSIDERANDO: Que con el Oficio de visto la Federación Médica Peruana comunica la paralización de labores a llevarse a cabo los días 16 y 17 de junio de 1999; Que con la indicada comunicación no se acredita que la anunciada paralización de labores ha sido ratificada por las Bases; De conformidad con lo establecido en el Artículo 73º, inciso b), del Decreto Ley Nº 25593, Artículos 65º, 69º y 71º del Decreto Supremo Nº 011-92-TR, Artículo 46º de la Ley Nº 26703 y Artículo 28º, inciso k) del Decreto Legislativo Nº 276; SE RESUELVE: 1º.- Declarar improcedente la paralización de labores decre- tada por la Federación Médica Peruana para los días 16 y 17 de junio de 1999. 2º.- Los Directores de Personal o quienes hagan sus veces procederán a lo siguiente: a) A registrar a los servidores que acaten el Paro y no asistan a laborar durante el día indicado, informándose al Despacho Viceministerial. b) A descontar por la inasistencia señalada, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 46º de la Ley Nº 26703. c) A organizar los correspondientes expedientes de procesos administrativos disciplinarios, computándose las ausencias in- justificadas por más de tres (3) días consecutivos o por más de cinco (5) días no consecutivos en un período de treinta días calendario o más de quince días no consecutivos en un período de 180 días calendario, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 28º inciso k) del Decreto Legislativo Nº 276. d) A gestionar acciones civiles, penales y administrativas que correspondan a las inconductas que se presenten por acción u omisión en el servicio público, en concordancia con lo previsto en los Artículos 26º y 28º incisos c), e) e i) del Decreto Legislativo Nº 276. 3º.- La presente resolución será debidamente ejecutada por los Jefes de los Organismos Públicos Descentralizados, los Direc- tores Generales de los Hospitales, Institutos Especializados, los Directores Generales de las Direcciones de Salud/Direcciones Regionales de Salud y la primera autoridad de los otros estable- cimientos de salud, en coordinación con los Directores de Perso- nal o quienes hagan sus veces. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALEJANDRO A. AGUINAGA RECUENCO Ministro de Salud 7809 M T C Autorizan viaje de funcionarios del Ministerio para participar en reunión del Comité Técnico Binacional Pe- ruano-Ecuatoriano de Régimen Fron- terizo RESOLUCION SUPREMA Nº 098-99-MTC Lima, 14 de junio de 1999 CONSIDERANDO: Que, funcionarios de nuestro país conjuntamente con sus similares de la República del Ecuador conformarán el Comité Técnico Binacional Peruano - Ecuatoriano de Régimen Fronte- rizo, teniendo en consideración los aspectos relativos al trán- sito de aeronaves contemplados en el Convenio de Tránsito de Personas, Vehículos, Embarcaderos Fluviales y Marítimas y Aeronaves, contenido en el Anexo 2 del "Acuerdo Amplio Peruano - Ecuatoriano de Integración Fronteriza, Desarrollo y Vecindad" destinado al mejoramiento de la comunicación en- tre ambos países; Que, dicho Comité Técnico tiene por objeto establecer las condiciones para una aplicación fluida y eficiente del mencionado Convenio de Tránsito entre Perú y Ecuador; Que, el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivien- da y Construcción ha designado a funcionarios que participarán en la instalación y desarrollo de la primera reunión de trabajo del citado Comité, debiéndose expedirse la correspondiente Resolu- ción Suprema que autorice el viaje del caso;