Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 1999 (28/06/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, lunes 28 de junio de 1999
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Pag. 174811

Que, por Decreto de Urgencia Nº 034-99, se modifico las caracteristicas de la emision de Bonos del Tesoro Publico autorizada por el Decreto Supremo Nº 126-98-EF, hasta por el monto de US$ 150 000 000,00 (CIENTO CINCUENTA MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS); Que, el Articulo 8º del citado Decreto de Urgencia dispone que el Ministerio de Economia y Finanzas, en coordinacion con la Superintendencia de Banca y Seguros, por Resolucion Ministerial, dictara el Reglamento Operativo del Programa de Consolidacion Patrimonial, en adelante Programa, y las demas medidas que se requieran para la adecuada implementacion de la mencionada MORDAZA legal; De conformidad con el Decreto de Urgencia Nº 034-99; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Las caracteristicas de los Bonos del Tesoro Publico - Decreto Supremo Nº 126-98-EF, modificadas por el Decreto de Urgencia Nº 034-99, seran las siguientes: a. El valor nominal de cada MORDAZA sera US$ 10 000,00 (DIEZ MIL y 00/100 DOLARES AMERICANOS). b. Redituaran interes equivalente a la LIBOR a seis meses + 3%, pagadera semestralmente, a partir de la fecha de colocacion de los bonos. c. El pago de los intereses se realizara por semestre calendario vencido a partir del primer dia util siguiente a la fecha de vencimiento. d. Negociables. e. Registrados mediante anotacion en cuenta. Articulo 2º.- La fecha de colocacion de los bonos sera la misma que la fecha de registro en el Sistema de Anotaciones en Cuenta, debiendo el fiduciario del Programa senalado en el Articulo 1º del Decreto de Urgencia Nº 034-99 remitir al Ministerio de Economia y Finanzas dentro de los tres dias utiles de efectuada la colocacion un detalle de la misma, con indicacion de su fecha, monto y adquirente. Articulo 3º.- La Direccion General de Credito Publico del Ministerio de Economia y Finanzas atendera el servicio de la deuda generada por la colocacion de los Bonos del Tesoro Publico a que se refiere el Decreto de Urgencia Nº 034-99, con cargo a las previsiones presupuestales correspondientes. Articulo 4º.- Apruebase el Reglamento Operativo del Programa de Consolidacion Patrimonial, el mismo que como Anexo 1 forma parte integrante del presente dispositivo legal. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA JOY WAY MORDAZA Ministro de Economia y Finanzas 8499
CONACINE

EDUCACION
Aprueban el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del CONACINE
DECRETO SUPREMO Nº 007-99-ED EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Legislativo Nº 757, Ley MORDAZA para el Crecimiento de la Inversion Privada, en concordancia con el Reglamento de las Disposiciones sobre Seguridad Juridica en materia Administrativa contenidas en dicha Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 094-92-PCM, se ha establecido la obligatoriedad, para todas las entidades de la Administracion Publica, de actualizar, aprobar y publicar anualmente sus correspondientes Textos Unicos de Procedimientos Administrativos - TUPA; Que, es necesario aprobar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA- del Consejo Nacional de Cinematografia - CONACINE; Que, de conformidad con el Articulo 22º del Decreto Legislativo Nº 757, se deben aprobar, por Decreto Supremo del sector correspondiente, los respectivos Textos Unicos de Procedimientos Administrativos - TUPA- de las entidades de la Administracion Publica dependientes del Gobierno Central; Que, del Consejo Nacional de Cinematografia - CONACINE, constituye un Organismo dependiente del Ministerio de Educacion, segun lo establecido por el Articulo 5º de la Ley Nº 26370, Ley de Cinematografia Peruana; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 757, Ley MORDAZA para el Crecimiento de la Inversion Privada y el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Consejo Nacional de Cinematografia - CONACINE, correspondiente al ano 1999, en los terminos del anexo que forma parte integrante del presente Decreto Supremo y que sera de estricto cumplimiento en las dependencias de dicho Organismo. Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Educacion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticinco dias del mes de junio de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion

TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - MORDAZA
Consejo Nacional de Cinematografia CONACINE
SECTOR : Ministerio de Educacion (Art. 5° de la Ley de Cinematografia Peruana N° 26370) Entidad : Organo Desconcentrado del INC (Art. 2° del Reglamento de la Ley de Cinematografia Peruana D.S. Nº 042-95-ED)
N° DE ORD. DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO REQUISITOS

Ano: 1999

CALIFICACION DERECHO DEPENDENCIA AUTORIDAD QUE AUTORIDAD DE PAGO APROBA- EVALUACION NO DONDE SE INICIA APRUEBA EL QUE RESUELVE CION REGUEL TRAMITE TRAMITE EL RECURSO AUTO- POSI- NEGA- LADO IMPUGNATIVO TIVO MATICA TIVO

1

Inscripcion en Registro Cinematografico Nacional de profesionales cinematograficos

- Ficha de Inscripcion segun formato del CONACINE - Curriculum Vitae del interesado - MORDAZA actualizada de afiliacion a entidad registrada en el CONACINE - Boleta de Pago efectuada en el Banco de la Nacion en cuenta corriente del CONACINE N° 0000-244538

UIT: 1.79%

X

Mesa de Partes del CONACINE

Secretario Ejecutivo

Presidente del CONACINE

2

Inscripcion en Registro Cinematografico Na- - Ficha de Inscripcion segun formato del CONACINE cional de Personas Juridicas Cinematograficas - MORDAZA autenticada por fedatario de la Escritura de Constitucion Social de la persona juridica - Boleta de Pago efectuada en el Banco de la Nacion en cuenta corriente del CONACINE N° 0000-244538 Certificado de Inscripcion en Registro Cinematografico Nacional de Contratos de Coproduccion Cinematograficos - Solicitud dirigida al Presidente del CONACINE en Formulario Unico de Tramite - MORDAZA simple del contrato suscrito - Fotocopia simple de la Libreta Electoral o DNI de los firmantes nacionales - Fotocopia simple de los poderes de quienes acrediten su firma en el contrato - Boleta de Pago efectuada en el Banco de la Nacion en cuenta corriente del CONACINE N° 0000-244538 - Solicitud dirigida al Presidente del CONACINE en Formulario Unico de Tramite - Material Audiovisual a archivarse

UIT: 5.36%

X

Mesa de Partes del CONACINE

Secretario Ejecutivo

Presidente del CONACINE

3

UIT: 5.36%

X

Mesa de Partes del CONACINE

Secretario Ejecutivo

Presidente del CONACINE

4

Registro de Obra Cinematografica en el Archivo Audiovisual del CONACINE

UIT: 0.045% por cada Kg. de film

X

Mesa de Partes del CONACINE

Secretario Ejecutivo

Presidente del CONACINE

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