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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE MARZO DEL AÑO 1999 (02/03/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 10

Pág. 170398 NORMAS LEGALES Lima, martes 2 de marzo de 1999 IV. ALCANCE Los señores Magistrados y personal administrativo del Centro de Distribución General o según sea el caso, de Mesa de Partes de la Corte Superior de Justicia de Lima. V. NORMAS V.1.- Cuando por ante el Centro de Distribución Gene- ral, se presente la situación antes descrita, el personal encargado recepcionará las demandas y las distribuirá según corresponda anexando el reporte correspondiente, donde conste el/o los ingresos anteriores, poniendo el hecho, además, en conocimiento del administrador del Centro de Distribución General, quien también a su vez, lo comunicará de inmediato, a los señores Magistrados que conocerán dichas pretensiones. V.2.- Sin perjuicio de lo anterior, la administración del Centro de Distribución General, tomará las providencias del caso, haciendo de conocimiento del público usuario, la responsabilidad que entraña dicho proceder, debiendo habilitar como medida preventiva, avisos en lugares visi- bles del C.D.G. V.3.- Los señores Magistrados, cuando en el desarrollo de los procesos, les sea comunicada o adviertan esta circunstancia, además del cumplimiento de las normas procesales pertinentes, aplicarán de manera estricta las disposiciones contenidas en la Ley Orgánica del Poder Judicial, que prevén sanciones por contravenir los debe- res de buena fe y probidad que debe regir todo Proceso Judicial, poniendo en conocimiento esta situación, del Ministerio Público para los fines pertinentes. V.4.- La aplicación de la presente directiva, será ex- tensiva para todos los Organos Jurisdiccionales de esta Corte Superior, debiendo los señores Magistrados acatar y hacer cumplir al personal jurisdiccional y administrati- vo a su cargo, su estricta observancia. Lima, 26 de febrero de 1999 PEDRO ADRIAN INFANTES MANDUJANO Presidente Corte Superior de Justicia de Lima 2829 Crean el Coro Polifónico de la Corte Superior de Justicia de Lima RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 036-99-P-CSJL-PJ Lima, 26 de febrero de 1999 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, dentro de la política de gobierno de esta Corte Superior, es necesario fomentar y cultivar las cualidades artísticas de los Magistrados y trabajadores que prestan servicio en esta Corte, siendo necesario para ello contar con las organizaciones que permitan cumplir con dicho objetivo; Que, en orden a lo anteriormente expuesto, es propicia la formación de un Coro Polifónico, conformado por Ma- gistrados y trabajadores de esta Corte Superior, quienes con la orientación técnica de un Director de Coro, puedan desarrollar el cultivo del canto y la música y de esa forma lograr el equilibrio espiritual que necesita el Magistrado o trabajador, para el mejor desempeño de sus actividades; Que, el canto, la música y cualquier otra manifestación artística, practicada o realizada por personal de esta Superior Corte, además de los fines a que se hace referen- cia en el considerando precedente, busca proyectar hacia la comunidad, una presencia activa, distinta de la jurisdic- cional pero que contribuya al enriquecimiento, difusión y fomento de la cultura; Que, asimismo el Coro Polifónico permitirá cumplir con actividades cívicas y culturales de la Corte, tales como el día del Juez, de la Madre y el Padre, así como en eventos afines a esta Corte Superior, como son el aniversario de su creación, apertura del año judicial y otros acontecimien- tos artísticos. Del mismo modo, participará de las invita-ciones sean de otras Cortes Superiores, como de organis- mos estatales y/o particulares, incluyendo su participa- ción en eventos nacionales o internacionales; Que, en uso de las facultades conferidas por los incisos 3) y 9) del Artículo 90º de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Créase el Coro Polifónico de la Corte Superior de Justicia de Lima, conformada por Magistrados y trabajadores de la Corte Superior de Lima. Artículo Segundo.- El Coro Polifónico, estará con- formado por un número de integrantes no menor de cuarenta voces, entre tenores, bajos, sopranos y contral- tos, quienes podrán intervenir en las ceremonias oficiales, tales como apertura del año judicial, día de la Madre, del Padre, día del Juez, aniversario de la Corte, invitación de otras Cortes Superiores o de otros organismos particula- res o estatales, así como en concursos corales nacionales o extranjeros u otros sucesos artísticos organizados por el Poder Judicial, siempre que ello no interfiera en sus labores o cuenten con la debida autorización o licencia, de lo cual tendrá conocimiento el Presidente de la Corte. Artículo Tercero.- Disponer, la conformación de una Comisión integrada por los señores Magistrados miem- bros del Gabinete de Asesoramiento de la Presidencia, así como de la Oficina de Imagen Institucional y Magistrados a designar, la misma que estará presidida por el doctor Durbin Garrote Amaya, que se encargará de elaborar el reglamento del Coro a crearse, seleccionar al profesional encargado de su dirección, así como inscribirán a los aspirantes. Para el cumplimiento de tal fin, deberán presentar un plan de trabajo y un programa de activida- des a desarrollar durante el año judicial, estando faculta- dos para que, en representación de esta Corte Superior coordinen con los diferentes estamentos administrativos que permitan la implementación, equipamiento, ensayos y todo aquello que coadyuve a su materialización. Artículo Cuarto.- Disponer el reconocimiento de esta Corte Superior, a los integrantes del Coro Polifónico a crearse y en su oportunidad cuando se encuentre en ejecución, deberá ser anotada su participación como mé- rito en sus legajos personales. Artículo Quinto.- Poner la presente Resolución Ad- ministrativa en conocimiento de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, de la Secretaría Ejecutiva de la misma, de la Oficina de Control de la Magistratura, la Gerencia Central de la Reforma, de la Gerencia General del Poder Judicial y de la Administración de la Corte, para los fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO ADRIAN INFANTES MANDUJANO Presidente Corte Superior de Justicia de Lima 2827 Designan vocales de salas penales cor- porativas para procesos ordinarios con reos libres y en cárcel RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 0139-99-P-CSJL Lima, 26 de febrero de 1999 VISTO Y CONSIDERANDO: Que el Presidente de la Corte Superior de Justicia es la máxima autoridad del Distrito Judicial a su cargo y asume competencia administrativa siendo responsable del cumplimiento de las disposiciones administrativas dictadas para la mejor organización y funcionamiento de los órganos jurisdiccionales que conforman su Distrito Judicial, de conformidad con lo señalado por el Art. 2º de la Resolución Administrativa Nº 074-CME-PJ; Que, es pertinente impulsar el dinamismo dentro de la Segunda Sala Corporativa Penal para Procesos Ordina- rios con Reos Libres, atendiendo a que conocerán de los