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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE MARZO DEL AÑO 1999 (02/03/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 2

Pág. 170390 NORMAS LEGALES Lima, martes 2 de marzo de 1999 Artículo 5º.- El presente Decreto de Urgencia será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, el primer día del mes de marzo de mil novecientos noventa y nueve. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas FELIPE GARCIA ESCUDERO Ministro de Educación 2841 Autorizan crédito suplementario en el Presupuesto del Sector Público 1998 para la emisión de bonos DECRETO DE URGENCIA Nº 008-99 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26892 - Ley de Equilibrio Finan- ciero del Presupuesto del Sector Público para 1998, se autorizó en su Artículo 6º al Gobierno Central a emitir bonos hasta por un monto que no exceda de TRES MIL MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 000 000 000,00); Que, en aplicación a lo dispuesto por el artículo que se menciona en el considerando precedente, se ha autoriza- do mediante Decretos Supremos Nºs. 114 y 126-98-EF la emisión de bonos del Tesoro Público ascendente a TRES- CIENTOS MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICA- NOS (US$ 300 000 000,00), para que las empresas múlti- ples del Sistema Financiero puedan transferir al Ministe- rio de Economía y Finanzas parte de su portafolio reci- biendo a cambio dichos bonos; Que, de acuerdo a lo dispuesto por los dispositivos mencionados en el párrafo precedente, la Dirección Gene- ral del Tesoro Público ha emitido Bonos ascendentes a CINCUENTA MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 50 967 000,00), según Contrato de Trasferencia Temporal de Derechos a Cambio de Bonos y Fideicomiso de Cobran- za, suscrito entre la Corporación Financiera de Desarro- llo - COFIDE en representación del Ministerio de Econo- mía y Finanzas y el Banco Latino; Que, en el Presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas aprobado por la Ley Nº 26894 -Ley de Presu- puesto del Sector Público para 1998-, no se consideraron los recursos de la operación antes indicada; Que, es necesario incorporar en el Presupuesto del Gobierno Central, Pliego 009 Ministerio de Economía y Finanzas, los recursos financieros necesarios que permi- tan la emisión de Bonos hasta por CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MILLONES QUINIENTOS VEINTISEIS MIL SETECIENTOS DIEZ Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 159 526 710,00), equivalente a la cantidad a que se refiere el tercer considerando del presente dispositivo; En uso de las facultades conferidas por el inciso 19) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Autorízase, en vía de regularización, un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Pú- blico para el Año Fiscal 1998, hasta por la suma de CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MILLONES QUI- NIENTOS VEINTISEIS MIL SETECIENTOS DIEZ Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 159 526 710,00); así como ala Dirección Nacional del presupuesto Público y a la Dirección General del Tesoro Público a calendarizar y girar respectivamente el monto indicado, de acuerdo al siguiente detalle: (EN NUEVOS SOLES) INGRESOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO 00:RECURSOS ORDINARIOS 4.0.0 :FINANCIAMIENTO 4.1.0 :Operaciones Oficiales de Crédito 4.1.1 :Operaciones Oficiales de Crédito Interno 4.1.1.004 :Operaciones Oficiales de Crédito Interno - Bonos del Tesoro Público 159 526 710,00 TOTAL INGRESOS 159 526 710,00 ============ EGRESOS SECCION PRIMERA :GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 009 :MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS UNIDAD EJECUTORA 001 :ADMINISTRACION GENERAL FUNCION 03:ADMINISTRACION Y PLANEAMIENTO PROGRAMA 003 :ADMINISTRACION SUBPROGRAMA 0006 :ADMINISTRACION GENERAL ACTIVIDAD 00267 :GESTION ADMINISTRATIVA 6. GASTOS DE CAPITAL 159 526 710,00 6. Inversiones Financieras 159 526 710,00 TOTAL EGRESOS 159 526 710,00 ============ Artículo 2º.- El presente Decreto de Urgencia será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, el primer día del mes de marzo de mil novecientos noventa y nueve. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas 2842 P C M Autorizan viaje de Asesora de PROM- PEX a México para que participe en evento del CODEX sobre frutas y hor- talizas frescas RESOLUCION SUPREMA Nº 102-99-PCM Lima, 27 de febrero de 1999 Visto el Oficio Nº 009-99-PROMPEX/SG del Secreta- rio General (e) de la Comisión para la Promoción de Exportaciones - PROMPEX; y, CONSIDERANDO: Que, la Comisión para la Promoción de Exportaciones - PROMPEX, ha programado la participación del Perú en la 8va. Reunión del Comité del CODEX sobre Frutas y Hortalizas Frescas a realizarse en la ciudad de México DF del 1 al 5 de marzo de 1999; Que, para tal efecto, se ha considerado pertinente designar a un representante de la Comisión para la Promoción de Exportaciones - PROMPEX, para que par- ticipe en el mencionado evento, a fin de reforzar y facilitar en el país el proceso de armonización de procedimientos, normas y directrices en materia de inocuidad de los productos antes mencionados para el comercio nacional e internacional;