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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE MARZO DEL AÑO 1999 (02/03/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

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Pág. 170403 NORMAS LEGALES Lima, martes 2 de marzo de 1999 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Aprueban normas que regulan el comercio en la vía pública, en el mar- co del proceso de formalización en el distrito ORDENANZA Nº 005-99-MDMM Magdalena del Mar, 1 de marzo de 1999 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad de Magdalena del Mar, está facultada según el numeral 3 del Artículo 68º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, a controlar y regular el comercio en la vía pública; Que, se han recibido una gran cantidad de denuncias y quejas por parte de los vecinos, sobre la incomodidad que genera el comercio informal en el distrito; Que, los actos de comercio que se ejecutan en la vía pública del distrito de Magdalena del Mar y especial- mente en los alrededores del Mercado Municipal, contri- buyen de manera alarmante a crear una imagen de desorden y desorganización de nuestro distrito, lo cual atenta contra el ornato, dificulta la limpieza y ocasiona el deterioro de la infraestructura física; Que esta actividad ha traído como consecuencia la congestión poblacional y vehicular. Además ha propiciado la proliferación de la delincuencia común y otras lacras sociales, perjudicando la actividad del comercio formal; Que el gobierno municipal se ha propuesto crear las condiciones para optimizar los servicios; recuperar, res- taurar, desarrollar el distrito, brindando las condiciones esenciales de orden y seguridad a nuestros vecinos y visitantes; Que por Acuerdo de Concejo Nº 016-99-MDMM de fecha 23 de febrero de 1999, publicado el 26 del mismo mes en el Diario Oficial El Peruano, se decidió por unanimidad la reorganización del comercio ambulatorio; Estando a lo dispuesto y en uso de las facultades conferidas por los Arts. 181º y 192º, de la Constitución Política del Perú, concordantes con las establecidas en el numeral 3 del Art. 36º y el Art. 109º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853;POR CUANTO: El Concejo en sesión extraordinaria, celebrada el día 1 de marzo del año 1999 con dispensa del trámite de aprobación de acta aprobó por unanimidad la siguiente ordenanza: ORDENANZA SOBRE LAS DISPOSICIONES QUE REGULAN EL COMERCIO EN LA VIA PUBLICA, EN EL MARCO DEL PROCESO DE FORMALIZACION EN EL DISTRITO DE MAGDALENA DEL MAR Artículo 1º.- De conformidad a lo acordado en Sesión de Concejo de fecha 23 de febrero de 1999 queda DERO- GADA la Ordenanza Municipal Nº 001-96-A-MDMM de fecha 19 de abril de 1996, publicada el 26 de mayo de 1996 en el Diario Oficial El Peruano, así como todas las normas y demás disposiciones que se opongan a la presente ordenanza, quedando en consecuencia sin efecto cual- quier autorización otorgada para el uso de la vía pública en la jurisdicción del distrito de Magdalena del Mar. Artículo 2º.- Declarar en reorganización el comercio en la vía pública dentro del distrito de Magdalena del Mar. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Artículo 1º.- Otórguese hasta el 31 de diciembre del año 1999 las facilidades requeridas que permitan la acti- vidad comercial en locales de propiedad privada a los comerciantes informales debidamente acreditados que comuniquen su voluntad de formalizarse y se reubiquen en dichos locales. Artículo 2º.- A partir de la vigencia de la presente ordenanza, quedan sin efecto todas las autorizaciones y licencias otorgadas a establecimientos para la guardianía diurna y/o nocturna de triciclos, carretas, kioskos y simi- lares, así como cualquier elemento dedicado al comercio ambulatorio. Facúltese a los establecimientos autoriza- dos a solicitar el cambio de giro sin costo alguno durante 90 días. Artículo 3º.- A partir de la vigencia de la presente ordenanza, no se autorizará ni renovará licencias de funcionamiento con el giro de guardianía diurna y/o noc- turna de triciclos, carretas, kioskos y similares, así como cualquier elemento dedicado al comercio ambulatorio. DISPOSICION FINAL La presente ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Perua- no. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN DOMINGO NUÑEZ STOLAR Alcalde 2814Tabla de Factores de Actualización para el Beneficio de Regularización Tributaria Municipal Reajustada al 28 de febrero de 1999 (Aprobada por Ordenanza Nº 111 y ampliada por Ordenanza Nº 123) MES 1986 1987 1988 1989 1990 1991 1992 1993 1994 1995 1996 1997 ENE 171795.39 149996.57 47224.67 3182.95 251.78 5.67 3.39 2.28 1.79 1.49 1.27 1.13 FEB 171795.39 145794.59 41552.97 2480.33 222.23 5.37 3.29 2.21 1.77 1.47 1.26 1.12 MAR 171795.39 138694.26 33960.89 1813.39 135.56 5.09 3.15 2.17 1.72 1.45 1.26 1.11 ABR 171795.39 131057.28 26368.83 1439.08 109.75 4.86 3.02 2.12 1.70 1.42 1.26 MAY 171671.90 120069.81 18776.75 1229.81 62.66 4.62 2.90 2.08 1.67 1.40 1.23 JUN 171548.41 106695.28 16619.65 1078.05 42.27 4.44 2.80 2.05 1.65 1.39 1.21 JUL 171424.93 97029.37 14538.46 946.00 17.05 4.25 2.69 2.00 1.61 1.37 1.21 AGO 171301.44 87363.60 11325.45 762.55 8.52 4.07 2.60 1.97 1.59 1.35 1.20 SET 170127.47 77697.75 8323.31 523.80 7.29 3.91 2.53 1.92 1.57 1.33 1.19 OCT 166144.77 71522.97 5974.83 488.58 6.80 3.78 2.48 1.89 1.55 1.31 1.16 NOV 160401.61 65162.73 4473.22 409.64 6.37 3.64 2.40 1.86 1.52 1.30 1.15 DIC 156292.34 58206.49 3770.58 330.71 5.99 3.51 2.35 1.82 1.50 1.28 1.15 2812