Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 1999 (02/03/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, martes 2 de marzo de 1999

NORMAS LEGALES

Pag. 170403

Tabla de Factores de Actualizacion para el Beneficio de Regularizacion Tributaria Municipal Reajustada al 28 de febrero de 1999 (Aprobada por Ordenanza Nº 111 y ampliada por Ordenanza Nº 123) MES ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SET OCT NOV DIC 1986 171795.39 171795.39 171795.39 171795.39 171671.90 171548.41 171424.93 171301.44 170127.47 166144.77 160401.61 156292.34 1987 149996.57 145794.59 138694.26 131057.28 120069.81 106695.28 97029.37 87363.60 77697.75 71522.97 65162.73 58206.49 1988 47224.67 41552.97 33960.89 26368.83 18776.75 16619.65 14538.46 11325.45 8323.31 5974.83 4473.22 3770.58 1989 3182.95 2480.33 1813.39 1439.08 1229.81 1078.05 946.00 762.55 523.80 488.58 409.64 330.71 1990 251.78 222.23 135.56 109.75 62.66 42.27 17.05 8.52 7.29 6.80 6.37 5.99 1991 5.67 5.37 5.09 4.86 4.62 4.44 4.25 4.07 3.91 3.78 3.64 3.51 1992 3.39 3.29 3.15 3.02 2.90 2.80 2.69 2.60 2.53 2.48 2.40 2.35 1993 2.28 2.21 2.17 2.12 2.08 2.05 2.00 1.97 1.92 1.89 1.86 1.82 1994 1.79 1.77 1.72 1.70 1.67 1.65 1.61 1.59 1.57 1.55 1.52 1.50 1995 1.49 1.47 1.45 1.42 1.40 1.39 1.37 1.35 1.33 1.31 1.30 1.28 1996 1997 1.27 1.13 1.26 1.12 1.26 1.11 1.26 1.23 1.21 1.21 1.20 1.19 1.16 1.15 1.15

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MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Aprueban normas que regulan el comercio en la via publica, en el MORDAZA del MORDAZA de formalizacion en el distrito
ORDENANZA Nº 005-99-MDMM MORDAZA MORDAZA, 1 de marzo de 1999 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA, esta facultada segun el numeral 3 del Articulo 68º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, a controlar y regular el comercio en la via publica; Que, se han recibido una gran cantidad de denuncias y quejas por parte de los vecinos, sobre la incomodidad que genera el comercio informal en el distrito; Que, los actos de comercio que se ejecutan en la via publica del distrito de MORDAZA MORDAZA y especialmente en los alrededores del MORDAZA Municipal, contribuyen de manera alarmante a crear una imagen de desorden y desorganizacion de nuestro distrito, lo cual atenta contra el ornato, dificulta la limpieza y ocasiona el deterioro de la infraestructura fisica; Que esta actividad ha traido como consecuencia la congestion poblacional y vehicular. Ademas ha propiciado la proliferacion de la delincuencia comun y otras lacras sociales, perjudicando la actividad del comercio formal; Que el gobierno municipal se ha propuesto crear las condiciones para optimizar los servicios; recuperar, restaurar, desarrollar el distrito, brindando las condiciones esenciales de orden y seguridad a nuestros vecinos y visitantes; Que por Acuerdo de Concejo Nº 016-99-MDMM de fecha 23 de febrero de 1999, publicado el 26 del mismo mes en el Diario Oficial El Peruano, se decidio por unanimidad la reorganizacion del comercio ambulatorio; Estando a lo dispuesto y en uso de las facultades conferidas por los Arts. 181º y 192º, de la Constitucion Politica del Peru, concordantes con las establecidas en el numeral 3 del Art. 36º y el Art. 109º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853;

POR CUANTO: El Concejo en sesion extraordinaria, celebrada el dia 1 de marzo del ano 1999 con dispensa del tramite de aprobacion de acta aprobo por unanimidad la siguiente ordenanza: ORDENANZA SOBRE LAS DISPOSICIONES QUE REGULAN EL COMERCIO EN LA VIA PUBLICA, EN EL MORDAZA DEL MORDAZA DE FORMALIZACION EN EL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA Articulo 1º.- De conformidad a lo acordado en Sesion de Concejo de fecha 23 de febrero de 1999 queda DEROGADA la Ordenanza Municipal Nº 001-96-A-MDMM de fecha 19 de MORDAZA de 1996, publicada el 26 de MORDAZA de 1996 en el Diario Oficial El Peruano, asi como todas las normas y demas disposiciones que se opongan a la presente ordenanza, quedando en consecuencia sin efecto cualquier autorizacion otorgada para el uso de la via publica en la jurisdiccion del distrito de MORDAZA del Mar. Articulo 2º.- Declarar en reorganizacion el comercio en la via publica dentro del distrito de MORDAZA del Mar. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Articulo 1º.- Otorguese hasta el 31 de diciembre del ano 1999 las facilidades requeridas que permitan la actividad comercial en locales de propiedad privada a los comerciantes informales debidamente acreditados que comuniquen su voluntad de formalizarse y se reubiquen en dichos locales. Articulo 2º.- A partir de la vigencia de la presente ordenanza, quedan sin efecto todas las autorizaciones y licencias otorgadas a establecimientos para la guardiania diurna y/o nocturna de triciclos, carretas, kioskos y similares, asi como cualquier elemento dedicado al comercio ambulatorio. Facultese a los establecimientos autorizados a solicitar el cambio de giro sin costo alguno durante 90 dias. Articulo 3º.- A partir de la vigencia de la presente ordenanza, no se autorizara ni renovara licencias de funcionamiento con el giro de guardiania diurna y/o nocturna de triciclos, carretas, kioskos y similares, asi como cualquier elemento dedicado al comercio ambulatorio. DISPOSICION FINAL La presente ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA STOLAR MORDAZA 2814

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