Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 1999 (07/03/1999)


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DIARIO OFICIAL

FUNDADO EN 1825

POR EL

LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

Director: MORDAZA MORDAZA Orbegozo

NORMAS LEGALES
"ANO DE LA ACTIVIDAD TURISTICA INTERNA"

http://www.editoraperu.com.pe Pag. 170805

MORDAZA, MORDAZA 7 de marzo de 1999

ANO XVII - Nº 6830

PCM

AGRICULTURA

Autorizan viaje de representante de Determinan como eriazo e incorporan PROMPERU a Ecuador para participar al dominio del Estado predio ubicado en exposicion "Mujeres Artesanas por en la provincia de Chincha la Paz" RESOLUCION MINISTERIAL
RESOLUCION SUPREMA Nº 124-99-PCM MORDAZA, 5 de marzo de 1999 Vista la Carta Nº SE.094-99 de la Secretaria Ejecutiva de la Comision de Promocion del Peru - PROMPERU; CONSIDERANDO: Que, la Comision de Promocion del Peru - PROMPERU, tiene previsto participar en la exposicion-venta "Mujeres Artesanas por la Paz" que se realizara en la MORDAZA de MORDAZA, Ecuador, del 8 al 22 de marzo de 1999, dentro del MORDAZA de la celebracion del "Dia Internacional de la Mujer", evento que busca promover la consolidacion MORDAZA y la calidad de MORDAZA de las mujeres de ambos paises, promoviendo el intercambio cultural y el trabajo artesanal de las mujeres peruanas y ecuatorianas, creando nuevos espacios de comercializacion para sus productos; Que, en tal sentido resulta pertinente la designacion de un representante de la Comision de Promocion del Peru - PROMPERU, para que participe en dicho evento; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Supremo Nº 053-84-PCM, Decreto Supremo Nº 074-85-PCM, Decreto Supremo Nº 010-88PCM, Decreto Supremo Nº 135-90-PCM, Decreto Supremo Nº 037-91-PCM, Decreto Supremo Nº 031-89-EF y Decreto Supremo Nº 041-94-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior del senor MORDAZA Ferguson MORDAZA del Area de Cultura y Promocion Academica de la Comision de Promocion del Peru - PROMPERU, a la MORDAZA de MORDAZA, Ecuador, del 7 al 9 de marzo de 1999, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente resolucion seran con cargo del presupuesto de la Unidad Ejecutora 002 Comision de Promocion del Peru - PROMPERU del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, de acuerdo al siguiente detalle: Senor MORDAZA Ferguson MORDAZA - Viaticos : US$ 306.80 - Pasaje : US$ 400.00 - Tarifa Corpac : US$ 25.00 Articulo 3º.- La presente resolucion no da derecho a exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 3119 Nº 0183-99-AG MORDAZA, 2 de marzo de 1999 VISTO: El expediente administrativo sobre adjudicacion de terrenos eriazos habilitados para la actividad agropecuaria, ubicados en el distrito de Alto Laran, provincia de Chincha, departamento de Ica. CONSIDERANDO: Que don MORDAZA Magallanes MORDAZA mediante escrito de 21 de MORDAZA de 1998, de fojas 01, solicita la adjudicacion del predio MORDAZA denominado "San Manuel" de 2.9257 ha. con Unidad Catastral Nº 10945, ubicado en el distrito de Alto Laran, provincia de Chincha, departamento de Ica, en aplicacion del Articulo 17º del Reglamento de la Ley Nº 26505, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-97-AG; Que corre a fojas 12, el Informe Tecnico Nº 660-98-CTARDSRAG-I-PETT-CR, de 30 de setiembre de 1998, correspondiente a la inspeccion ocular de fecha 31 de MORDAZA de 1998, que establece que el recurrente viene conduciendo el predio desde hace 12 anos habilitandolo en su totalidad a la agricultura, constatandose la existencia de 60 plantas de MORDAZA de una antiguedad entre 5 y 8 anos, 50 plantones de palto, 40 plantas de vid de la variedad quebranta, 10 plantas de pacae y 10 MORDAZA, ubicadas en superficies colindantes con las acequias de regadio; Que el mismo informe senala que los recursos hidricos que utiliza el predio son de origen exclusivamente temporal, encontrandose circundando por la acequia regadera de MORDAZA Noco y la acequia regadera del fundo "El Olivo", precisando ademas que el predio no ha sido materia de reversion y/o adjudicacion a persona natural o empresa alguna, adjuntandose el plano catastral y memoria descriptiva del inmueble; Que asimismo, obra a fojas 16, el Informe Legal Nº 30898-OAJ, de 14 de octubre de 1998, segun el cual, sobre el predio materia de procedimiento no existe controversia judicial, el recurrente lo conduce en forma directa y pacifica y no ha sido procesado con fines de reversion y/o incorporado al dominio del Estado; Que por consiguiente, don MORDAZA Magallanes MORDAZA cumple con los presupuestos del Articulo 17º del Reglamento de la Ley Nº 26505, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-97-AG, al haber habilitado el predio para la actividad agraria con anterioridad a la publicacion de la Ley Nº 26505, 18 de MORDAZA de 1995, los terrenos eriazos objeto de solicitud; Estando a lo dictaminado por la Oficina de Asesoria Juridica y de conformidad con la Ley Organica del Ministerio de Agricultura, dada por Decreto Ley Nº 25902; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Determinar como eriazo e incorporar al dominio del Estado la superficie de 2.9257 ha. del predio

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