Norma Legal Oficial del día 22 de mayo del año 1999 (22/05/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 22 de MORDAZA de 1999

Auspician la IV Edicion de la Feria Internacional del Libro de MORDAZA - FIL-LIMA '99
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 422-99-ED MORDAZA, 14 de MORDAZA de 1999 Visto el Expediente Nº 08422-99, presentado por don MORDAZA Cappelletti MORDAZA, Presidente de la Camara Peruana del Libro, mediante el cual solicita el MORDAZA del Ministerio de Educacion para la celebracion de la IV Edicion de la Feria Internacional del Libro de MORDAZA - FIL-LIMA '99; CONSIDERANDO: Que, es politica del sector promover, difundir y apoyar la labor de instituciones de la sociedad civil que contribuyan con la educacion peruana y con la cultura en general; Que, la Camara Peruana del Libro es una institucion gremial y cultural que promueve y difunde a traves de la Feria Internacional del Libro de MORDAZA las creaciones literarias y cientificas nacionales y extranjeras, los habitos de lectura y escritura, asi como el fomento de la industria editora peruana, apoyando el desarrollo cultural; Estando a lo opinado por la Unidad de Promocion Escolar de Cultura y Deporte mediante el Informe Nº 022-EE-UPECUD-99 y la visacion de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510 y los Decretos Supremos Nºs. 051-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Auspiciar la IV Edicion de la Feria Internacional del Libro de MORDAZA - FIL-LIMA '99, a desarrollarse en la MORDAZA de MORDAZA del 24 de junio al 4 de MORDAZA del presente ano, en el local de la Feria Internacional del MORDAZA, sito en la avenida La MORDAZA Nº 2355 del distrito de San Miguel. Articulo 2º.- Culminada la IV Feria Internacional del Libro 1999, los responsables de la Camara Peruana del Libro presentaran un informe a la Unidad de Promocion Escolar de Cultura y Deporte del Ministerio de Educacion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion 6626

Jaihua, del distrito y provincia de Casma, en el departamento de MORDAZA, efectuada por SERMIJO "Servicios Mineros MORDAZA Otoya", representada por su gerente MORDAZA Otoya Villalva; Que, mediante Resolucion Directoral de fecha 18 de febrero de 1999, se dejo sin efecto la Resolucion Directoral de fecha 11 de diciembre de 1998, en la parte que senala como responsable de la extraccion de mineral sin derecho alguno en agravio del Estado a SERMIJO "Servicios Mineros MORDAZA Otoya", siendo el correcto SERMIJO E.I.R.LTDA.; Que, del estudio y analisis de los actuados administrativos se infiere que existen indicios razonables, de la comision de delito en agravio del Estado, por lo que es necesario autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Energia y Minas, para que formule la correspondiente denuncia penal y demas acciones legales pertinentes contra SERMIJO E.I.R.LTDA.; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, Decreto Ley Nº 25962 y Articulos 20º y 21 de su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 027-93-EM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Energia y Minas, para que en nombre y representacion del Estado, formule denuncia penal y demas acciones legales pertinentes contra SERMIJO E.I.R.LTDA., por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Remitase al referido Procurador Publico los antecedentes de la presente resolucion con transcripcion de la misma, para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HOKAMA Ministro de Energia y Minas 6658

Modifican el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 211-99-EM/SG MORDAZA, 18 de MORDAZA de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 024-98-EM, se actualizo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Ministerio de Energia y Minas; Que, mediante R.M. Nº 570-98-EM/SG, se eliminaron y en otros casos se modificaron algunos procedimientos administrativos del referido TUPA; Que, es necesario modificar el Item Nº 001 del mencionado MORDAZA, cuyo procedimiento se denomina: "Copias de documentos y planos"; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 22º del Decreto Legislativo Nº 757 - Ley MORDAZA para el Crecimiento de la Inversion Privada, el inciso b) del Articulo 34º del reglamento de las disposiciones sobre Seguridad Juridica en materia administrativa contenidas en el Titulo IV del Decreto Legislativo Nº 757 aprobado por Decreto Supremo Nº 094-92-PCM y el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Modificar el Item Nº 001 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos -TUPA- del Ministerio de Energia y Minas, el que quedara redactado de acuerdo al texto que se senala en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HOKAMA Ministro de Energia y Minas

ENERGIA Y MINAS
Autorizan a procurador formular denuncia penal por extraccion de mineral no metalico en concesion ubicada en la provincia de Casma
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 205-99-EM/SG MORDAZA, 17 de MORDAZA de 1999 VISTO; el Expediente Nº 1164074, sobre denuncia formulada de oficio por extraccion de mineral no metalico en agravio del Estado dentro de la concesion minera "ESPERANZA", Partida Nº 4649, ubicada en el paraje Jaihua, distrito de Casma, provincia de Casma, departamento de Ancash; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Directoral de fecha 11 de diciembre de 1998, se declaro comprobada la extraccion ilicita de mineral no metalico (caliza dolomitica) en agravio del Estado dentro de la concesion minera metalica "Esperanza" Partida Nº 4649, cuyo titular es S.M.R.L. MORDAZA de MORDAZA, ubicada en el paraje

ANEXO
ITEM DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO Copias certificadas de documentos y planos. Art. 55º, D.S. Nº 002-94-JUS. Art. 35º, D. Leg. Nº 757 REQUISITOS DERECHO DE PAGO - Por carilla - Por plano COSTO (%) UIT 0.15 0.50 Automatico CALIFICACION Evaluacion Positivo Negativo No regulado 3 dias habiles Oficina Responsable de la Evaluacion SG OGRS OTD Autoridad que aprueba el Tramite Segun el caso SG, OGRS, OTD.

001

- Solicitud - Comprobante de pago

SG: Secretaria General OGRS: Oficina General de Recursos y Servicios OTD: Oficina de Tramite Documentario Nota: Todos los tramites se inician en la OTD 6673

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