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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MAYO DEL AÑO 1999 (22/05/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 7

Pág. 173445 NORMAS LEGALES Lima, sábado 22 de mayo de 1999 MITINCI Autorizan viaje de representantes de ZOTAC a Chile, en comisión de servicios RESOLUCION SUPREMA Nº 080-99-ITINCI Lima, 17 de mayo de 1999 CONSIDERANDO: Que, el Artículo 7º de la Ley Nº 26831 autoriza a los usuarios de la Zona de Comercialización de Tacna debidamente registra- dos ante la Administración del CETICOS Tacna y hasta el 31 de diciembre de 1999, el ingreso por el Puesto de Control de Santa Rosa, de las mercancías que se encuentran en la lista de bienes susceptibles de ser comercializados en la Zona de Comercializa- ción de Tacna, hasta el límite de US$ 2,000 por despacho y hasta un máximo de US$ 10,000 por mes, siendo su ingreso a CETICOS TACNA bajo control aduanero y su posterior retiro previo pago del Arancel Especial por parte del comerciante autorizado; Que, para la aplicación de este Arancel Especial, resulta necesario mantener una tabla de valores referenciales debida- mente actualizada, siendo uno de los mecanismos fuente para la obtención de dichos valores, el obtener dicha información en el país de donde se adquieren las mercancías; Que, el Directorio de ZOTAC en su Sesión Ordinaria Nº 333 de fecha 15 de abril de 1999, ha visto por conveniente autorizar el viaje a la Zona Franca de Iquique, Chile, durante el período comprendi- do entre el 17 y el 22 de mayo de 1999, de los trabajadores: JAVIER PEREZ ARCE, RICARDO RAUL SERRUTO y PEDRO VELO PERCCA, a fin que recaben la información requerida; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27013, Ley de Presupuesto del Sector Público, y la Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario, aprobada por Resolución Ministerial Nº 292-98-EF/15 de fecha 1 de enero de 1999; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores JAVIER PE- REZ ARCE, RICARDO RAUL SERRUTO y PEDRO VELO PERC- CA, a la ciudad de Iquique - Chile, del 17 al 22 de mayo de 1999, a fin de recabar información para la actualización de valores referenciales para la aplicación del Arancel Especial. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán de cargo del Comité de Administración de la ZOTAC, de acuerdo al siguiente detalle: Sr. JAVIER PEREZ ARCE Pasaje Aéreo Arica-Iquique-Arica US$ 47.20 (incluida tasa de embarque de ida y retorno más IGV) Viáticos US$ 1000.00 ----------- US$ 1047.20 Sr. RICARDO RAUL SERRUTO Pasaje Aéreo Arica-Iquique-Arica US$ 47.20 (incluida tasa de embarque de ida y retorno más IGV) Viáticos US$ 1000.00 ----------- US$ 1047.20 Sr. PEDRO VELO PERCCA Pasaje Aéreo Arica-Iquique-Arica US$ 47.20 (incluida tasa de embarque de ida y retorno más IGV) Viáticos US$ 1000.00 ----------- US$ 1047.20 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no libera o exonera del pago de impuestos o derechos aduaneros cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Ricardo Márquez Vicepresidente de la República Encargado del Despacho Presidencial DANIEL HOKAMA TOKASHIKI Ministro de Energía y Minas Encargado de la Cartera de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 6744Autorizan viaje de representante del INDECOPI para participar en la III Reunión de la Comisión General de Integración Perú-Argentina RESOLUCION SUPREMA Nº 081-99-ITINCI Lima, 18 de mayo de 1999 Vista la Carta Nº 0347-1999/GEG-INDECOPI del 17 de mayo de 1999, del Gerente General del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual -INDECOPI-; y, CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Buenos Aires, Argentina, se llevará a cabo la III Reunión de la Comisión General de Integración Perú- Argentina del 20 al 21 de mayo de 1999; Que, se ha considerado conveniente la participación de un representante del INDECOPI en dicha reunión; Que, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual -INDECOPI-, financia- rá los gastos de pasaje aéreo, viáticos e impuesto de salida; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27111; el Decreto Supremo Nº 053-84-PCM; el Decreto Supremo Nº 074-85- PCM; el Decreto Supremo Nº 135-90-PCM y el Decreto Ley Nº 25831; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Augusto Gerardo Ruiloba Rossel, Presidente de la Comisión de Reglamentos Téc- nicos y Comerciales del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI-, a la ciudad de Buenos Aires, Argentina del 19 al 22 de mayo de 1999, para los fines expuestos en la parte considerati- va de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del viaje referido en el Artículo 1º de la presente Resolución Suprema, serán asumidos por el Instituto Nacional de Defensa de la Com- petencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual -INDECO- PI-, de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje Aéreo US$ 559,32 Viáticos US$ 400,00 Tarifa Corpac US$ 25,00 --------- TOTAL US$ 984,32 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema, no libera o exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquie- ra fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Ricardo Márquez Vicepresidente de la República Encargado del Despacho Presidencial DANIEL HOKAMA TOKASHIKI Ministro de Energía y Minas Encargado de la Cartera de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 6745 Autorizan viaje de representante del Ministerio para participar en la "III Cum- bre Presidencial Andina", a realizarse en Colombia RESOLUCION SUPREMA Nº 082-99-ITINCI Lima, 21 de mayo de 1999 CONSIDERANDO: Que, del 23 al 28 de mayo de 1999, se llevará a cabo la "III Cumbre Presidencial Andina", que se realizará en la ciudad de Cartagena - Colombia; Que, conforme al Artículo 5º del Decreto Ley Nº 25831, es función del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, formular, dirigir,