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Pág. 173475 NORMAS LEGALES Lima, domingo 23 de mayo de 1999 CONSIDERANDO: Que, dentro del marco de los Acuerdos Bilaterales adop- tados dentro del Acta de la Reunión de Trabajo de los Ministros de Transportes del Perú y Bolivia, suscrita el 28 de noviembre de 1995, en la ciudad de Lima, conducentes a la Rehabilitación de la Carretera Ilo - Desaguadero y a la Construcción del Puente Internacional Desaguadero, se rea- lizarán las coordinaciones y actividades complementarias para el Mejoramiento y/o Rehabilitación de la Infraestruc- tura de Transportes, a cargo del Programa Corredor Vial Interoceánico del Sur - PCVS; Que, es pertinente designar a los funcionarios que asistirán a las reuniones con los representantes del Ministerio de Trans- portes de Bolivia, con la finalidad de concretar los acuerdos adoptados en las actas mencionadas y determinar la ubicación del Puente Internacional Desaguadero; De conformidad con la Ley Nº 27013, Decreto Ley Nº 25862 y Decretos Supremos Nºs. 053-84-PCM, 074-85-PCM, 031-89- EF, 135-90-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los siguientes funciona- rios del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, a la ciudad de La Paz, Bolivia, durante los días 23 al 27 de mayo de 1999, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente resolución: - Ing. Waldo Carreño Meza, Director Ejecutivo Encargado del Programa Corredor Vial Interoceánico del Sur. - Ing. Carola Cuadros Abanto, Gerente Técnico del Progra- ma Corredor Vial Interoceánico del Sur. - Ing. Santiago Chau Novoa, Especialista en Supervisión de la Gerencia Técnica del Programa Corredor Vial Interoceánico del Sur. - Dr. Jorge Ortiz Pasco, Asesor Legal del Proyecto de Reha- bilitación de Transportes. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado prece- dentemente, será con cargo al presupuesto del Programa Corredor Vial Interoceánico del Sur, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 949.40 Viáticos US$ 4,000.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 100.00 Artículo 3º.- La presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Ricardo Márquez Vicepresidente de la República Encargado del Despacho Presidencial VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas Encargado de la Cartera de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 6758 S B S Amplían autorización de funciona- miento de empresa aseguradora para que pueda emitir fianzas RESOLUCION SBS Nº 0273-99 Lima, 19 de abril de 1999 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por Sul América Compañía de Seguros S.A. para que se amplíe su autorización de funciona- miento, a fin de poder emitir fianzas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 1361 de fecha 28 de setiembre de 1954, esta Superintendencia autorizó el funciona-miento de Sud América Terrestre y Marítima S.A. Compañía de Seguros Generales; Que, mediante Resolución SBS Nº 152-85 de fecha 16 de abril de 1985, esta Superintendencia aprobó el cambio de denominación social de la antes mencionada empresa por el de América Terrestre y Marítima S.A. Compañía de Seguros Generales; y, posteriormente, mediante Resolución SBS Nº 367-94 de fecha 2 de junio de 1994 se aprobó el cambio a su actual denominación social; Que, por acuerdo adoptado en la sesión de Directorio realizada el día 18 de diciembre de 1998, Sul América Compañía de Seguros S.A. acordó solicitar a esta Supe- rintendencia la ampliación de su autorización de funcio- namiento a fin de poder emitir fianzas, conforme a lo establecido en el inciso 1) del Artículo 318º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702; Que, Sul América Compañía de Seguros S.A. cumple con la exigencia patrimonial dispuesta en el numeral 3.3 del Capítulo I del Reglamento para la determinación de los requerimientos patrimoniales mínimos que deben acredi- tar las empresas del Sistema de Seguros, aprobado por Resolución SBS Nº 813-97 de fecha 19 de noviembre de 1997; Estando a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Seguros y de Asesoría Jurídica, mediante Informes Nº 004-99- ISB y Nº 0171-99-LEG, respectivamente; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 349º y demás normas aplicables de la Ley General del Sistema Finan- ciero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintenden- cia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702; RESUELVE: Artículo Unico.- Ampliar, a partir de la fecha, la autoriza- ción de funcionamiento de Sul América Compañía de Seguros S.A. a fin de que la mencionada empresa aseguradora pueda emitir fianzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTIN NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros 6723 COMISION DE TARIFAS DE ENERGIA Procedimiento y Cálculo de la Tarifa en Barra, correspondiente a la regu- lación tarifaria del mes de mayo de 1999 RESOLUCION DE LA COMISION DE TARIFAS DE ENERGIA Nº 008-99 P/CTE Lima, 21 de mayo de 1999 LA COMISION DE TARIFAS DE ENERGIA De conformidad con lo establecido en el Artículo 81º de la Ley de Concesiones Eléctricas D.L. Nº 25844 y Artículo 162º de su Reglamento, aprobado mediante D.S. Nº 009-93-EM, y estando a lo acordado por su Consejo Directivo en su Sesión Nº 010-99 de fecha 20 de mayo de 1999; RESUELVE: Artículo Unico: Aprobar la publicación del documento “Procedimiento y Cálculo de la Tarifa en Barra” correspondien- te a la regulación tarifaria del mes de mayo de 1999, concordan- te con la Resolución Nº 004-99 P/CTE, el mismo que se anexa a la presente. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO ZOLEZZI CHACON Presidente