NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1999 (14/09/1999)
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Pág. 177786 NORMAS LEGALES Lima, martes 14 de setiembre de 1999 a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Ricardo Márquez Vicepresidente de la República Encargado del Despacho Presidencial VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas 11751 RESOLUCION SUPREMA Nº 466-99-PCM Lima, 13 de setiembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, Japan Relief Clothing Center de Japón; el Club de Leones Internacionales, Distrito 334-A, Región 7, Zona 2 de Japón; el Club Peruano de Tampa Inc. de Estados Unidos de América; Itoen Ltd. de Japón; Tokio Gas Co. Ltd. de Japón y The Foundation Sagawa Inter- national Economic Corporation de Japón, han efectuado donaciones a favor del Gobierno del Perú - Despacho Presidencial, Unidad Ejecutora 001 del Pliego Presiden- cia del Consejo de Ministros, consistente en ropa usada, bicicletas usadas y acondicionadas, vehículos usados y diversos bienes; Que, asimismo Christian Relief Services de Esta- dos Unidos de América ha efectuado una donación a favor del Centro Cristiano Vida Abundante consis- tente en ropa usada y libros que serán destinados a la población de escasos recursos de las zonas margina- les de Lima, Callao, Puente Piedra y Villa El Salva- dor; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estarán gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 804, en el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto Gene- ral a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificato- rias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y aprobar la donación efec- tuada por Japan Relief Clothing Center de Japón, a favor del Gobierno del Perú - Despacho Presidencial, Unidad Ejecutora 001 del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros consistente en 1 474 cajas con- teniendo ropa usada, con un valor aproximado de ¥ 5 603 600,00 (Cinco Millones Seiscientos Tres Mil Seis- cientos y 00/100 Yenes), según Cartas de Donación de fechas 30 de noviembre y 10 de diciembre de 1998, respectivamente y un peso aproximado de 29 492 kgs., según Conocimientos de Embarque Nºs. MXLUKBALC75E0118 y MXLUKBALS38E0098 de TMM Mexican Line Limited. Artículo 2º.- Aceptar y aprobar la donación efec- tuada por el Club de Leones Internacionales, Distrito 334-A, Región 7, Zona 2 de Japón, a favor del Gobier- no del Perú - Despacho Presidencial, Unidad Ejecuto- ra 001 del Pliego Presidencia del Consejo de Minis- tros consistente en 150 bicicletas usadas y acondicio- nadas, con un valor aproximado de ¥ 750 000,00(Setecientos Cincuenta Mil y 00/100 Yenes), según Carta de Donación de fecha 9 de octubre de 1998 y un peso aproximado de 2 970 kgs., según Conocimiento de Embarque Nº M A E U NGO HA4110 de Maersk Line. Artículo 3º.- Aceptar y aprobar la donación efec- tuada por el Club Peruano de Tampa Inc. de Estados Unidos de América, a favor del Gobierno del Perú - Despacho Presidencial, Unidad Ejecutora 001 del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros , consis- tente en 7 cajas conteniendo juguetes, ropa, zapatos, todos usados e instrumental médico detallados en el Anexo I, según Cartas de Donación de fecha 15 de diciembre de 1998 con un peso aproximado de 316 kgs., según Conocimiento de Embarque Nº 8989023/ 898915 de Ecu Line. Artículo 4º.- Aceptar y aprobar la donación efec- tuada por Itoen Ltd. de Japón, a favor del Gobierno del Perú - Despacho Presidencial, Unidad Ejecutora 001 del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros , consistente en 18 vehículos usados, cuyas caracterís- ticas se encuentran detalladas en el Anexo II que forma parte de la presente Resolución Suprema, con un valor aproximado de ¥ 710 000,00 (Setecientos Diez Mil y 00/100 Yenes), según Carta de Donación de fecha 9 de noviembre de 1998 y un peso aproximado de 18 580 kgs., según Conocimiento de Embarque Nº YHZX-9 de H U A L AS. Artículo 5º.- Aceptar y aprobar la donación efec- tuada por Tokio Gas Co. Ltd. e Itoen Ltd. de Japón, a favor del Gobierno del Perú - Despacho Presidencial, Unidad Ejecutora 001 del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros, consistente en 70 vehículos usados cuyas características se encuentran detalla- das en el Anexo III que forma parte de la presente Resolución Suprema, con un valor aproximado de ¥ 2 230 000,00 (Dos Millones Doscientos Treinta Mil y 00/100 Yenes), según Cartas de Donación de fecha 30 de noviembre de 1998 y un peso aproximado de 67 940 kgs., según Conocimientos de Embarque Nºs. YHZX- 27, YHZX-31, YHZX-32, YHZX-33, YHZX-34, YHZX- 35 y YHZX-36 de H U A L AS. Artículo 6º.- Aceptar y aprobar las donaciones efectuadas por The Foundation Sagawa International Economic Corporation e Itoen Ltd. de Japón en favor del Gobierno del Perú - Despacho Presidencial, Uni- dad Ejecutora 001 del Pliego Presidencia del Conse- jo de Ministros , consistentes en 15 vehículos usados, cuyas características se encuentran detalladas en el Anexo IV que forma parte de la presente Resolución Suprema, con un valor aproximado de ¥ 1 257 135,00 (Un Millón Doscientos Cincuenta y Siete Mil Ciento Treinta y Cinco y 00/100 Yenes), según Cartas de Donación de fecha 30 de noviembre de 1998 y un peso aproximado de 26 920 kgs., según Conocimien- to, de Embarque Nºs. YHZX-202 y YHZX-64 de H U A L AS. Artículo 7º.- Aceptar y aprobar en nombre del Gobierno Peruano la donación efectuada por Chris- tian Relief Services de Estados Unidos de América , a favor del Centro Cristiano Vida Abundante consis- tente en 561 cajas conteniendo ropa usada y libros sin valor comercial, según Carta de Donación Nº 1703 550 2472 de fecha 15 de diciembre de 1998 y un peso aproximado de 6 804 kgs., según Conocimiento de Embarque Nº MSCUTC224338 de Mediterranean Shipping Company S.A. Geneva. Dicha donación será destinada a la población de escasos recursos de las zonas marginales del Callao, Lima, Puente Piedra y Villa El Salvador. Artículo 8º.- Compréndanse a las donaciones cita- das en los artículos anteriores dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 9º.- Transfiérase la donación a que se refiere el Artículo 3º de la presente Resolución, al Minis- terio de Salud, al Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano y al Hogar "San Francisco de