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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1999 (14/09/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 11

Pág. 177793 NORMAS LEGALES Lima, martes 14 de setiembre de 1999 TRABAJO Y PROMOCION SOCIAL Autorizan viaje de profesionales de ESSALUD a España y los EE.UU., para participar en pasantías sobre cirugía vascular periférica y anestesia cardía- ca pediátrica RESOLUCION SUPREMA Nº 104-99-TR Lima, 13 de setiembre de 1999 VISTO: El Oficio Nº 365-PE-ESSALUD-99 del Presi- dente Ejecutivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD; y, CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Badajoz, España, se llevará a cabo la PASANTIA EN CIRUGIA VASCULAR PERIFE- RICA, organizada por el Hospital Infanta Cristina, del 1 de octubre al 30 de diciembre de 1999; Que, el señor JUAN FERNANDO BAUTISTA SAN- CHEZ, Médico del Servicio de Cirugía Cardiovascu- lar del Instituto del Corazón del Seguro Social de Salud - ESSALUD, ha sido propuesto para participar en el mencionado evento, habiendo evaluado la Ge- rencia de Capacitación y Desarrollo de la Gerencia Central de Recursos Humanos la conveniencia de autorizar dicho viaje; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud; y el Artículo 2.5.1 de la Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario para 1999 y Normas Complementa- rias, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 292-98-EF/15; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor JUAN FERNANDO BAUTISTA SANCHEZ, Médico del Servi- cio de Cirugía Cardiovascular del Instituto del Corazón del Seguro Social de Salud - ESSALUD, a la ciudad de Badajoz, España, del 1 de octubre al 30 de diciembre de 1999, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos con recursos del Presupuesto del Seguro Social de Salud - ESSALUD, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes :US$ 1,500.00 Viáticos :US$ 2,465.00 Tarifa Corpac :US$ 25.00 Artículo 3º.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su clase o denomina- ción. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Trabajo y Promoción Social. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Ricardo Márquez Vicepresidente de la República Encargado del Despacho Presidencial PEDRO FLORES POLO Ministro de Trabajo y Promoción Social 11764RESOLUCION SUPREMA Nº 105-99-TR Lima, 13 de setiembre de 1999 VISTO: El Oficio Nº 365-PE-ESSALUD-99 del Presidente Ejecutivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD; y, CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Indianápolis, EE.UU., se llevará a cabo la PASANTIA ACTUALIZACION EN ANESTE- SIA CARDIACA PEDIATRICA, organizada por la India- na University, del 20 de octubre al 20 de diciembre de 1999; Que, la señora CARIDAD GRETA CASTILLO MONZON, Médico Jefe del Servicio de Anestesiolo- gía del Instituto del Corazón del Seguro Social de Salud - ESSALUD, ha sido propuesta para participar en el mencionado evento, habiendo evaluado la Ge- rencia de Capacitación y Desarrollo de la Gerencia Central de Recursos Humanos la conveniencia de autorizar dicho viaje; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud; y el Artículo 2.5.1 de la Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario para 1999 y Normas Complementa- rias, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 292-98-EF/15; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora CARI- DAD GRETA CASTILLO MONZON, Médico Jefe del Servicio de Anestesiología del Instituto del Corazón del Seguro Social de Salud - ESSALUD, a la ciudad de Indianápolis, EE.UU., del 20 de octubre al 20 de diciem- bre de 1999, para los fines expuestos en la parte conside- rativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos con recursos del Presupuesto del Seguro Social de Salud - ESSALUD, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes :US$ 1,136.00 Viáticos :US$ 2,000.00 Tarifa Corpac :US$ 25.00 Artículo 3º.- La presente Resolución no otorga dere- cho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su clase o denominación. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Trabajo y Promoción Social. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Ricardo Márquez Vicepresidente de la República Encargado del Despacho Presidencial PEDRO FLORES POLO Ministro de Trabajo y Promoción Social 11765 M T C Aceptan renuncia de funcionario del Consejo Nacional de Tasaciones RESOLUCION SUPREMA Nº 151-99-MTC Lima, 10 de setiembre de 1999