Norma Legal Oficial del día 30 de septiembre del año 1999 (30/09/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 1

DIARIO OFICIAL

FUNDADO EN 1825

POR EL

LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

Director: MORDAZA MORDAZA Orbegozo

NORMAS LEGALES
"ANO DE LA ACTIVIDAD TURISTICA INTERNA"

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MORDAZA, jueves 30 de setiembre de 1999

ANO XVII - Nº 7038
FUNCION PROGRAMA SUBPROGRAMA ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO 05 003 0013 00060 : : : :

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Asistencia y Prevision Social Administracion Asistencia Financiera Asistencia a las Instituciones Privadas y Publicas

DECRETOS DE URGENCIA
Autorizan transferencia de partidas en el presupuesto del Sector Publico a favor del INFES, para adquisicion de carpetas destinadas a centros educativos del departamento de MORDAZA
DECRETO DE URGENCIA Nº 059-99 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Articulo Unico de la Resolucion Ministerial Nº 150-99-PRES, de fecha 9 de junio de 1999, se acepto la donacion realizada por el Gobierno del Japon, por la suma de CIEN MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 100 000,00) a favor del Ministerio de la Presidencia, en solidaridad con los pueblos del departamento de MORDAZA, para la atencion de las necesidades presentadas a consecuencia de las inundaciones; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 191-99-PRES, de fecha 8 de MORDAZA de 1999, se autorizo un credito suplementario en el Presupuesto Institucional del Pliego 025 Ministerio de la Presidencia, para el ano fiscal 1999, hasta por la suma de TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 335 000,00), a fin de incorporar dichos recursos en su presupuesto, con el objeto de financiar la adquisicion de 3,800 carpetas unipersonales para los centros educativos del nivel inicial, primario y MORDAZA del departamento de Loreto; Que, el Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud es la entidad responsable de la ejecucion de los proyectos de infraestructura y del equipamiento educativo, por lo que es necesario transferir a dicho Instituto los recursos provenientes de la donacion, los que seran utilizados para la adquisicion de las 3,800 carpetas; Que, en consecuencia es necesario autorizar una operacion de transferencia de partidas, del Pliego 025 Ministerio de la Presidencia al Pliego 316 Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud, hasta por la suma de TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 335 000,00); En uso de las facultades conferidas por el inciso 19) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 1999, hasta por la suma de TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 335 000,00), de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA : GOBIERNO CENTRAL 025 : MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA 001 : MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA OFICINA DE ADMINISTRACION

13 : Donaciones y Transferencias (En Nuevos Soles)

6.

GASTOS DE CAPITAL 7. Otros Gastos de Capital TOTAL EGRESOS

335 000,00 335 000,00 =========

A LA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS 316 : INSTITUTO NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA Y DE SALUD UNIDAD EJECUTORA 001 : INSTITUTO NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA Y DE SALUD FUNCION 09 : Educacion y Cultura PROGRAMA 026 : Educacion Inicial SUBPROGRAMA 0069 : Jardines PROYECTO 00235 : Equipamiento de Unidades de Ensenanza 6. GASTOS DE CAPITAL 5. Inversiones 44 000,00 SUBTOTAL 44 000,00 ======= PROGRAMA SUBPROGRAMA PROYECTO 6. 027 : Educacion Primaria 0071 : Ensenanza Primaria 00235 : Equipamiento de Unidades de Ensenanza (En Nuevos Soles) GASTOS DE CAPITAL 5. Inversiones 221 085,00 SUBTOTAL 221 085,00 ======= SECCION PRIMERA PLIEGO

PROGRAMA 028 : Educacion Secundaria SUBPROGRAMA 0074 : Formacion General PROYECTO 00235 : Equipamiento de Unidades de Ensenanza 6. GASTOS DE CAPITAL 5. Inversiones 69 915,00 SUBTOTAL 69 915,00 ========= TOTAL EGRESOS 335 000,00 =========

Articulo 2º.- La Oficina de Presupuesto del Pliego 316 Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud comprendido en el presente Decreto de Urgencia solicitara a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. Articulo 3º.- La Oficina de Presupuesto del Pliego 316 Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore la correspondiente "Nota para Modificacion Presupuestaria" que se requiera, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 4º.- MORDAZA del presente dispositivo se remite dentro de los cinco (5) dias de aprobado a los Organismos senalados en el Articulo 5º de la Ley Nº 27013 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para 1999. Articulo 5º.- El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de la Presidencia.

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