Norma Legal Oficial del día 30 de septiembre del año 1999 (30/09/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, jueves 30 de setiembre de 1999

NORMAS LEGALES

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normas legales y reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero; asi como las relativas a la preservacion del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera, que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo debera implementar un sistema de control de MORDAZA que garantice la optima calidad del producto, asi como ejecutar las medidas de mitigacion contenidas en su Estudio de Impacto Ambiental calificado favorablemente por la Direccion del Medio Ambiente mediante Oficio Nº 644-98-PE/DIREMA de fecha 18 de agosto de 1998. Articulo 3º.- El incumplimiento de lo establecido el articulo precedente sera causal de caducidad del derecho otorgado. Articulo 4º.- Incorporar al anexo Nº III "Plantas de Procesamiento Pesquero Congelado" de la Resolucion Ministerial Nº 394-98-PE a la empresa INVERSIONES EL MORDAZA E.I.R.L., ubicada en el MORDAZA Industrial Mz. "A" Lote 3, del distrito de Pocollay, provincia y departamento de Tacna, con una capacidad verificada de 4 t/dia para su planta de congelado. Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion a la Direccion Regional de Pesqueria - Tacna. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Procesamiento Pesquero (e) 12402 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 124-99-PE/DNPP MORDAZA, 28 de setiembre de 1999 Visto los escritos con Registros Nºs. CE-00028002 de fechas 12 de MORDAZA y 21 de junio de 1999, presentados por la empresa INVERSIONES PERU MORDAZA S.A. CONSIDERANDO: Que los Articulos 43º, 44º y 46º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, concordante con el Articulo 55º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE establecen que para la instalacion de establecimientos industriales pesqueros, las personas naturales y juridicas requeriran de autorizacion y, licencia respectivamente, los cuales constituyen derechos especificos que el Ministerio de Pesqueria otorga a plazo determinado a nivel nacional; Que mediante los escritos del visto, la empresa INVERSIONES PERU MORDAZA S.A., solicita autorizacion para la instalacion de un establecimiento industrial pesquero preexistente ubicado en la MORDAZA El Palomar Nº 101 A-3 Cercado, provincia y departamento de MORDAZA, y licencia para la operacion de su planta de congelado de productos hidrobiologicos instalada en el citado establecimiento industrial pesquero; Que la Direccion del Medio Ambiente, mediante Oficio Nº 495-99-PE/DIREMA de fecha 18 de agosto de 1999, senala que ha recaido calificacion favorable sobre el Estudio de Impacto Ambiental presentado por la recurrente; Estando a lo informado por la Direccion de Normas de la Direccion Nacional de Procesamiento Pesquero mediante Informe Nº 146-99-PE/DNPP-Dn de fecha 26 de agosto de 1999, que sustenta la procedencia tecnica de lo solicitado y que senala que la recurrente ha cumplido con los requisitos establecidos en los procedimientos Nºs. 16 y 19 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-PE y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en los Articulos 43º inciso b), numeral 4, e inciso d), 44º, 45º y 46º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, los Articulos 55º, 57º, 59º, 60º y 61º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0194-PE, modificado por el Decreto Supremo Nº 09-94-PE, el y Articulo 7º del Decreto Supremo Nº 017-99-PE y la Resolucion Ministerial Nº 322-95-PE; En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa INVERSIONES PERU MORDAZA S.A. autorizacion, en via de regularizacion, para la instalacion de una planta de congelado de productos hidrobiologicos con destino al consumo humano directo, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en MORDAZA El Palomar Nº 101 A-3, provincia y departamento de Arequipa. Articulo 2º.- Otorgar a la empresa INVERSIONES PERU MORDAZA S.A., hasta el 31 de octubre del 2001, licencia para la operacion para que desarrolle la actividad de procesamien-

to de productos hidrobiologicos con destino al consumo humano directo, a traves de su planta de congelado, en su establecimiento industrial citado en el articulo precedente, con la siguiente capacidad instalada: Congelado : 12 t/dia La planta de congelado incluye dos camaras para el almacenamiento de productos congelados con una capacidad total de 380 t. Articulo 3º.- La empresa INVERSIONES PERU MORDAZA S.A. debera operar su establecimiento industrial pesquero con sujecion a las normas legales y reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como las relativas a la preservacion del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera, que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo, debera contar con un sistema de control del MORDAZA que garantice la optima calidad del producto final, asi como debera cumplir con ejecutar las medidas de mitigacion contenidas en su Estudio de Impacto Ambiental, calificado favorablemente por la Direccion del Medio Ambiente a traves del Oficio Nº 495-99-PE/DIREMA de fecha 18 de agosto de 1999. Articulo 4º.- Incorporar al Anexo III "Plantas de Procesamiento Pesquero-Congelado" de la Resolucion Ministerial Nº 394-98-PE, la planta de congelado perteneciente a la empresa INVERSIONES PERU MORDAZA S.A. ubicada en MORDAZA El Palomar Nº 101 A-3, provincia y departamento de MORDAZA, con la capacidad verificada de 12 t/dia. Articulo 5º.- El incumplimiento de lo senalado en el Articulo 3º de la presente Resolucion sera causal de caducidad del derecho otorgado. Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion a la Direccion Regional de Pesqueria Arequipa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Procesamiento Pesquero (e) 12403

Declaran infundada reconsideracion contra resolucion referida al otorgamiento de permiso de pesca para operar embarcacion en la extraccion de recursos hidrobiologicos
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 224-99-PE/DNE MORDAZA, 24 de setiembre de 1999 Visto los escritos de Registro Nº 5031003, de fechas 27 de noviembre de 1998 y 30 de marzo de 1999, a traves de los cuales PESQUERA OLYMPUS S.R.Ltda. interpone recurso de reconsideracion contra la Resolucion Directoral Nº 327-98PE/DNE. CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Directoral Nº 327-98-PE/DNE, de fecha 5 de noviembre de 1998, se declaro improcedente la peticion planteada por PESQUERA OLYMPUS S.R.Ltda. respecto al otorgamiento de permiso de pesca para operar la embarcacion MORDAZA MORDAZA en la extraccion de recursos hidrobiologicos con destino al consumo humano indirecto, asi como a la inclusion de la citada embarcacion en el anexo B del Decreto Supremo Nº 006-97-PE y, asimismo, la solicitud alternativa de incremento de flota y/o permiso de pesca en la extraccion de recursos hidrobiologicos con destino al consumo humano directo, la misma que se fundamento en que la peticion planteada por la empresa no podria ser considerada como una solicitud de permiso de pesca, de conformidad con lo establecido en la Primera Disposicion Complementaria del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, por cuanto a la fecha de MORDAZA de la solicitud mencionada, dicho tramite contaba con una via procesal establecida en el procedimiento Nº 1 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-95-PE, por lo que debia seguirse el tramite correspondiente y cumplirse todos los requisitos exigidos en este; asimismo, por cuanto la embarcacion MORDAZA MORDAZA no contaba con procedimiento de permiso de pesca en tramite ni con permiso de pesca otorgado al publicarse el citado Decreto

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