Norma Legal Oficial del día 30 de septiembre del año 1999 (30/09/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 30 de setiembre de 1999

PESQUERIA
Otorgan licencias de operacion a empresas para desarrollar la actividad de procesamiento de recursos hidrobiologicos
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 122-99-PE/DNPP MORDAZA, 28 de setiembre de 1999 Visto el escrito con Registro Nº CE-00139001 de fecha 5 de agosto de 1999, presentado por EMPRESA PESQUERA OCEAN FISH S.A. CONSIDERANDO: Que los Articulos 43º inciso d) y 46º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca - establecen que para la operacion de plantas de procesamiento de productos pesqueros se requiere de la licencia correspondiente, el que constituye un derecho que el Ministerio de Pesqueria otorga a nivel nacional; Que por Resolucion Directoral Nº 022-99-PE/DNPP de fecha 8 de marzo de 1999, se otorgo a EMPRESA PESQUERA OCEAN FISH S.A. autorizacion para la instalacion de un establecimiento industrial pesquero, en el que desarrollara la actividad de congelado de productos hidrobiologicos, a ubicarse en el Muelle Pesquero s/n Matarani, distrito y provincia de Islay, departamento de MORDAZA, con una capacidad proyectada de 4 t/dia; Que mediante el escrito del visto, EMPRESA PESQUERA OCEAN FISH S.A. solicita licencia para la operacion de su planta de congelado de productos hidrobiologicos instalada en el citado establecimiento industrial; Que la Direccion del Medio Ambiente mediante Oficio Nº 058-99-PE/DIREMA de fecha 27 de enero de 1999, senala que ha recaido calificacion favorable sobre el Estudio de Impacto Ambiental presentado por la recurrente; Estando a lo informado por la Direccion de Control de la Direccion Nacional de Procesamiento Pesquero a traves de su Informe Nº 163-99-PE/DNPP-Dc de fecha 31 de agosto de 1999, que sustenta la procedencia tecnica de lo solicitado y senala que la recurrente ha cumplido con los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 19 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-PE y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en los Articulos 43º inciso d), 45º y 46º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca; los Articulos 55º, 59º, 60º y 61º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE, modificado por Decreto Supremo Nº 09-94-PE, el Articulo 7º del Decreto Supremo Nº 017-99-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a EMPRESA PESQUERA OCEAN FISH S.A. licencia de operacion, para que desarrolle la actividad de procesamiento de recursos hidrobiologicos, destinados al consumo humano directo, a traves de su planta de congelado, en su establecimiento industrial ubicado en el Muelle Pesquero s/n Matarani, distrito y provincia de Islay, departamento de MORDAZA, con la siguiente capacidad instalada: Congelado : 4 t/dia La planta de congelado, incluye dos camaras para el almacen de productos congelados con una capacidad total de 65 t. Articulo 2º.- EMPRESA PESQUERA OCEAN FISH S.A. debera operar su planta de congelado con sujecion a las normas legales y reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero; asi como las relativas a la preservacion del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera, que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo debera implementar un sistema de control de MORDAZA que garantice la optima calidad del producto final, asi como ejecutar las medidas de mitigacion contenidas en su Estudio de Impacto Ambiental calificado favorablemente por la Direccion del Medio Ambiente mediante Oficio Nº 058-99-PE/DIREMA de fecha 27 de enero de 1999.

Articulo 3º.- El incumplimiento de lo establecido en el articulo precedente sera causal de caducidad del derecho otorgado. Articulo 4º.- Incorporar al anexo Nº III "Plantas de Procesamiento Pesquero Congelado" de la R.M. Nº 394-98-PE a EMPRESA PESQUERA OCEAN FISH S.A., ubicada en el Muelle Pesquero s/n Matarani, distrito y provincia de Islay, departamento de MORDAZA, con una capacidad verificada de 4 t/dia para su planta de congelado, de conformidad con las formulas publicadas por la R.D. Nº 151-98-PE/DNPP. Articulo 5º.- Transcribase la presente Resolucion a la Direccion Regional de Pesqueria - Arequipa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Procesamiento Pesquero (e) 12401 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 123-99-PE/DNPP MORDAZA, 28 de setiembre de 1999 Visto los escritos con Registros Nºs. 3770003 y 04859001 de fechas 22 de MORDAZA y 14 de setiembre de 1999, presentados por INVERSIONES EL MORDAZA E.I.R.L. CONSIDERANDO: Que los Articulos 43º inciso d) y 46º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca - establecen que para la operacion de plantas de procesamiento de productos pesqueros se requiere de la licencia correspondiente, el que constituye un derecho que el Ministerio de Pesqueria otorga a nivel nacional; Que por Resolucion Directoral Nº 240-98-PE/DNPP de fecha 30 de diciembre de 1998, se otorgo a INVERSIONES EL MORDAZA E.I.R.L. autorizacion para la instalacion de un establecimiento industrial pesquero, para desarrollar la actividad de congelado de productos hidrobiologicos, ubicado en el MORDAZA Industrial Mz. "A" Lote 3, del distrito de Pocollay, provincia y departamento de Tacna, con una capacidad proyectada de 4 t/dia y 40t de almacenamiento de congelado; Que mediante los escritos del visto, INVERSIONES EL MORDAZA E.I.R.L. solicita licencia para la operacion de su planta de congelado de productos hidrobiologicos instalada en su establecimiento industrial citado en el considerando anterior; Que la Direccion del Medio Ambiente mediante Oficio Nº 644-98-PE/DIREMA de fecha 18 de agosto de 1998, manifiesta que ha recaido calificacion favorable al Estudio de Impacto Ambiental, presentado por la recurrente; Estando a lo informado por la Direccion de Control de la Direccion Nacional de Procesamiento Pesquero a traves de sus Informes Nºs. 157-99-PE/DNPP-Dc y 166-99-PE/DNPPDc de fechas 9 de agosto y 9 de setiembre de 1999 respectivamente, que sustenta la procedencia tecnica de lo solicitado y senalan que la recurrente ha cumplido con los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 19 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-PE y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en los Articulos 43º inciso d), 45º y 46º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca; los Articulos 55º, 59º, 60º y 61º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE, modificado por Decreto Supremo Nº 09-94-PE, el Articulo 7º del Decreto Supremo Nº 017-99-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a INVERSIONES EL MORDAZA E.I.R.L. licencia de operacion, para que desarrolle la actividad de procesamiento de recursos hidrobiologicos, destinados al consumo humano directo, a traves de su planta de congelado, en su establecimiento industrial ubicado en el MORDAZA Industrial Mz. "A" Lote 3, del distrito de Pocollay, provincia y departamento de Tacna, con la siguiente capacidad instalada: Congelado : 4 t/dia La planta de congelado, incluye dos camaras para el almacen de productos congelados con una capacidad total de 57 t. Articulo 2º.- INVERSIONES EL MORDAZA E.I.R.L. debera operar su planta de congelado con sujecion a las

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