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Pág. 185656 NORMAS LEGALES Lima, sábado 15 de abril de 2000 Artículo 4º.- Encargar al Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA y a la Unidad de Desarrollo de la Amazonía - UDA del Ministerio de Agricultura, para que formulen, en el término de treinta (30) días, el "Programa Nacional de Pijuayo" con sede en Yurimaguas, Loreto, que incluya entre otros aspectos, la formulación de una política nacional de investigación orientado al desarrollo y aprovechamiento sostenible de esta especie. Regístrese, comuníquese y publíquese. BELISARIO DE LAS CASAS PIEDRA Ministro de Agricultura 4255 ENERGIA Y MINAS Autorizan donación efectuada por PETROPERU S.A. a favor de los CTAR de las Regiones Grau - Piura y Libertadores Wari-Ica RESOLUCION SUPREMA Nº 034-2000-EM Lima, 14 de abril del 2000 CONSIDERANDO: Que, antes de haberse presentado el Fenómeno de El Niño en los años 1997-1998 y al comprobarse la inminencia de su ocurren- cia, la empresa Petróleos del Perú - PETROPERU S.A., participó apoyando a la Comunidad en obras de prevención de sus efectos; Que, según Informe Técnico CING-071-2000, de fecha 31 de enero del 2000, del Departamento Contrato e Ingeniería de PETROPERU S.A. dicha empresa realizó obras y trabajos de mantenimiento en la Región Grau con un costo ascendente a S/ . 6'408,268.92 (Seis Millones Cuatrocientos Ocho Mil Doscien- tos Sesentiocho y 92/100 Nuevos Soles) y aportó mil (1,000) galones de combustible Diesel 2, para ser utilizados en la nivelación de las calles de Talara; asimismo, en la Región Libertadores Wari - Ica dio apoyo a la rehabilitación proporcio- nando equipo de movimiento de tierra (alquilado) y camiones, para remoción y limpieza de escombros, protección de riberas y reconstrucción de terraplenes con un costo ascendente a S/. 799,143.55 (Setecientos Noventinueve Mil Ciento Cuarenti- trés y 55/100 Nuevos Soles); Que, la empresa PETROPERU S.A., en su Sesión de Directo- rio Nº 04-2000, de fecha 23 de febrero del 2000, mediante Acuerdo Nº 010-2000-PP, aprobó en vía de regularización la donación a favor del Consejo Transitorio de Administración Regional de la Región Grau - Piura, de mil (1,000) galones de combustible Diesel 2 y S/. 6'408,268.92 (Seis Millones Cuatrocientos Ocho Mil Dos- cientos Sesentiocho y 92/100 Nuevos Soles) y del Consejo Transi- torio de Administración Regional de la Región Libertadores Wari - Ica, de S/. 799,143.55 (Setecientos Noventinueve Mil Ciento Cuarentitrés y 55/100 Nuevos Soles); De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 804; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, en vía de regularización, la donación que efectuó la empresa Petróleos del Perú - PETROPERU S.A., para los fines arriba indicados, a favor de: 1. Consejo Transitorio de Administración Regional de la Región Grau - Piura, de mil (1,000) galones de combustible Diesel 2 y S/. 6'408,268.92 (Seis Millones Cuatrocientos Ocho Mil Dos- cientos Sesentiocho y 92/100 Nuevos Soles). 2. Consejo Transitorio de Administración Regional de la Región Libertadores Wari - Ica, de S/. 799,143.55 (Setecientos Noventinueve Mil Ciento Cuarentitrés y 55/100 Nuevos Soles). Artículo 2º.- La aceptación de la donación de los bienes a que se refiere el Artículo 1º será aprobada por el Ministerio de la Presidencia. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Contraloría General de la República y a la Superintendencia de Bienes Nacionales. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República JORGE CHAMOT SARMIENTO Ministro de Energía y Minas 4325Aprueban monto a ser considerado como aporte de capital del Estado a la Empresa Concesionaria de Electrici- dad Electro Oriente S.A. RESOLUCION MINISTERIAL Nº 119-2000-EM/DEP Lima, 7 de abril de 2000 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Energía y Minas, a través de la Dirección Ejecutiva de Proyectos, viene ejecutando diversos proyectos elec- tromecánicos para la Ampliación de la Frontera Eléctrica, y que entre otras actividades comprende la adquisición de materiales y equipos, contratación de obras civiles y montaje electromecánico, supervisión de obras, consultoría y otros servicios complementa- rios; Que, en el caso de adquisición de materiales y equipos, contratación de obras civiles y montaje electromecánico, su- pervisión de obras, consultoría y otros servicios complemen- tarios, que son financiados con recursos provenientes del Estado, el valor respectivo debe ser considerado como Aporte de Capital del Estado para las respectivas Empresas Conce- sionarias de Electricidad, de acuerdo al lugar en el que se realicen las inversiones; Que, debiéndose efectuar la transferencia de los proyectos financiados por la Dirección Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energía y Minas a la Empresa Concesionaria de Electricidad Electro Oriente S.A., es necesario aprobar los montos definitivos a ser considerados como Aporte de Capital del Estado a dicha empresa; De conformidad con el Reglamento de Organización y Funcio- nes del Ministerio de Energía y Minas aprobado por Decreto Supremo Nº 027-93-EM, Decreto Supremo Nº 021-93-EM y la Ley Nº 27170; Con la opinión favorable del Director Ejecutivo de Proyectos; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el monto a ser considerado como Aporte de Capital del Estado a la Empresa Concesionaria de Electricidad Electro Oriente S.A., por las obras y suministros financiados con recursos del Tesoro Público a través de la Dirección Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energía y Minas, por un valor reexpresado al 31.12.99 de SEIS MILLO- NES TRESCIENTOS SIETE MIL SEISCIENTOS DIECIO- CHO CON 49/100 NUEVOS SOLES (S/. 6'307,618.49), cuya relación se presenta en el Anexo Nº 1, que adjunto forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Disponer que la Empresa Concesionaria de Electricidad Electro Oriente S.A. emita las Acciones correspon- dientes, en el plazo de ley a favor del Fondo Nacional de Financia- miento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, en representación del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE CHAMOT Ministro de Energía y Minas 4254 Modifican Norma Técnica de Opera- ción en Tiempo Real de los Sistemas Interconectados, en lo relativo a pla- zos para la realización de estudios e implantación de esquemas de rechazo de carga RESOLUCION DIRECTORAL Nº 006-2000-EM/DGE Lima, 29 de marzo del 2000 EL DIRECTOR GENERAL DE ELECTRICIDAD CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 049-99-EM/DGE de fecha 29 de noviembre de 1999 se aprobó la Norma Técnica de Operación en Tiempo Real de los Sistemas Interconectados - NTOTR-; Que, la mencionada Norma se publicó el 5 de diciembre de 1999, por lo que está en vigencia desde el 6 de diciembre de 1999;