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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ABRIL DEL AÑO 2000 (27/04/2000)

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Pág. 185985 NORMAS LEGALES Lima, jueves 27 de abril de 2000 CINCO MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICA- NOS), destinada a financiar, parcialmente, el Proyecto de Expansión de Redes de Agua y Alcantarillado en Lima y Callao. El préstamo será cancelado en doce (12) cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales, la primera de las cuales se pagará a los treinta (30) meses de la firma del Contrato de Préstamo. La tasa de interés aplicable sobre los saldos adeudados y pendientes de pago será la tasa LIBOR a seis meses más 2,8% anual, una comisión de compromiso del 0,75% anual sobre el saldo del préstamo no desem- bolsado y una comisión de financiamiento del 1% sobre el monto del préstamo. Artículo 2º.- La Unidad Ejecutora del Proyecto de Expansión de Redes de Agua y Alcantarillado en Lima y Callao será la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima - SEDAPAL. Artículo 3º.- Autorízase al Ministro de Economía y Finanzas o a quien él designe, a suscribir en representa- ción de la República del Perú, el Contrato de Préstamo de la operación de Endeudamiento Externo que se aprueba en el Artículo 1º de este dispositivo legal; así como al Director General de Crédito Público del Minis- terio de Economía y Finanzas a suscribir los demás documentos que se requieran para implementar la cita- da operación. Artículo 4º.- El Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Crédito Público, trasladará a la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima -SEDAPAL-, los recursos de la operación de Endeudamiento Externo que se aprueba por la presente norma legal, mediante un Convenio de Traspaso de Recursos que será aprobado por Resolución Ministerial de Economía y Finanzas. Artículo 5º.- El servicio de amortización, intereses, comisiones y demás gastos que ocasione la operación de Endeudamiento Externo que se aprueba en este Decre- to Supremo, será atendido por el Ministerio de Econo- mía y Finanzas con los recursos que la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima -SEDAPAL- proporcionará oportunamente al Ministerio de Econo- mía y Finanzas. Artículo 6º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de la Presidencia. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinti- séis días del mes de abril del año dos mil. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros EFRAIN GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economía y Finanzas EDGARDO MOSQUEIRA MEDINA Ministro de la Presidencia 4723 Autorizan viaje del Presidente del Direc- torio de COFIDE a Colombia, para par- ticipar en evento sobre recursos y prác- ticas bancarias para el financiamiento de la pequeña y mediana empresa RESOLUCION SUPREMA Nº 110-2000-EF Lima, 26 de abril del 2000CONSIDERANDO: Que, mediante Carta Nº CF-02062-2000/UAIN, la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. -COFI- DE-, solicita se autorice el viaje del señor ingeniero Luis Baba Nakao, Presidente del Directorio de dicha Corporación, a la ciudad de Cartagena de Indias, Colombia, del 15 al 19 de mayo del año 2000, para que participe en el Seminario "Fuentes de Recursos y Mejores Prácticas Bancarias para el Financia- miento de la Pequeña y Mediana Empresa" que se efectuará en el marco de la Trigésima Reunión Ordi- naria de la Asamblea General de ALIDE: "Financia- miento y Banca de Desarrollo en América Latina: los Paradigmas del Nuevo Milenio", organizado por la Asociación Latinoamericana de Instituciones Finan- cieras para el Desarrollo -ALIDE- y el Instituto de Fomento Industrial -IFI- de Colombia; Que, en consecuencia es necesario autorizar dicho viaje, cuyos gastos serán cubiertos con recursos del presupuesto de COFIDE, correspondiente al ejercicio 2000; De conformidad con lo establecido en los Decretos Supremos Nºs. 053-84-PCM, 074-85-PCM, 011-88-PCM, 135-90-PCM, 037-91-PCM y 031-89-EF y en el numeral 1.5.1. de la Directiva Nº 001-2000/FONAFE; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, el viaje del señor inge- niero Luis Baba Nakao, Presidente del Directorio de la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. -COFI- DE-, a la ciudad de Cartagena de Indias, Colombia, del 15 al 19 de mayo del año 2000, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal, según se indica, serán cubiertos con recursos de COFIDE: Pasajes :US$ 518,02 Viáticos :US$ 1000,00 Tarifa CORPAC :US$ 25,00 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República EFRAIN GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economía y Finanzas 4713 Designan representante del Ministerio en el Consejo Directivo del OSIPTEL RESOLUCION SUPREMA Nº 111-2000-EF Lima, 26 de abril del 2000 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de representante del Ministerio de Economía y Finanzas en el Consejo Directivo del Organismo Supervisor de Inversión Priva- da en Telecomunicaciones - OSIPTEL; Que, en consecuencia es necesario designar al funcio- nario que desempeñará dicho cargo;