Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 2000 (27/04/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 27 de MORDAZA de 2000

Visto, el PARTE Nº 146-99.HC.PNP.INSP.DPTO.INV de 17.MAY.99 y demas actuados, instruidos contra la Capitan Medico PNP Moncerrat MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por faltas graves Contra la Moral, la Disciplina y el Servicio Policial; CONSIDERANDO: Que, la referida servidora realizo Residentado Medico en la Especialidad de Cirugia Pediatrica, desde el 1.JUN.94 hasta el 31.MAY.97, cuyos gastos fueron sufragados por el Estado; Que, para llevar a cabo dicha instruccion la citada Capitan Medico se comprometio en continuar prestando sus servicios profesionales en la Institucion Policial a partir del termino de la misma, por el doble del tiempo utilizado; no obstante a ello y MORDAZA de cumplirse el periodo acotado, con fecha 15.FEB.99 solicito su pase a la Situacion de Disponibilidad; agravando su situacion al haber hecho abandono de su habitual puesto de servicio en el Departamento de Pediatria del Hospital Central PNP, desde el 31.MAR.99, desconociendose su situacion y paradero actual, conforme se acredita con el PARTE Nº 146-99.HC.PNP-INSP.DPTO.INV de 17.MAY.99; motivo por el cual fue denunciada ante la II MORDAZA Judicial de Policia - 2da. Sala, con Oficio Nº 657.99HCPNP. OFAD.DP.smd de 23.JUN.99; Que, la mencionada Oficial Subalterno de Servicios incumplio con su compromiso adquirido, por lo que resulta procedente autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policia Nacional del Peru, para que inicie las acciones legales pertinentes a efectos de que reintegre al Estado el total de los gastos ocasionados por la Especializacion que recibio, incluidos los intereses legales generados a la fecha de reversion; Que, de conformidad a lo prescrito en el Art. 47º de la Constitucion Politica del Peru, en concordancia con lo estipulado por el D.L. Nº 17537 modificado por el D.L. Nº 17667; Lo dictaminado por la Oficina de Asesoria Legal de la Direccion de Personal PNP, en los Dictamenes Nºs. 1536 y 1728-99-DIPER-PNP/DAPO-OAL de 1 y 29.SET.99 respectivamente; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policia Nacional del Peru; y, Lo opinado por el General de Policia Director General de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policia Nacional del Peru, para que inicie las acciones legales pertinentes contra la Capitan Medico PNP Moncerrat MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a fin de que reintegre al Estado el total de los gastos ocasionados por el Residentado Medico que realizo en la Especialidad de Cirugia Pediatrica, desde el 1.JUN.94 hasta el 31.MAY.97, incluidos los intereses legales generados a la fecha de reversion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 4607

Visto el Expediente de Registros Nº MO-00029003 con escritos del 27 de marzo, 5 y 19 de MORDAZA, 9 de junio, 3 de setiembre, 29 de agosto, y 19 de noviembre de 1999 Nº 7035003 del 28 de octubre de 1999, Nº 06366002 del 21 de diciembre de 1999 presentados por CORPORACION PESQUERA ILO S.A., Nº MO00029003 del 4 de junio de 1999 presentado por WIESE LEASING S.A., Nº CE-00212003 con escritos del 4 de noviembre de 1999 y 3 de febrero del 2000 presentados por FIMA S.A. CONSIDERANDO: Que por Resolucion Ministerial Nº 371-94-PE del 14 de setiembre de 1994 se otorgo permiso de pesca a plazo determinado, en adecuacion a la Ley General de Pesca y su Reglamento, entre otros a CORPORACION PESQUERA ILO S.A. para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "ALBERTO II" con matricula Nº IO-10473-PM, de 270 TM de capacidad de bodega, equipada con red de cerco de 1/2 pulgada (13 mm.) de longitud minima de abertura de malla, para la extraccion de recursos hidrobiologicos con destino al consumo humano indirecto en el ambito del litoral peruano; Que mediante los escritos del visto, CORPORACION PESQUERA ILO S.A. solicita autorizacion de incremento de flota, via sustitucion de igual capacidad de bodega de la indicada embarcacion pesquera denominada "ALBERTO II" con matricula Nº IO10473-PM siniestrada, para la construccion de una embarcacion pesquera de 303.77 m3 de volumen de bodega, equipada con redes de cerco de 1/2 pulgada (13 mm.) y 1 y 1/2 pulgadas (38 mm.) de longitud minima de abertura de malla, segun corresponda, para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto; Que asimismo WIESE LEASING S.A. en su condicion de propietaria de la embarcacion mencionada, formula mediante su escrito que se cita en el visto, oposicion a la solicitud de CORPORACION PESQUERA ILO S.A. manifestando que la condicion de arrendataria que ostentaba esta en base a un contrato de arrendamiento financiero ha concluido al haberse cedido su posicion contractual a favor de FIMA S.A. la que se apersona al MORDAZA solicitando autorizacion de incremento de flota, via sustitucion de igual capacidad de bodega de la indicada embarcacion pesquera denominada "ALBERTO II" con matricula Nº IO-10473-PM siniestrada, para la construccion de una embarcacion pesquera de 282.83 m3 volumen de bodega, equipada con redes de cerco de 1/2 pulgada (13 mm.) y 1 y 1/2 pulgadas (38 mm.) de longitud minima de abertura de malla, segun corresponda, para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto; Que al existir conexidad en los procedimientos iniciados procede su acumulacion, y estando acreditada la propiedad de la embarcacion pesquera objeto de sustitucion con el respectivo certificado compendioso de dominio, asi como la condicion de arrendataria de FIMA S.A. con el respectivo contrato de arrendamiento financiero, corresponde a esta el derecho de solicitar la autorizacion de incremento de flota via sustitucion de igual capacidad de bodega de la embarcacion pesquera "ALBERTO II"; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion y Control Pesquero mediante Informe Nº 1032000-PE/DNE-Dacp, y con la conformidad legal segun las facultades delegadas por Resolucion Ministerial Nº 010-2000-PE; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE y modificatorias, el procedimiento Nº 14 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria aprobado por Decreto Supremo Nº 017-99PE; y,

PESQUERIA
Otorgan a empresa autorizacion de incremento de flota para construccion de embarcacion pesquera de bandera nacional
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 074-2000-PE/DNE MORDAZA, 24 de MORDAZA del 2000

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