Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 2000 (27/04/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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BASE DE OPERACIONES:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 27 de MORDAZA de 2000

- Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez". - Aeropuerto de Pucallpa. SUBBASES DE OPERACIONES: - Aeropuerto de Iquitos. - Aeropuerto de Tarapoto. - Aeropuerto de Chiclayo. - Aeropuerto de MORDAZA - Aeropuerto de Cajamarca. - Aeropuerto de Puerto Maldonado. Articulo 2º.- Las aeronaves autorizadas a AGROTORS PERU S.A.C., deben estar provistas de sus correspondientes Certificados de Matricula vigentes, expedidos - de ser el caso - por el Registro Publico de Aeronaves de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; de sus Certificados de Aeronavegabilidad vigentes, expedidos o convalidados por la Direccion General de Transporte Aereo; y, de la Poliza o Certificado de Seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aerea. Articulo 3º.- AGROTORS PERU S.A.C., esta obligada a presentar mensualmente a la Direccion General de Transporte Aereo, los datos estadisticos e informes que correspondan a su actividad aerea. Articulo 4º.- AGROTORS PERU S.A.C., esta obligada a establecer un Sistema de Radiocomunicacion entre los puntos a operar, a fin de mantener permanente informacion del trafico aereo que realizan sus aeronaves. Articulo 5º.- AGROTORS PERU S.A.C., empleara en su servicio, personal aeronautico que cuente con su respectiva licencia y certificacion de aptitud expedidos o convalidados por la Direccion General de Transporte Aereo. Articulo 6º.- La compania AGROTORS PERU S.A.C., podra hacer uso de las instalaciones de los aeropuertos, helipuertos y/o aerodromos privados consignados en la presente Resolucion, previa autorizacion de sus propietarios. Articulo 7º.- AGROTORS PERU S.A.C., debera presentar cada ano el Balance de Situacion, el Estado de Ganancias y Perdidas al 30 de junio y 31 de diciembre, y el Flujo de MORDAZA proyectado para el ano siguiente. Articulo 8º.- Las aeronaves de AGROTORS PERU S.A.C., podran operar en los aeropuertos y/o aerodromos cuyas alturas esten comprendidas dentro de sus tablas de performance aprobadas por el fabricante y la autoridad correspondiente. Articulo 9º.- El presente Permiso de Operacion sera revocado de inmediato en forma automatica cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente Resolucion; o pierda alguna de las capacidades legal, tecnica o financiera, exigidas por la Ley Nº 24882 - Ley de Aeronautica Civil, modificada por el Decreto Legislativo Nº 670, su Reglamento, la Ley Nº 26917, modificada por la Ley Nº 27085, y demas disposiciones legales vigentes. Articulo 10º.- Si la Administracion verificase la ocurrencia de un fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Transporte Aereo, al MORDAZA del Articulo 6º y demas normas concordantes de la Ley de Simplificacion Administrativa, declarara nulo de pleno derecho, el acto o MORDAZA administrativo de que se trate; sin perjuicio de poner el hecho en conocimiento de la autoridad competente, para la instauracion del correspondiente MORDAZA penal, conforme a lo previsto en el Articulo 29º del Decreto Legislativo Nº 757. Articulo 11º.- La vigencia del presente Permiso de Operacion queda condicionada al cumplimiento de la obligacion por parte de AGROTORS PERU S.A.C., de otorgar la garantia global que establece el Articulo 19º de la Ley Nº 26917, dentro del plazo

MORDAZA de treinta (30) dias calendario contados a partir del dia siguiente de la publicacion del Reglamento de la referida Ley, en los terminos y condiciones que este establezca. El incumplimiento de esta obligacion determinara la automatica revocacion del presente Permiso de Operacion. Articulo 12º.- El Permiso de Operacion que por la presente Resolucion Directoral se otorga a AGROTORS PERU S.A.C., queda sujeto a la Ley de Aeronautica Civil, Ley Nº 24882, modificada por el Decreto Legislativo Nº 670, su Reglamento; Ley Nº 26917; las Regulaciones Aeronauticas del Peru y demas disposiciones legales vigentes; asi como a las Directivas que dicte esta Direccion General. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA HARMES BOURONCLE Director General de Transporte Aereo 4676

Otorgan concesion a empresa para prestar servicio publico de transporte terrestre interprovincial de pasajeros en la ruta MORDAZA - Aguas Verdes
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 412-2000-MTC/15.18 MORDAZA, 10 de marzo de 2000 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 200000339010, organizado por la EMPRESA DE TRANSPORTES MORDAZA HERMANOS S.C.R.Ltda., sobre Concesion de Ruta: MORDAZA - AGUAS VERDES y Viceversa e Informe Tecnico Nº 178-2000-MTC/15.04.1.SCG de la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la referida empresa, mediante el expediente indicado en vistos, ha solicitado el otorgamiento de la concesion de ruta: MORDAZA - AGUAS VERDES y viceversa, al MORDAZA de lo establecido en el Reglamento del Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95MTC; Que, en el Informe Nº 178-2000-MTC/ 15.18.04.1.SCG., se concluye que la referida empresa cumple con los requisitos establecidos en el Articulo 13º del referido Reglamento y senalados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99MTC, recomendandose la procedencia del pedido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimiento Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a EMPRESA DE TRANSPORTES MORDAZA HERMANOS S.C.R.Ltda., la concesion de la ruta MORDAZA - AGUAS VERDES y viceversa, para prestar Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el periodo de diez (10) anos, contados a partir de la fecha de expedicion de la presente Resolucion, de acuerdo con los siguientes terminos:

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